Partes
Demandante: Oleksii Mykolayovych Azarov (Kiev, Ucrania) (representantes: G. Lansky y A. Egger, abogados)
Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: J.-P. Hix y F. Naert, agentes)
Parte coadyuvante en apoyo de la parte demandada: Comisión Europea (representantes: S. Bartelt, D. Gauci y T. Scharf, agentes)
Objeto
Demanda de anulación, por una parte, de la Decisión 2014/119/PESC del Consejo, de 5 de marzo de 2014, relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania (DO L 66, p. 26), y del Reglamento (UE) no 208/2014 del Consejo, de 5 de marzo de 2014, relativo a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania (DO L 66, p. 1), y, por otra parte, de la Decisión de Ejecución 2014/216/PESC del Consejo, de 14 de abril de 2014, por la que se aplica la Decisión 2014/119 (DO L 111, p. 91), del Reglamento de Ejecución (UE) no 381/2014 del Consejo, de 14 de abril de 2014, por el que se aplica el Reglamento no 208/2014 (DO L 111, p. 33), de la Decisión (PESC) 2015/143 del Consejo, de 29 de enero de 2015, por la que se modifica la Decisión 2014/119 (DO L 24, p. 16), y del Reglamento (UE) 2015/138 del Consejo, de 29 de enero de 2015, por el que se modifica el Reglamento no 208/2014 (DO L 24, p. 1), en cuanto afectan al demandante.
Fallo
1)
Anular la Decisión 2014/119/PESC del Consejo, de 5 de marzo de 2014, relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania, en su versión modificada por la Decisión de Ejecución 2014/216/PESC del Consejo, de 14 de abril de 2014, por la que se aplica la Decisión 2014/119, y el Reglamento (UE) no 208/2014 del Consejo, de 5 de marzo de 2014, relativo a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania, en su versión modificada por el Reglamento de Ejecución (UE) no 381/2014 del Consejo, de 14 de abril de 2014, por el que se aplica el Reglamento no 208/2014, en cuanto afectan al Sr. Oleksii Mykolayovych Azarov.
2)
Desestimar el recurso en todo lo demás.
3)
El Consejo de la Unión Europea cargará con sus propias costas y con las del Sr. Azarov, en lo que concierne a la pretensión de anulación formulada en la demanda.
4)
El Sr. Azarov cargará con sus propias costas y con las del Consejo, en lo que concierne a la pretensión de anulación formulada en el escrito de adaptación de pretensiones.
5)
La Comisión Europea cargará con sus propias costas.
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(1) DO C 223 de 14.7.2014.
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