1) En la página 14, en el artículo 2, punto 7, letra b) (modificación del artículo 35, apartado 6, párrafo tercero, de la Directiva 2009/138/CE):
donde dice: |
«La limitación de la presentación regular de información a efectos de supervisión solo se permitirá a las empresas que no representen más del 20 % del mercado de seguros y reaseguros de vida y distintos de los de vida de un Estado miembro respectivamente, si la cuota de mercado de los seguros distintos de los de vida se basa en las primas brutas emitidas y la cuota de mercado se base en provisiones técnicas brutas.», |
debe decir: |
«La limitación de la presentación regular de información a efectos de supervisión solo se permitirá a las empresas que no representen más del 20 % del mercado de seguros y reaseguros de vida y distintos de los de vida de un Estado miembro respectivamente, si la cuota de mercado de los seguros distintos de los de vida se basa en las primas brutas devengadas y la cuota de mercado se basa en provisiones técnicas brutas.». |
2) En la página 14, en el artículo 2, punto 7, letra b) (modificación del artículo 35, nuevo apartado 7, párrafo tercero, de la Directiva 2009/138/CE):
donde dice: |
«La exención de la obligación de informar detallando uno por uno todos los elementos solo se concederá a las empresas que no representen más del 20 % del mercado de seguros y reaseguros de vida y distintos de los de vida de un Estado miembro respectivamente, si la cuota de mercado de los seguros distintos de los de vida se basa en las primas brutas emitidas y la cuota de mercado se base en provisiones técnicas brutas.», |
debe decir: |
«La exención de la obligación de informar detallando uno por uno todos los elementos solo se concederá a las empresas que no representen más del 20 % del mercado de seguros y reaseguros de vida y distintos de los de vida de un Estado miembro respectivamente, si la cuota de mercado de los seguros distintos de los de vida se basa en las primas brutas devengadas y la cuota de mercado se basa en provisiones técnicas brutas.». |
3) En la página 25, en el artículo 2, punto 23 (en el nuevo artículo 77 septies, apartado 1, letras c) y d), de la Directiva 2009/138/CE):
donde dice: |
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debe decir: |
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