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Documento DOUE-L-2025-80332

Corrección de errores del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1213 de la Comisión, de 21 de agosto de 2020, relativo a las medidas fitosanitarias para la introducción en la Unión de determinados vegetales, productos vegetales y otros objetos que han sido retirados del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2019.

Publicado en:
«DOUE» núm. 90153, de 24 de febrero de 2025, páginas 1 a 1 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2025-80332

TEXTO ORIGINAL

 

En la página 8, en el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1213:

donde dice:

«Vegetales, productos vegetales y otros objetos

Código NC

Terceros países de origen

Medidas»,

debe decir:

«Vegetales, productos vegetales y otros objetos

Código NC

Terceros países de origen (1)

Medidas

(1)  A efectos del presente Reglamento, las referencias al Reino Unido no incluyen a Irlanda del Norte, de conformidad con el Acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, y en particular con el artículo 5, apartado 4, del Marco de Windsor [véase la Declaración conjunta n.o 1/2023 de la Unión y del Reino Unido en el Comité Mixto creado por el Acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (DO L 102 de 17.4.2023, p. 87)], en relación con el anexo 2 de dicho Marco.».

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 2020/1213, de 21 de agosto (Ref. DOUE-L-2020-81297).
Materias
  • Importaciones
  • Intercambios intracomunitarios
  • Israel
  • Normas de calidad
  • Plagas del campo
  • Plantas
  • Sanidad vegetal

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