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Documento BOE-A-2025-1053

Resolución de 28 de diciembre de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se convoca el proceso selectivo extraordinario, para la contratación de personal laboral fijo, para personas con discapacidad, con la titulación universitaria de Titulado Superior, fuera del Convenio Único de la Administración General del Estado, en el marco de estabilización de empleo temporal, en el Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 19, de 22 de enero de 2025, páginas 9073 a 9090 (18 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades
Referencia:
BOE-A-2025-1053

TEXTO ORIGINAL

Por Real Decreto 408/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para la estabilización de empleo temporal en la Administración General del Estado correspondiente a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, se concede convocar plazas de personal laboral fuera de convenio en la Agencia Estatal del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (en adelante, CSIC).

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 408/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para la estabilización de empleo temporal en la Administración General del Estado correspondiente a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, se procedió a la convocatoria de plazas para la contratación de personal laboral fijo, Titulado Superior y Titulado Medio Fuera de Convenio con destino en él CSIC, con el fin de atender necesidades de personal y, remediar la temporalidad existente.

Mediante Resolución de 1 de abril de 2022, de la Secretaría de Estado de la Función Pública, se publican orientaciones para la puesta en marcha de los procesos de estabilización.

Conforme al ya referido Real Decreto 408/2022, de 24 de mayo y las correspondientes orientaciones de la SEFP, mediante Resolución de 28 de diciembre de 2022, BOE de 30 de diciembre, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, fue convocado proceso selectivo para la contratación de personal laboral fijo con titulación universitaria superior y media, fuera de convenio, en el marco del proceso de estabilización del empleo temporal en el CSIC.

La convocatoria ordinaria del proceso selectivo descrito en el párrafo anterior ha finalizado y las plazas ofertadas han sido adjudicadas.

El Tribunal Supremo, mediante sentencias de 1 de febrero, 13 de junio y 16 de julio de 2024, ha declarado nulo el referido Real Decreto 408/2022, para las correspondientes ofertas de plazas mediante el procedimiento de proceso selectivo por concurso al no respetar la reserva legal impuesta en el artículo 59 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público a favor de las personas con discapacidad, como si se contemplaba para las plazas ofertadas mediante proceso selectivo por concurso-oposición.

Mediante Resolución de 4 de octubre de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, en relación a las sentencias mencionadas en el párrafo anterior, se dictan instrucciones para establecer una reserva de discapacidad en los procesos selectivos convocados por el sistema de concurso derivados del Real Decreto 408/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para la estabilización de empleo temporal en la Administración General del Estado correspondiente a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, para que las convocatorias oferten el número de plazas reservadas a personas con discapacidad en número suficiente para garantizar la reserva de discapacidad que no previó el Real Decreto 408/2022. Dicho número debe equivaler al 7 % del total de plazas ofertadas en la modalidad de concurso, por ser ése el porcentaje de reserva vigente a la fecha de aprobación del referido Real Decreto 408/2022.

La Resolución de 4 de octubre de 2024 de la SEFP refiere que establecer una reserva de discapacidad en dichos procesos, reduciendo el número de plazas del turno ordinario en favor de las plazas reservadas a personas con discapacidad, significaría alterar las características esenciales de las convocatorias, lo que obligaría a retrotraer actuaciones y reabrir plazos de presentación de solicitudes para todas las personas aspirantes.

La SEFP establece que para evitar el potencial perjuicio ocasionado a las personas aspirantes en dichos procesos, es de aplicación lo recogido en el artículo 70 del TREBEP, que obliga a convocar los correspondientes procesos selectivos para las plazas comprometidas y hasta un diez por cien adicional. De esta forma el cupo de reserva de personas con discapacidad se garantiza, en ejecución de sentencia, mediante la adición a la correspondiente convocatoria ya finalizada, de un número de plazas suficiente hasta alcanzar el 7 % del total de las 135 plazas que se convocaron mediante Resolución de 28 de diciembre de 2022, de la Presidencia del CSIC BOE de 30 de diciembre, por el procedimiento de concurso, para personas con titulación universitaria superior y media y para las cuales no se contempló reservar para el turno por discapacidad en el marco de la estabilización.

Con el fin de dar cumplida respuesta a las sentencias descritas evitando ocasionar perjuicio a las personas que participaron en el proceso selectivo ordinario cuyas plazas ya han sido adjudicadas, se convoca proceso selectivo extraordinario, de acceso libre, por concurso, para personas que aleguen discapacidad y que estén en posesión de una titulación universitaria superior, dentro del marco de la estabilización.

Esta Presidencia, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 108 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública acuerda convocar proceso selectivo para la contratación de personal laboral fijo, fuera de convenio, para personas que aleguen discapacidad y que estén en posesión de una titulación universitaria superior.

La presente convocatoria tiene por objeto articular las bases específicas que regirán y desarrollarán el proceso selectivo para la contratación del personal laboral fijo Titulado Superior fuera de convenio que se incorporará a la plantilla del CSIC, de acuerdo con lo estipulado en las mismas, así como en la normativa vigente y, en especial, en el contrato de trabajo que vincule a quienes superen el proceso selectivo y sean contratados.

Esta convocatoria se regirá y desarrollará, además de por las bases específicas que se exponen a continuación, por lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; así como la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Reglamento General de Ingreso aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, de 22 de Noviembre de 2001, por la que se establecen criterios para la selección de personal laboral temporal; la Instrucción conjunta de las Secretarías de Estado de Hacienda y Presupuestos y para la Función Pública de 17 de noviembre de 2010, en cuanto no se oponga al mencionado Real Decreto Legislativo 5/2015; el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; la Ley 17/1993, de 23 de diciembre (BOE de 24 de diciembre), sobre el acceso a determinados sectores de la Función Pública de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea; por la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero (BOE de 12 de enero), sobre los derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social y el resto de la normativa vigente en la materia.

La convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española; el Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo y lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases de la convocatoria

La presente convocatoria, se publicará, en el «Boletín Oficial del Estado», en el Punto de Acceso general: www.administracion.gob.es, así como en la página web del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades www.ciencia.gob.es y en la de la Agencia Estatal CSIC; www.csic.es.

1. Normas generales

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 10 plazas para la contratación como Titulado Superior, Fuera de Convenio, mediante contrato de trabajo de personal laboral fijo, para personas que aleguen discapacidad y que estén en posesión de una titulación universitaria superior.

1.2 El proceso selectivo se realizará mediante:

Sistema de concurso, para las 10 plazas descritas en el anexo II y, de acuerdo con el procedimiento y valoraciones y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

1.3 Concluido el proceso selectivo, las personas aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, hasta como máximo el número de plazas convocadas, serán contratadas en la modalidad de personal laboral fijo.

2. Requisitos de las personas candidatas

2.1 Para ser admitidas a la realización del proceso selectivo las personas aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo los siguientes requisitos de participación:

2.1.1 Nacionalidad:

a) Tener nacionalidad española.

b) Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.

c) Cualquiera que sea su nacionalidad, la persona cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar las personas ascendientes directas y las de su cónyuge que vivan a su cargo, sus descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

e) Las personas extranjeras que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España.

Estarán exentas de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad las personas incluidos en el apartado a) así como las personas extranjeras residentes en España incluidas en el apartado b), siempre que autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de identificación personal en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad. El resto de las personas candidatas deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan.

2.1.2 Capacidad legal: Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores.

2.1.3 Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

2.1.4 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título que se reseña en el anexo II. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá acreditar estar en posesión del certificado de la homologación o la equivalencia a la titulación recogida en el anexo II.

2.1.5 Compatibilidad funcional: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

2.1.6 Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

2.1.7 Discapacidad: Las personas aspirantes deberán acreditar su situación de discapacidad con un grado igual o superior al 33 % aportando en la solicitud el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó su grado de discapacidad.

3. Solicitudes

3.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo oficial, al que se accederá, con carácter general, a través del Punto de Acceso General en la siguiente URL: https://ips.redsara.es.

La solicitud tendrá que ser presentada en el plazo de 20 días hábiles, contados a partir del primer día hábil siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

3.2 Las solicitudes se presentarán por vía electrónica.

La presentación de la solicitud por vía electrónica se realizará haciendo uso del servicio de Inscripción en Procesos Pruebas Selectivas del punto de Acceso General (https://ips.redsara.es), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.

La presentación por esta vía permitirá:

– La inscripción en línea del modelo oficial.

– Anexar documentos a la solicitud.

– El registro electrónico de la solicitud.

La documentación adicional que, según lo previsto en el apartado 3.4, deben remitir junto con la solicitud, lo podrán hacer anexionándola, en documento pdf, a la solicitud telemática o presentándola directamente en los lugares previstos en el párrafo siguiente.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes.

3.3 La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.

3.4 A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:

– Documento acreditativo de nacionalidad. Estarán exentos de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad los incluidos en el apartado 2.1.1 a) así como los extranjeros residentes en España incluidos en el apartado 2.1.1 b), siempre que autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de identificación personal en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad.

3.5 Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33, están exentas del pago de la tasa para participar en el proceso selectivo. Las personas solicitantes deben acompañar a la solicitud el certificado acreditativo de la condición de discapacidad.

No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y previa conformidad del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas.

La justificación de la concurrencia de la causa de exención total del abono de los derechos de examen deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión de la persona aspirante siendo este caso subsanable en el plazo que se concede para la rectificación de errores.

En ningún caso, la justificación de la concurrencia de la causa de exención total del abono de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

3.6 Solo podrá presentarse una solicitud por persona aspirante, en la cual ha de ser indicada una única plaza de las relacionadas en el anexo II que ha de ser identificada por su «N.º de orden». La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV. La presentación de dos o más solicitudes, la inclusión en una instancia de dos o más perfiles o la falta de reflejo de este supondrá su exclusión sin que estos errores puedan ser subsanados posteriormente.

3.7 Cualquier alteración fraudulenta de los documentos presentados supondrá la pérdida del derecho a poder ser contratado, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia o en la documentación aportada con ella.

3.8 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición de la persona interesada.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la Secretaría General del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por delegación de la Presidencia del CSIC (Resolución de 21 de enero de 2021, BOE de 28 de enero de 2021) dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobadas las listas de aspirantes admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse en el »Boletín Oficial del Estado» y en el Punto de Acceso General www.administracion.gob.es, se indicarán los lugares en los que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a su publicación, para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión y determinándose el lugar, fecha y hora de la realización del ejercicio de la oposición.

4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.

5. Tribunales

5.1 Los Tribunales calificadores de este proceso selectivo son los que figuran como anexo III a esta convocatoria. Se podrá publicar un breve curriculum vitae de los miembros de los Tribunales.

5.2 Los Tribunales, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velarán por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

5.3 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y demás disposiciones vigentes. Las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.

5.4 Corresponderá a los Tribunales la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estimen pertinentes.

5.5 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, los Tribunales tendrán su sede en la ORGANIZACIÓN CENTRAL DEL CSIC, C/ Serrano, n. 117 (MADRID), teléfonos: 915680013, 915681863 y 915681853, dirección de correo electrónico: gestion_laboral@csic.es.

5.6 La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

6. Desarrollo del proceso selectivo

6.1 Las personas aspirantes que aparecieran en las listas finales de admitidos y excluidos para las plazas a las que se accederá mediante el sistema de concurso, dispondrán de un plazo de veinte días hábiles para la presentación de la documentación acreditativa de los méritos que deseen que se les valore en dicho concurso. Todo ello atendiendo a los méritos que podrán ser alegados y que se recogen en el anexo IV.

6.2 El Tribunal publicará en la sede del mismo, en el punto de acceso general www.administracion.gob.es y en la página https://sede.csic.gob.es/servicios/formacion-y-empleo/convocatorias-personal, así como en cuantos lugares considere oportuno, la relación que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la valoración obtenida en cada uno de los méritos y la puntuación total. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo el tribunal publicará la relación con la valoración definitiva del concurso.

6.3 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de las personas aspirantes. Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia a la persona interesada deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante.

7. Superación del proceso selectivo

7.1 Finalizado el proceso, quien ostente la presidencia del Tribunal elevará a la autoridad convocante la relación de aspirantes que hayan obtenido, al menos, la calificación mínima exigida para su superación por orden de puntuación.

7.2 Dicha relación se publicará en la sede del Tribunal, en el punto de acceso general www.administracion.gob.es y en la página https://sede.csic.gob.es/servicios/formacion-y-empleo/convocatorias-personal, así como en cuantos lugares se considere oportuno, disponiendo las primeras personas aspirantes de dicha relación, hasta como máximo el número de plazas convocadas por cada número de orden de los anexo III y IV, de un plazo de veinte días hábiles para la presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.

7.3 Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación con la puntuación definitiva.

7.4 La adjudicación del puesto al aspirante que supere el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida.

7.5 El contrato se formalizará en el plazo máximo 1 mes desde la finalización del plazo de entrega de documentación señalado en la base 7.2.

7.6 No se podrán formalizar mayor número de contratos que el de plazas convocadas.

7.7 Las personas aspirantes contratadas tendrán que superar un período de prueba de 6 meses durante el cual la unidad de personal correspondiente evaluará el correcto desempeño del puesto de trabajo.

7.8 En el caso de que alguna de las personas candidatas propuestas no presente la documentación correspondiente en el plazo establecido, no cumpla los requisitos exigidos, renuncie, o la certificación emitida por la unidad de personal respecto al correcto desempeño del puesto de trabajo durante el período de prueba sea desfavorable, el puesto se adjudicará a la siguiente persona candidata de la relación a que se refiere la base 7.1.

7.9 Si una vez formalizado el contrato, alguno de las personas trabajadoras causara baja, se podrá sustituir por la siguiente persona candidata de la lista a que se refiere la base 7.1, en los términos establecidos en la Instrucción conjunta de las Secretarías de Estado para la Administración Pública y de Presupuestos y Gastos sobre procedimiento de autorización de contratos de personal laboral y nombramiento de funcionarios interinos.

7.10 Si alguna de las personas aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de la fase que hubieran quedado aplazada, no pudiendo demorarse ésta de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la realización de la misma tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

Se adoptarán las medidas necesarias para salvaguardar la identidad de las personas aspirantes cuando resulte de aplicación en virtud de la normativa en la materia, siempre que se haya solicitado y acreditado por el interesado la concurrencia de las circunstancias previstas en las normas de aplicación.

8. Norma final

Al presente proceso selectivo le será de aplicación el Real Decreto legislativo 5/2015 de 30 de octubre, por la que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria podrán interponerse, con carácter potestativo, los recursos que procedan con arreglo a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien demanda ante los Juzgados de lo Social de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de la resolución del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Madrid, 28 de diciembre de 2024.–La Presidenta del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Eloísa del Pino Matute.

ANEXO I
Descripción del proceso selectivo para las plazas a las que se accederá mediante sistema de concurso

El proceso selectivo para acceder a las plazas descritas en el anexo II constará de una fase de concurso con las valoraciones que se detallan a continuación:

Fase de concurso:

Se valorarán hasta un máximo de 100 puntos los siguientes méritos, que deberán poseerse a la fecha de publicación de la presente convocatoria:

a) Méritos profesionales: se valorarán los servicios efectivos prestados en un periodo máximo de 10 años, hasta la fecha de publicación de la convocatoria, hasta un máximo de 60 puntos, de acuerdo con la siguiente puntuación:

1. Servicios efectivos prestados como personal laboral en el organismo de destino de la plaza a la que se opta, con la misma clasificación profesional de personal laboral de la AGE, y con funciones similares a las descritas en el anexo II: 0,5 puntos por mes completo, hasta un máximo de 60 puntos.

2. Servicios efectivos prestados como personal laboral en otros organismos de la Administración General del Estado, con la misma clasificación profesional de personal laboral de la AGE de la plaza a la que se opta, con funciones similares a las descritas en el anexo II: 0,3 puntos por mes completo, hasta un máximo de 36 puntos.

3. Servicios efectivos prestados como personal laboral con en la Administración General del Estado, con una clasificación profesional diferente de la plaza a la que se opta, en el ámbito de otros convenios, con funciones equivalentes a las descritas en el anexo II: 0,275 puntos por mes completo, hasta un máximo de 33 puntos.

4. Servicios efectivos prestados como personal laboral en organismos de la Administración General del Estado, con la misma clasificación profesional de personal laboral de la AGE de la plaza a la que se opta, con funciones distintas pero relacionadas a las descritas en el anexo II: 0,258 puntos por mes completo, hasta un máximo de 31 puntos.

5. Servicios efectivos prestados como empleado o empleada público en otras Administraciones Públicas, Órganos Constitucionales o equivalentes de las Comunidades Autónomas, Administraciones Públicas de los Estados miembros de la Unión Europea, en la Administración Pública de los Estados a los que en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores; en trabajos con funciones distintas pero relacionadas con las descritas en el anexo II: 0,25 puntos por mes completo, hasta un máximo de 30 puntos.

Los servicios efectivos prestados en jornadas de carácter parcial o inferiores a la completa se computarán de forma proporcional.

En el supuesto de que coincidan total o parcialmente en el tiempo períodos de prestación de servicios efectivos susceptibles de valoración, solo se tendrá en cuenta aquel que permita obtener una mayor puntuación, sin que pueda generarse doble valoración por un mismo período de prestación.

La forma de acreditación será el certificado expedido por la correspondiente unidad de personal, en el caso de experiencia adquirida en la Administración, y copia del contrato o contratos de trabajo y certificación de vida laboral expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social en los demás casos.

b) Méritos académicos y de superación de ejercicios selectivos: hasta un máximo de 40 puntos:

1. Tener otra titulación oficial superior o de igual nivel a la exigida en la convocatoria: máximo de 20 puntos.

2. Cursos de formación y perfeccionamiento realizados en los 10 años anteriores a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, con un máximo de 20 puntos, a razón de:

i. 5 puntos por cada curso recibido de una duración igual o superior a 15 horas.

ii. 5 puntos por cada curso impartido con un mínimo de 2 horas de impartición.

El máximo de valoración se alcanzará con cuatro cursos.

En este punto, además de los cursos de formación y perfeccionamiento, se podrán valorar artículos científicos publicados, y congresos científicos o actividades de divulgación científica con participación directa como ponente debidamente acreditada, con una puntuación de 5 puntos por actividad.

Se valorarán únicamente aquellos cursos de formación y perfeccionamiento debidamente acreditados, cuyo contenido tenga relación directa con la clasificación profesional y tareas de la plaza a la que se opta así como los que versen sobre materia de igualdad de género y de prevención de riesgos laborales, siempre que hayan sido desarrollados en el marco del acuerdo de la formación para el empleo de las Administraciones Públicas, así como los que estén incluidos en los Planes o Programas de Formación interna de los distintos Ministerios y Organismos de la Administración General del Estado.

No serán objeto de valoración las titulaciones o cursos pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios, máster y similares. Tampoco serán objeto de valoración aquellos cursos en cuya certificación no aparezca su duración y fecha de realización.

Se valorará una sola vez la recepción o impartición de un curso sobre la misma materia.

La forma de acreditación de los méritos académicos será mediante copia autenticada de los títulos o certificados.

Para superar el proceso será necesario obtener la puntuación mínima que determine el Tribunal y que, en ningún caso, será inferior al 20 % de la puntuación máxima.

En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1. Puntuación obtenida en méritos profesionales.

2. Antigüedad en el organismo de destino.

3. Puntuación obtenida en méritos formativos.

ANEXO II
Relación de las plazas convocadas para acceso mediante sistema de concurso

La distribución por perfiles y tareas de cada una de las 10 plazas convocadas es la siguiente:

Categoría: Titulado Superior Fuera de Convenio

N.º de orden Tribunal Centro de destino Titulación Perfil y tareas N.º de plazas
1 1 DELEGACIÓN DEL CSIC EN ANDALUCÍA. LICENCIATURA EN PERIODISMO.

COMUNICACIÓN Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA.

Redacción de convocatorias y notas de prensa, y organización de actos y ruedas de prensa, relacionadas con la actividad del Museo Casa de la Ciencia y con resultados de investigación de ICUS de Andalucía y Extremadura. Facilitar la comunicación entre medios y personal CSIC. Gestión de redes sociales. Gestión de actividades educativas del Museo.

1
2 2 DELEGACIÓN DEL CSIC EN ANDALUCÍA LICENCIATURA EN QUÍMICA.

TRANSFERENCIA DEL CONOCIMIENTO.

Protección de resultados de investigación del CSIC y su valorización tecnológica. Promoción de la oferta tecnológica del CSIC y negociación de contratos de licencia a empresas. Apoyo a la creación de nuevas EBTs o spin-offs. Gestión y negociación de contratos de I+D, apoyo tecnológico, y otro tipo de contratos con empresas.

1
3 3 DELEGACIÓN DEL CSIC EN ARAGÓN. LICENCIATURA EN QUÍMICA.

TRANSFERENCIA DEL CONOCIMIENTO.

Identificación, evaluación y asesoramiento en protección de resultados de investigación. Promoción, valorización y comercialización tecnológica. Gestión y negociación de contratos de transferencia. Apoyo en la creación de empresas de base tecnológica y promoción de la innovación en entorno público-privado regional, nacional e internacional.

1
4 4 DELEGACIÓN DEL CSIC EN GALICIA. LICENCIATURA EN PERIODISMO/ LICENCIATURA EN HISTORIA/ LICENCIATURA EN BIOLOGÍA.

COMUNICACIÓN Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA.

Acciones y materiales de comunicación social de la ciencia: redes sociales, audiovisuales, notas de prensa, ruedas de prensa. Promoción de iniciativas para la visibilidad: folletos, memorias, informes, newsletters. Propuesta de actividades de diseminación científica en proyectos de I+D y apoyo en la ejecución de las mismas.

1
5 5 GABINETE DE PRESIDENCIA. LICENCIATURA EN COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL

COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Planificación y grabación de reportajes de video sobre noticias científicas. Planificación y grabación de entrevistas con personal investigador. Elaboración de contenidos audiovisuales para redes sociales y gestión de las mismas. Participación en la elaboración y ejecución de estrategias de comunicación.

1
6 6 INSTITUTO DE DIAGNOSTICO AMBIENTAL Y ESTUDIOS DEL AGUA. LICENCIATURA EN QUÍMICA

CONTAMINANTES ORGÁNICOS Y SU IMPACTO EN EL MEDIO AMBIENTE.

Contaminantes orgánicos persistentes procedentes de fuentes industriales y su impacto en el medio ambiente.

 
7 7 INSTITUTO DE MICRO Y NANOTECNOLOGÍA. LICENCIATURA EN FÍSICA.

GESTIÓN DE CALIDAD EN LABORATORIOS DE MICRO Y NANOFABRICACIÓN.

Responsable de Laboratorio de Micro y Nanofabricación y del sistema de Gestión de Calidad.

1
8 8 VICEPRESIDENCIA ADJUNTA DE ÁREAS CIENTÍFICO-TÉCNICAS CSIC. LICENCIATURA EN DERECHO.

EVALUACIÓN Y GESTIÓN DE ACTIVIDADES CIENTÍFICAS.

Apoyo en la gestión de actividad científico-técnica del CSIC. Apoyo y asistencia en la gestión de las dotaciones de recursos, evaluaciones e indicadores de la actividad investigadora, asesorías de expertos, reconocimientos científicos, y elaboración de informes técnicos y de gestión.

1
9 9 VICEPRESIDENCIA ADJUNTA DE CULTURA CIENTÍFICA CSIC. GRADO EN PERIODISMO.

COORDINACIÓN, EJECUCIÓN Y EVALUACIÓN DE PROYECTOS DE CULTURA CIENTÍFICA.

Coordinación, ejecución y evaluación de actividades y proyectos de cultura científica: exposiciones, publicaciones, certámenes, conmemoraciones, conferencias, apps, Semana de la Ciencia, ferias, blogs, acciones didácticas. Elaboración de acciones y materiales de comunicación social de la ciencia: redes sociales, audiovisuales, notas de prensa.

1
10 10 VICEPRESIDENCIA DE RELACIONES INTERNACIONALES CSIC. LICENCIATURA EN FILOLOGÍA INGLESA.

GESTIÓN DE PROYECTOS DE I+D+I.

Fomento de la participación del CSIC en convocatorias europeas (Programa Marco, LIFE, etc.): identificación de oportunidades, impartición de talleres, seminarios y cursos, elaboración de informes, documentación, guías y organización de eventos específicos para personal CSIC. Asesoramiento y asistencia en la preparación de propuestas y seguimiento técnico de proyectos.

1

Descripción de las plazas convocadas

Categoría: Titulado Superior Fuera de Convenio

N.º de orden Centro directivo Puesto Provincia Complementos Jornada
1 AGENCIA ESTATAL CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS - DELEGACIÓN DEL CSIC EN ANDALUCIA. DELGAN-TS-CDIC. SEVILLA.   COMPLETA.
2 AGENCIA ESTATAL CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS - DELEGACIÓN DEL CSIC EN ANDALUCÍA. DELGAN-TS-TRCO. SEVILLA.   COMPLETA.
3 AGENCIA ESTATAL CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS - DELEGACIÓN DEL CSIC EN ARAGÓN. DELGAR-TS-TRCO. ZARAGOZA.   COMPLETA.
4 AGENCIA ESTATAL CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS - DELEGACIÓN DEL CSIC EN GALICIA. DELGA-TS-CDIC. A CORUÑA.   COMPLETA.
5 AGENCIA ESTATAL CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS - GABINETE DE PRESIDENCIA. GPRES-TS-CAUD. MADRID.   COMPLETA.
6 AGENCIA ESTATAL CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS - INSTITUTO DE DIAGNÓSTICO AMBIENTAL Y ESTUDIOS DEL AGUA. IDAEA-TS-COIM. BARCELONA.   COMPLETA.
7 AGENCIA ESTATAL CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS - INSTITUTO DE MICRO Y NANOTECNOLOGÍA. IMN-TS-GCLM. MADRID.   COMPLETA.
8 AGENCIA ESTATAL CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS - VICEPRESIDENCIA ADJUNTA DE ÁREAS CIENTÍFICO-TÉCNICAS. VAACT-TS-EGAC. MADRID.   COMPLETA.
9 AGENCIA ESTATAL CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS - VICEPRESIDENCIA ADJUNTA DE CULTURA CIENTÍFICA CSIC. VACC-TS-CPCC-06. MADRID.   COMPLETA.
10 AGENCIA ESTATAL CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS - VICEPRESIDENCIA DE RELACIONES INTERNACIONALES. VRI-TS-GPRO-02. MADRID.   COMPLETA.
ANEXO III
Tribunales calificadores

Tribunal n.º 1

Comunicación y Divulgación Científica (Delegación del CSIC en Andalucía)

Presidenta: Margarita Isabel Paneque Sosa (E. Profesores de Investigación de Organismos Públicos de Investigación).

Vocales:

Erika López Palma (E. Técnicos Superiores Especializados de Organismos Públicos de Investigación).

Damián Fermín de Andrés Cara (E. Investigadores Científicos de Organismos Públicos de Investigación).

Adela Muñoz Paez (C. Catedráticos de Universidad).

Joaquín José Gómez Camacho (C. Catedráticos de Universidad).

Presidente suplente: Tomás Perera Pavo (E. Técnicos Superiores Especializados de Organismos Públicos de Investigación).

Vocales suplentes:

José Luis de Paz Carrera (E. Científicos Titulares de Organismos Públicos de Investigación).

Patricia Siljestrom Ribed (E. Científicos Titulares de Organismos Públicos de Investigación).

Nuria Rendón Márquez (C. Profesores Titulares de Universidad).

Laura López Santos (C. Profesores Titulares de Universidad).

Tribunal n.º 2

Transferencia del Conocimiento

Presidente: Juan Gualberto Martínez Armesto (E. Técnicos Superiores Especializados de Organismos Públicos de Investigación).

Vocales:

Teresa Serrano Gotarredona (E. Investigadores Científicos de Organismos Públicos de Investigación).

Patricia Lara Muñoz (C. Profesores Titulares de Universidad).

Javier Echave Oría (E. Técnicos Superiores Especializados de Organismos Públicos de Investigación).

Consuelo Quilchano González (E. Técnicos Superiores Especializados de Organismos Públicos de Investigación).

Presidenta suplente: María Asunción Fernández Camacho (E. Profesores de Investigación de Organismos Públicos de Investigación).

Vocales suplentes:

Tomás Perera Pavo (E. Técnicos Superiores Especializados de Organismos Públicos de Investigación).

María Pozas Vizoso (C. Superior de Administradores Civiles del Estado).

Joaquín Gómez Camacho (C. Catedráticos de Universidad).

Nuria Rendón Márquez (C. Profesores Titulares de Universidad).

Tribunal n.º 3

Transferencia del Conocimiento

Presidenta: Carmen Mayoral Gastón (E. Científicos Titulares de Organismos Públicos de Investigación).

Vocales:

Alberto Gonzalo Callejo (C. Profesores Titulares de Universidad).

José Manuel López Sebastián (Investigador Distinguido Laboral Fijo).

Olga Guerrero Pérez (C. Catedráticos de Universidad).

Ana Álvarez Fernández (E. Científicos Titulares de Organismos Públicos de Investigación).

Presidente suplente: Jesús Val Falcón (E. Científicos Titulares de Organismos Públicos de Investigación).

Vocales suplentes:

María Ángeles Lillo Rodenas (C. Catedráticos de Universidad).

Jesús Javier Campo Ruiz (E. Investigadores Científicos de Organismos Públicos de Investigación).

Carlos Tellez Ariso (C. Catedráticos de Universidad).

Ruth Lahoz Espinosa (E. Técnicos Superiores Especializados de Organismos Públicos de Investigación).

Tribunal n.º 4

Comunicación y Divulgación Científica (Delegación del CSIC en Galicia)

Presidente: José Pintado Valverde (E. Científicos Titulares de Organismos Públicos de Investigación).

Vocales:

José Antonio López Guerrero (C. Catedráticos de Universidad).

Antonio Cesar González García (Investigador Distinguido Laboral Fijo).

Carmen Guerrero Martínez (E. Técnicos Superiores Especializados de Organismos Públicos de Investigación).

Cristina Sánchez Carretero (E. Investigadores Científicos de Organismos Públicos de Investigación).

Presidenta suplente: Matilde Barón Ayala (E. Investigadores Científicos de Organismos Públicos de Investigación).

Vocales suplentes:

Jaime Pérez del Val (E. Técnicos Superiores Especializados de Organismos Públicos de Investigación).

José Luis Serrano Martínez (C. Catedráticos de Universidad).

Rosa María Pedrido Castiñeiras (C. Profesores Titulares de Universidad).

María Concepción Sánchez Fernández (E. Científicos Titulares de Organismos Públicos de Investigación).

Tribunal n.º 5

Comunicación Audiovisual

Presidenta: Isabel María Martínez Sierra (E. Científicos Titulares de Organismos Públicos de Investigación).

Vocales:

Andrés Diaz Esteban (E. Técnicos Superiores Especializados de Organismos Públicos de Investigación).

Pedro Amalio Serena Domingo (E. Investigadores Científicos de Organismos Públicos de Investigación).

Isabel López Calderón (C. Catedráticos de Universidad).

José Miguel Mulet Salort (C. Catedráticos de Universidad).

Presidente suplente: Carlos Briones Llorente (E. Científicos Titulares de Organismos Públicos de Investigación).

Vocales suplentes:

Purificación Fernández Rodríguez (E. Profesores de Investigación de Organismos Públicos de Investigación).

María Carmen Guerrero Martínez (E. Técnicos Superiores Especializados de Organismos Públicos de Investigación).

Alfredo Corell Almuzara (C. Catedráticos de Universidad).

Carmen Fernández Alonso (E. Científicos Titulares de Organismos Públicos de Investigación).

Tribunal n.º 6

Contaminantes Orgánicos y su Impacto en el Medio Ambiente

Presidenta: María Manuela Farré Urgell (E. Investigadores Científicos de Organismos Públicos de Investigación).

Vocales:

Lourdes Ramos Rivero (E. Investigadores Científicos de Organismos Públicos de Investigación).

Soledad Norberta Muniategui Lorenzo (C. Catedráticos de Universidad).

Juan Vicente Sancho Llopis (C. Catedráticos de Universidad).

Juan Antonio Conesa Ferrer (C. Catedráticos de Universidad).

Presidente suplente: Joan Grimalt Obrador (E. Profesores de Investigación de Organismos Públicos de Investigación).

Vocales suplentes:

Joaquín Beltrán Arandés (C. Catedráticos de Universidad).

Encarnación Moyano Morcillo (C. Catedráticos de Universidad).

Francisco Javier Santos Vicente (C. Profesores Titulares de Universidad).

Argelia Castaño Calvo (E. Profesores de Investigación de Organismos Públicos de Investigación).

Tribunal n.º 7

Gestión de Calidad en Laboratorios de Micro y Nanofabricación

Presidenta: Maria Luisa Dotor Castilla (E. Científicos Titulares de Organismos Públicos de Investigación).

Vocales:

Ángel García Cabañes (C. Profesores Titulares de Universidad).

David López-Romero Moraleda (E. Técnicos Superiores Especializados de Organismos Públicos de Investigación).

María Agustina Asenjo Barahona (E. Investigadores Científicos de Organismos Públicos de Investigación).

Maria Valeria Grazú Bonavía (E. Investigadores Científicos de Organismos Públicos de Investigación).

Presidente suplente: Jorge García Martínez (E. Investigadores Científicos de Organismos Públicos de Investigación).

Vocales suplentes:

Álvaro San Paulo Hernando (E. Investigadores Científicos de Organismos Públicos de Investigación).

Ana María Calle Martín (E. Técnicos Superiores Especializados de Organismos Públicos de Investigación).

Esperanza Salvador Rueda (E. Técnicos Superiores Especializados de Organismos Públicos de Investigación).

Jesús Martínez de la Fuente (E. Profesores de Investigación de Organismos Públicos de Investigación).

Tribunal n.º 8

Evaluación y Gestión de Actividades Científicas

Presidenta: Isabel Diaz Carretero (E. Investigadores Científicos de Organismos Públicos de Investigación).

Vocales:

Elea Ruth Giménez Toledo (E. Científicos Titulares de Organismos Públicos de Investigación).

Cristina Sánchez Carretero (E. Investigadores Científicos de Organismos Públicos de Investigación).

Jaime Francisco Pérez del Val (E. Técnicos Superiores Especializados de Organismos Públicos de Investigación).

Juan Ignacio Criado Grande (C. Profesores Titulares de Universidad).

Presidente suplente: Abel Grau Guerrero (Titulado Superior Laboral Fijo).

Vocales suplentes:

Francisco Jose Morales Navas (E. Investigadores Científicos de Organismos Públicos de Investigación).

Pilar Prieto Aranda (E. Científicos Titulares de Organismos Públicos de Investigación).

María Cuesta Ruiz (E. Científicos Titulares de Organismos Públicos de Investigación).

Antonio Martín Cabello (C. Profesores Titulares de Universidad).

Tribunal n.º 9

Coordinación, Ejecución y Evaluación de Proyectos de Cultura Científica

Presidente: Jaime Pérez Del Val (E. Técnicos Superiores Especializados de Organismos Públicos de Investigación).

Vocales:

Carmen Guerrero Martínez (E. Técnicos Superiores Especializados de Organismos Públicos de Investigación).

Eduardo Actis Montserrat (E. Técnicos Superiores Especializados de Organismos Públicos de Investigación). Patricia Siljestrom Ribed (E. Científicos Titulares de Organismos Públicos de Investigación).

Pedro Serena Domingo (E. Profesores de Investigación de Organismos Públicos de Investigación).

Presidenta suplente: Pura Fernández Rodríguez (E. Profesores de Investigación de Organismos Públicos de Investigación).

Vocales suplentes:

Carmen Lafuente Canela (E. Técnicos Superiores Especializados de Organismos Públicos de Investigación).

David Martín de Diego (E. Investigadores Científicos de Organismos Públicos de Investigación).

Rocío de Iriarte Rodríguez (E. Técnicos Superiores Especializados de Organismos Públicos de Investigación).

Belén Macías Marín (E. Técnicos Superiores Especializados de Organismos Públicos de Investigación.

Tribunal n.º 10

Gestión de Proyectos I+D+i

Presidente: Guillermo Sanjuanbenito García (E. Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos).

Vocales:

Isabel Díaz Carretero (E. Investigadores Científicos de Organismos Públicos de Investigación).

Moira Torrent Enjuto (E. Técnicos Superiores Especializados de Organismos Públicos de Investigación).

Joaquín Osoro Barro (C. Superior de Administradores Civiles del Estado).

Marcos Palomo Fernández (E. Técnicos Superiores Especializados de Organismos Públicos de Investigación).

Presidenta suplente: Mónica Martín-Lanuza Olmeda (E. Técnicos Superiores Especializados de Organismos Públicos de Investigación).

Vocales suplentes:

María Cuesta Ruiz (E. Científicos Titulares de Organismos Públicos de Investigación).

Luis González Muñoz (E. Técnicos Superiores Especializados de Organismos Públicos de Investigación).

Manuel Regueiro González-Barros (E. Técnicos Superiores Especializados de Organismos Públicos de Investigación).

Elena Domínguez Cañas (C. Catedráticos de Universidad).

ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.

En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro correspondiente a Ministerio, se consignará: «Ciencia, Innovación y Universidades». En el recuadro relativo a centro gestor se hará constar «Consejo Superior de Investigaciones Científicas». En las solicitudes suscritas a través de la plataforma de Inscripción de Pruebas Selectivas vendrá cumplimentado.

En el recuadro 15, «Cuerpo, Escala, Grupo Profesional o Categoría», en las solicitudes se consignará «Titulado Superior Fuera de Convenio». En las solicitudes suscritas a través de la plataforma de Inscripción de Pruebas Selectivas vendrá cumplimentado.

En el recuadro 16, «Especialidad, área o asignatura», se consignará la especialidad coincidente con el anexo II, según corresponda a la plaza solicitada.

En el recuadro 17, «Forma de acceso», en las solicitudes suscritas en el extranjero se consignará «E» (Estabilización). En las solicitudes suscritas a través de la plataforma de Inscripción de Pruebas Selectivas vendrá cumplimentado.

En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», en las solicitudes se consignará «Ministerio de Ciencia e Innovación y Universidades». En las solicitudes suscritas a través de la plataforma de Inscripción de Pruebas Selectivas vendrá cumplimentado.

En el recuadro 19, en las solicitudes se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria. En las solicitudes suscritas a través de la plataforma de Inscripción de Pruebas Selectivas vendrá cumplimentado.

En el recuadro 21, «Grado de Discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

En el recuadro 22, «Reserva discapacidad», los aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad, consignarán un «SI».

En el recuadro 26, «Títulos académicos oficiales», se consignará el que posee el aspirante.

En el recuadro 27, «Datos A», se consignará el Centro de Destino relacionado en el anexo II.

ANEXO V
Certificado de requisitos y méritos

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ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 28/12/2024
  • Fecha de publicación: 22/01/2025
  • Convocatoria. 10 plazas.

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