Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y en el artículo 52 del Reglamento General de Ingreso de Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, esta Subsecretaría, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo que se relaciona en el anexo I de la presente resolución, y que figura en la relación de puestos de trabajo del Departamento.
Esta convocatoria, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Directiva 2006/54/CE del Parlamento y del Consejo, de 5 de julio de 2006, relativa a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación, tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en la provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios, y se desarrollará con arreglo a las siguientes
Bases
El puesto de trabajo que se convoca, y que se relaciona en el anexo I, podrá ser solicitado por las funcionarias y funcionarios que reúnan los requisitos establecidos para su desempeño.
Las instancias para tomar parte en esta convocatoria se ajustarán al modelo que se publica como anexo II a esta resolución, debiendo presentarse dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Junto con la solicitud, ajustada al modelo del anexo II, habrá de presentarse la siguiente documentación:
– Un curriculum vitae en formato normalizado, pudiendo valerse de estándares europeos (https://europass.europa.eu/es/create-europass-cv), en el que habrán de constar los títulos académicos, los puestos de trabajo desempeñados, actividades formativas realizadas y cualquier otra información dirigida a acreditar el cumplimiento de los requisitos y competencias profesionales. En respaldo de ello, podrán aportarse asimismo certificados de funciones expedidos por la persona titular de la unidad donde se prestaban servicios.
– Una justificación por escrito de la idoneidad de la persona candidata para el puesto al que aspira, en relación con las funciones, méritos y requisitos exigidos para el desempeño del puesto.
La presentación de solicitudes se realizará exclusivamente a través de medios electrónicos: https://www.funciona.es/public/funciona/AreaPersonal/autoservicio.html.
Para ello se cumplimentará el anexo II de esta resolución dirigido a la Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de Servicios con el código DIR 3 EA0054374.
Asimismo, el personal con destino en la Administración General del Estado podrá presentar las instancias a través del Portal Funciona, siendo imprescindible la acreditación por medio de certificado electrónico (DNI-e o certificado de la FNMT). Dentro del Portal Funciona habrá de accederse a la siguiente ruta: Espacio SIGP > Mis servicios de RR.HH. > Convocatoria libre designación.
La provisión se realizará atendiendo a criterios de idoneidad, competencia profesional y experiencia acreditados mediante la documentación presentada por el aspirante y a través de una entrevista. La valoración de los aspirantes se realizará con referencia a los méritos incluidos en el anexo I.
La valoración de las candidaturas por el órgano competente para el nombramiento motivará la importancia dada a cada uno de los elementos en términos de idoneidad en relación con el perfil de los puestos incluidos en el anexo I.
A fin de valorar las competencias directivas y el cumplimiento del perfil requerido para el puesto, se celebrarán entrevistas, que serán comunicadas a las personas candidatas con, al menos, cuarenta y ocho horas de antelación.
De existir un número elevado de solicitudes, el órgano competente para el nombramiento podrá realizar una selección de aquellos participantes que, por su idoneidad, serán objeto de entrevista.
Para asesorar al órgano competente para el nombramiento se podrá designar en calidad de personas expertas a la Directora general de la Función Pública, a la Directora general de Gobernanza Pública y a la Directora del gabinete de la Secretaria de Estado de Función Pública. En caso de vacante, ausencia o enfermedad podrán ser suplidas, respectivamente, por un subdirector/a de la Dirección General de Función Pública, un subdirector/a de la Dirección general de Gobernanza Pública y por un Vocal Asesor del Gabinete de la secretaría de Estado de Función Pública. Las personas designadas deberán estar presentes en las entrevistas y emitir informe de valoración. A las mismas les resultarán de aplicación las causas de abstención recogidas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El nombramiento derivado de la presente convocatoria, cuya resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes contado desde la finalización del de presentación de solicitudes; dicho plazo podrá prorrogarse hasta un mes más.
La toma de posesión de los puestos adjudicados se realizará en la fecha establecida en la resolución de adjudicación. Si la resolución no estableciera otra fecha, tendrá lugar el 1 de febrero de 2025.
El período de permanencia en el puesto de trabajo convocado será como mínimo de tres años. Este período podrá ser prorrogado, por períodos anuales, a petición del interesado hasta un máximo de cinco años. Dicha petición de prórroga deberá hacerse en el último trimestre del año anterior al que finalice la estancia.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del recurrente, conforme a lo establecido en los artículos 10.1.i, 14.1 segunda y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 22 de noviembre de 2024.–La Subsecretaria para la Transformación Digital y de la Función Pública, Iria Álvarez Besteiro.
N.º Orden | Centro directivo - Unidad puesto de trabajo | Provincia - Localidad | Nivel | CE | GR / SB | Admon. | Tit. req. | Funciones | Méritos | Observaciones |
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1 |
S. DE E. DE FUNCIÓN PÚBLICA. GABINETE DEL SECRETARIO DE ESTADO. CONSEJERO/CONSEJERA (2054594). |
EXTRANJERO - BRUSELAS. | 30 | 23482.06 | A1 | A3 |
Experiencia y conocimiento de los asuntos competencia de la Secretaría de Estado de Función Pública especialmente las desarrolladas por la Dirección General de Función Pública y/o Dirección General de Gobernanza Publica. Experiencia y conocimiento en materias propias del ámbito de la UE. Experiencia en reuniones y negociaciones en Organismos Internacionales. Experiencia en coordinación e impulso de actuaciones con otras Administraciones Públicas y en los distintos ámbitos del sector público. Alto conocimiento de inglés y suficiente conocimiento de francés. |
Periodo de estancia mínima: 3 años. | ||
CUERPOS O ESCALAS: ADSCRIPCIÓN A ADMINISTRACIONES PÚBLICAS (AD): * A3: ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO AUTONÓMICA Y L. TITULACIONES: |
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