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Documento BOE-A-2024-23537

Resolución de 31 de octubre de 2024, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se publica la Adenda al Convenio con la agrupación de entidades formada por la Universidad Carlos III de Madrid, la Universidad de Alicante, la Universidad Autónoma de Madrid, la Universitat Pompeu Fabra, la Universidad de Santiago de Compostela, la Universidad de Valencia, OdiseIA, el Consejo General de la Abogacía Española, la fundación COTEC y el Ilustre Colegio de Abogados de Valencia, para impulsar la implementación de la carta de derechos digitales en el ámbito de los derechos en los nuevos entornos digitales.

Publicado en:
«BOE» núm. 273, de 12 de noviembre de 2024, páginas 144594 a 144598 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública
Referencia:
BOE-A-2024-23537

TEXTO ORIGINAL

El Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., el Rector Magnífico de la Universidad Carlos III de Madrid, la Rectora Magnífica de la Universidad Autónoma de Madrid, la Rectora Magnífica de la Universitat de València, el Rector Magnífico de la Universidad de Santiago de Compostela, la Vicerrectora de Investigación de la Universitat Pompeu Fabra, la Rectora Magnífica de la Universidad de Alicante, la Presidenta del Consejo General de la Abogacía Española, la Presidenta del Observatorio del impacto social y ético de la Inteligencia Artificial (OdiseIA), el Director General de la Fundación COTEC, y el Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Valencia, han suscrito, con fecha 3 de octubre de 2024, Adenda al Convenio entre la entidad pública empresarial Red.es, M.P. y la Agrupación de entidades formada por la Universidad Carlos III de Madrid, la Universidad de Alicante, la Universidad Autónoma de Madrid, la Universitat Pompeu Fabra, la Universidad de Santiago de Compostela, la Universidad de Valencia, OdiseIA, el Consejo General de la Abogacía Española, la Fundación COTEC y el Ilustre Colegio de Abogados de Valencia, para impulsar la implementación de la Carta de Derechos Digitales en el ámbito de los Derechos en los Nuevos Entornos Digitales (C035/23-OT AD1).

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone la publicación de la citada adenda.

Madrid, 31 de octubre de 2024.–El Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., Jesús Herrero Poza.

Adenda al Convenio entre la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P. y la Agrupación de entidades formada por la Universidad Carlos III de Madrid, la Universidad de Alicante, la Universidad Autónoma de Madrid, la Universitat Pompeu Fabra, la Universidad de Santiago de Compostela, la Universidad de Valencia, OdiseIA, el Consejo General de la Abogacía Española, la Fundación COTEC y el Ilustre Colegio de Abogados de Valencia, para impulsar la implementación de la Carta de Derechos Digitales en el ámbito de los Derechos en los Nuevos Entornos Digitales (C035/23-OT-AD1)

REUNIDOS

De una parte, la entidad pública empresarial Red.es, M.P. (en adelante, «Red.es»), con domicilio en Madrid, plaza de Manuel Gómez Moreno, s/n, código postal 28020 y CIF Q2891006-E, representada por su Director General don Jesús Herrero Poza, nombrado por el Consejo de Administración en su sesión de 28 de noviembre de 2023 y facultado para este acto en virtud de las facultades delegadas a su favor de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.1.k) del Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de Red.es.

De otra parte, la agrupación de entidades formada por:

– Universidad Carlos III de Madrid (en adelante UC3M), con domicilio en Getafe, calle Madrid, 126, CP 28903 Madrid, y CIF Q2818029G, representada por don Ángel Arias Hernández, en su calidad de Rector Magnífico de la Universidad Carlos III de Madrid nombrado por Decreto 40/2023, de 19 de abril (BOCM de 21 de abril de 2023, n.º 94), del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, de conformidad con las facultades que tiene atribuidas por el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y el artículo 47 de los Estatutos de la Universidad Carlos III aprobados por Decreto 1/2003, de 9 de enero del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, modificados por Decreto 95/2009, de 12 de noviembre.

UC3M además actuó como representante del Grupo de Entidades que presentó propuesta a la Invitación General de Red.es (C046/22-OT) que fue seleccionado bajo Resolución de 27 de julio a dicha Invitación, y que está constituido bajo el Acuerdo de Colaboración de fecha 15 de mayo de 2023 (en adelante, el «Grupo de Entidades»), en donde se incluyen las obligaciones y compromiso de cada entidad.

– Universidad de Alicante (en adelante UA) con domicilio en Alicante, San Vicente del Raspeig, s/n, CP 03690 Valencia y CIF Q0332001G, representada por doña Amparo Navarro Faure en su calidad de Rectora Magnífica de la Universidad de Alicante, nombramiento que acredita mediante Decreto 210/2020 de 18 de diciembre del Consell de la Generalitat, de conformidad con las facultades que tiene atribuidas por el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y el artículo 64, apartado h del Estatuto de la Universidad de Alicante.

– Universidad Autónoma de Madrid (en adelante, UAM) con domicilio en Madrid, calle Kelsen, 1, Ciudad Universitaria de Cantoblanco, CP 28049 Madrid y CIF Q2818013A, representada por doña Amaya Mendikoetxea Pelayo, en calidad de Rectora Magnífica de la Universidad Autónoma de Madrid, nombrada por Decreto 87/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno (BOCM de 1 de julio de 2021, núm. 155), de conformidad con las facultades que tiene atribuidas por el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y de los artículos 39 y 40 m) de los Estatutos de la Universidad Autónoma de Madrid, aprobados por Decreto 214/2003, de 16 de octubre, y modificados por Decreto 94/2009, de 5 de noviembre.

– Universitat Pompeu Fabra (en adelante UPF), con domicilio en Barcelona, calle de la Mercè, 12, CP 8002, Cataluña y CIF Q5850017D, representada por su Vicerrectora de Investigación, dra. Cristina Pujades Corbi, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 3 de la Resolución de la rectora de 10 de marzo 2023, de delegación de competencias en los vicerrectores y en el secretario general.

– Universidad de Santiago de Compostela (en adelante USC), con domicilio en praza do Obradoiro, 15705 Santiago de Compostela, A Coruña, y CIF Q1518001A, representada por don Antonio López Díaz, en su calidad de Rector Magnífico de la Universidad de Santiago de Compostela en virtud del Decreto 35/2022, de 17 de marzo (DOG 22 de marzo de 2022), de su nombramiento, y por las facultades conferidas por la Ley Orgánica 2/2023, del Sistema Universitario, de 22 de marzo y el Decreto 14/2014, de 30 de enero, por lo que se aprueban los estatutos de la Universidad de Santiago de Compostela.

– Universidad de Valencia (en adelante UV), con domicilio en Valencia, avenida de Blasco Ibáñez, 13, CP 46010 Valencia y CIF Q4618001D, representada por doña M.ª Vicenta Mestre Escrivá, en su calidad de Rectora Magnífica de la Universitat de València, Estudi General, en virtud de las competencias atribuidas a su favor por el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y el artículo 94 de los Estatutos de la Universitat de València.

– OdiseIA, con domicilio en Madrid, paseo de Juan XXIII, 3, CP 28040 Madrid y CIF G88555354, representada por doña Idoia Salazar García, mayor de edad, Presidenta, y de la cual tiene concedido poder en escritura otorgada ante el Notario de Madrid don Benito Martín Ortega el 12 de marzo de 2021, poder que no le ha sido derogado.

– Consejo General de la Abogacía Española (en adelante, CGAE), con domicilio en Madrid, paseo de Recoletos, 13, CP 28004, y CIF Q2863006I, representada por don Salvador Gómez Martín, mayor de edad, Presidente, en virtud de su elección para dicho cargo por el Pleno del Consejo General en su reunión de fecha de 28 de junio de 2024.

– Fundación COTEC, con domicilio Madrid, calle Cea Bermúdez, 3, CP 28003 y CIF G80380561, representada por don Jorge Barrero Fonticoba, mayor de edad, Director General de la Fundación, domiciliada en calle Cea Bermúdez, 3, 28003 Madrid y CIF G80380561, constituida por tiempo indefinido mediante escritura autorizada con fecha 14 de julio de 1992 ante el Notario de Madrid don José Manuel Pérez Jofre Esteban, bajo el número 1.809 de orden de su protocolo (en adelante «COTEC» o, «La Fundación COTEC») e inscrita en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Cultura, con el número 203, por Orden Ministerial de 22 de septiembre de 1992 (BOE de 21 de octubre siguiente).

– Ilustre Colegio de Abogados de Valencia (en adelante ICAV) con domicilio en Valencia, plaza Tetuán, 16, CP 46003 Valencia y CIF Q4663001H, representada por don José Soriano Poves, mayor de edad, Decano, en uso de las facultades que tiene conferidas en virtud de su cargo como decano del ICAV, en virtud del artículo 81.1 de sus Estatutos Red.es y el Grupo de Entidades en adelante podrán denominarse, individualmente «la Parte» y, conjuntamente «las Partes».

Todas las partes se reconocen la capacidad jurídica necesaria para suscribir la presente adenda y en su virtud

EXPONEN

I

Que el 30 de abril de 2024 Red.es y la agrupación de entidades suscribieron el Convenio para impulsar la implementación de la Carta de Derechos Digitales en el ámbito de los derechos en los nuevos entornos digitales (C035/23-OT), quedando registrado en REOICO el mismo día de su suscripción.

II

Que en la Primera reunión de la Comisión de Seguimiento del Convenio celebrada el 5 de junio de 2024 en el apartado 8 correspondiente a «Ruegos y preguntas», Red.es informa al resto de integrantes de la Comisión que se ha recibido una comunicación del «Boletín Oficial del Estado» por la que se observan dos posibles errores en el texto del Convenio, quedando el mismo a la espera de ser publicado hasta su revisión. Las observaciones son las siguientes:

– Datos identificativos que aparecen en el apartado «REUNIDOS» del convenio y de su anexo sobre el Consejo General de la Abogacía Española (CIF y otros datos).

– En el anexo al Convenio sobre el Acuerdo de encargo de tratamiento de datos de carácter personal, se incluye por error al Instituto de Salud Carlos III, en el primer expositivo. Dicho organismo, aunque inicialmente estaba en la propuesta que el grupo de entidades presentó a la Invitación C046/22-OT, finalmente renunció a la firma del Convenio y por error no se eliminó de esa parte del texto.

III

Que, según se establece en la cláusula decimosegunda del convenio: «El Convenio podrá modificarse por mutuo acuerdo cuando resulte necesario para la mejor realización de su objeto siguiendo los mismos trámites establecidos para su suscripción. Toda modificación del Convenio deberá formalizase mediante adenda, conforme a los requisitos legalmente establecidos, previa autorización prevista en el artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre». Todas las partes están de acuerdo en subsanar los errores detectados.

Por ello, todas las partes acuerdan suscribir la presente adenda al convenio, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Modificación de los datos correspondientes al Consejo General de la Abogacía Española.

Se corrigen los datos correspondientes al Consejo General de la Abogacía Española, «relativos al CIF y otros datos», en el apartado «REUNIDOS», tanto del convenio como de su anexo, sustituyéndose de la siguiente forma:

Donde figura:

– «Consejo General de la Abogacía Española (en adelante, CGAE), con domicilio en Madrid, paseo de Recoletos, 13, CP 28004, Madrid 28010 y C.I.F28010y 06-I, representada por Dña. Victoria Ortega Benito, mayor de edad, Presidenta, en virtud de su elección para dicho cargo por el Pleno del Consejo General en su reunión de fecha de 17 de enero de 2020».

Debe figurar:

– «Consejo General de la Abogacía Española (en adelante, CGAE), con domicilio en paseo de Recoletos, núm. 13, de Madrid, código postal 28004 y CIF Q-2863006-I, representada por doña Victoria Ortega Benito, según resulta de las facultades conferidas en la escritura otorgada ante el Notario de Madrid don Norberto González Sobrino, el día 6 de septiembre de 2016, con el número 2.664 de su Protocolo».

Segunda. Modificación del primer expositivo del anexo del convenio sobre el Acuerdo de encargo de tratamiento de datos de carácter personal.

Se modifica el primer expositivo del anexo del convenio sobre el Acuerdo de encargo de tratamiento de datos de carácter personal, quedando dicho expositivo redactado de la siguiente forma:

I. Que las Partes han suscrito un «Convenio entre la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P. y la agrupación de entidades formada por la Universidad Carlos III de Madrid, la Universidad de Alicante, la Universidad Autónoma de Madrid, la Universitat Pompeu Fabra, la Universidad de Santiago de Compostela, la Universidad de Valencia, OdiseIA, el Consejo General de la Abogacía Española, la fundación COTEC y el Ilustre Colegio de Abogados de Valencia, para impulsar la implementación de la carta de derechos digitales en el ámbito de los derechos en los nuevos entornos digitales» al que este acuerdo va anexo. Para la ejecución del convenio, Red.es debe recabar o acceder a datos personales de los que las Entidades Solicitantes son Responsables.

Tercera. Eficacia y validez de la presente adenda al Convenio.

Se acuerda expresamente por las partes subsanar el Convenio firmado el 30 de abril de 2024, en los términos de la presente adenda modificativa. Salvo en las modificaciones expuestas y en lo que no contradiga a la presente adenda, se mantienen plenamente en vigor todos y cada uno de los términos y condiciones del convenio.

Conforme a lo establecido en el artículo 48.8 y el apartado 2 de la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la adenda al convenio resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Y en prueba de cuanto antecede, las Partes suscriben la presente adenda, en fecha 3 de octubre de 2024.–El Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., Jesús Herrero Poza.–El Rector Magnífico de la Universidad Carlos III de Madrid, Ángel Arias Hernández.–La Rectora Magnífica de la Universidad Autónoma de Madrid, Amaya Mendikoetxea Pelayo.–La Rectora Magnífica de la Universidad de Valencia, M.ª Vicenta Mestre Escrivá.–El Rector Magnífico de la Universidad de Santiago de Compostela, Antonio López Díaz.–La Vicerrectora de Investigación de la Universitat Pompeu Fabra, Cristina Pujades Corbi.–La Rectora Magnífica de la Universidad de Alicante, Amparo Navarro Faure.–El Presidente del Consejo General de la Abogacía Española, Salvador Gómez Martín.–La Presidenta de OdiseIA, Idoia Salazar García.–El Director General de la Fundación COTEC, Jorge Barrero Fonticoba.–El Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Valencia, José Soriano Poves.

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