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Documento BOE-A-2024-26681

Resolución de 9 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Boreas Wind, SL, la declaración, en concreto, de utilidad pública para el parque eólico Iglesias, de 70,4 MW y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Iglesias, Hontanas, Tamarón, Los Balbases, Estépar, Rabé de las Calzadas, Tardajos, San Mamés de Burgos y Villalbilla de Burgos (Burgos).

Publicado en:
«BOE» núm. 306, de 20 de diciembre de 2024, páginas 175589 a 175590 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2024-26681

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 10 de marzo de 2023, mediante Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas se otorga a Boreas Wind, SL autorización administrativa previa para parque eólico Iglesias de 66 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Iglesias, Hontanas, Tamarón, Los Balbases, Estépar, Rabé de las Calzadas, Tardajos, San Mamés de Burgos y Villalbilla de Burgos, en la provincia de Burgos, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 68, de 21 de marzo de 2023.

Con fecha 21 de diciembre de 2023, mediante Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas se otorga a Boreas Wind, SL, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para el parque eólico Iglesias, de 70,4 MW y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales Iglesias, Hontanas, Tamarón, Los Balbases, Estépar, Rabé de las Calzadas, Tardajos, San Mamés de Burgos y Villalbilla de Burgos, en la provincia de Burgos.

Boreas Wind SL, en adelante el promotor, solicitó con fecha 23 de febrero de 2024, la declaración, en concreto, de utilidad pública para el parque eólico Iglesias y sus infraestructuras de evacuación.

El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Burgos y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley 24/2013 de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.

Se ha recibido contestación de la que no se desprende oposición del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF). Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, que expresa su conformidad con la misma.

Se ha recibido contestación de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), en la que indica que no tiene competencias en relación con el escrito recibido, y por tanto no ha iniciado ningún procedimiento de autorización de servidumbres como consecuencia del mismo. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual indica que tanto el parque eólico Iglesias como sus infraestructuras de evacuación, cuentan con las correspondientes autorizaciones en materia de servidumbres aeronáuticas otorgadas por AESA (Acuerdo de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea en materia de Servidumbres Aeronáuticas. Expediente P23-0382, de fecha 15 de diciembre de 2023, por el que se autoriza la instalación del parque eólico «Iglesias» y del uso de la grúa móvil).

Se ha recibido contestación de Red Eléctrica de España, SAU en la que se establecen condicionados técnicos. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual expresa su conformidad con la misma.

Preguntados el Ayuntamiento de Iglesias, el Ayuntamiento de Hontanas, el Ayuntamiento de Tamarón, el Ayuntamiento de Los Balbases, el Ayuntamiento de Estépar, el Ayuntamiento de Rabé de las Calzadas, el Ayuntamiento de Tardajos, el Ayuntamiento de San Mamés de Burgos, el Ayuntamiento de Villalbilla de Burgos, la Diputación Provincial de Burgos, la Confederación Hidrográfica del Duero, la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León Oriental del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, el Servicio Territorial de Movilidad y Transformación Digital de Burgos de la Junta de Castilla y León, el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos de la Junta de Castilla y León, EDP Renovables España SL, y Enagás SA, no se recibió contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad en virtud de lo dispuesto en el artículo 146.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

La petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la publicación el 8 de julio de 2024 en el «Boletín Oficial del Estado» y el 10 de julio de 2024 en el «Boletín Oficial de la Provincia de Burgos». Además, el anuncio fue publicado en el «Diario de Burgos» del día 10 de julio de 2024 y remitido a los Ayuntamientos de Iglesias, Hontanas, Tamarón, Los Balbases, Estépar, Rabé de las Calzadas, Tardajos, San Mamés de Burgos y Villalbilla de Burgos, para su exposición pública. Se recibieron alegaciones al trámite de información pública en el plazo previsto, las cuales fueron contestadas por el promotor.

El Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Valladolid emitió informe en fecha 11 de octubre de 2024.

La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico reconoce la libre iniciativa empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica.

La citada autorización se va a conceder sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables, así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecución de la obra.

De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor, que ha respondido al mismo manifestando su conformidad.

Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, esta Dirección General de Política Energética y Minas, resuelve:

Único.

Declarar, en concreto, la utilidad pública para el parque eólico Iglesias, de 70,4 MW y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales Iglesias, Hontanas, Tamarón, Los Balbases, Estépar, Rabé de las Calzadas, Tardajos, San Mamés de Burgos y Villalbilla de Burgos, en la provincia de Burgos, a los efectos previstos en el citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

El objeto del proyecto es la construcción de un parque eólico para la generación de energía eléctrica y la evacuación de dicha energía a la red.

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 62.2.i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución.

Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, 9 de diciembre de 2024.–El Director General de Política Energética y Minas, Manuel García Hernández.

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