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Documento BOE-A-2025-276

Resolución de 30 de diciembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda al Convenio con la Ciudad de Ceuta, para la creación de una Escuela infantil de primer ciclo, con cargo al Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 5, de 6 de enero de 2025, páginas 3382 a 3383 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
Referencia:
BOE-A-2025-276

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y la Ciudad de Ceuta, han suscrito, con fecha 20 de diciembre de 2024, una Adenda al Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Ciudad de Ceuta para la creación de una nueva Escuela infantil de primer ciclo, con cargo al Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dependiente del Gobierno de la Ciudad de Ceuta, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrita en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 30 de diciembre de 2024.–La Secretaria General Técnica, Laura Manzano Palomo.

ANEXO
Adenda al Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Ciudad de Ceuta, para la creación de una nueva Escuela infantil de primer ciclo, con cargo al Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dependiente del Gobierno de la Ciudad de Ceuta (2021-2025)

De una parte, doña María del Pilar Alegría Continente, Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, en virtud del Real Decreto 836/2023, de 20 de noviembre, y en uso de la competencia establecida en el artículo 61.k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

De otra, don Juan Jesús Vivas Lara, Presidente de la Ciudad de Ceuta, nombrado por Real Decreto 523/2023, de 19 de junio, en representación de la Ciudad de Ceuta, en virtud de las facultades que le atribuye el artículo 14 de la Ley Orgánica 1/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Ceuta.

EXPONEN

1. Que con fecha de 1 de octubre de 2021 (publicado en el BOE de 15 de octubre) se formalizó el convenio entre, el entonces denominado Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Ciudad de Ceuta para la construcción de una nueva escuela infantil de primer ciclo, con cargo al Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dependiente del Gobierno de la Ciudad de Ceuta (en adelante, el convenio).

2. Que el referido convenio prevé en su cláusula octava una vigencia hasta 31 de diciembre de 2024.

3. Que el convenio se modificó mediante una primera adenda el 8 de septiembre de 2022 (publicada en el BOE de 6 de octubre) al objeto de adaptar sus cláusulas a la aprobación de las Órdenes HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Toda vez que la adenda permitió un reajuste de anualidades.

4. Que el convenio se modificó mediante una segunda adenda el 2 de enero de 2024 (publicada en el BOE de 10 de junio), a fin de llevar a cabo un reajuste de anualidades, como consecuencia del retraso en el inicio de las obras de construcción de la nueva escuela. Asimismo, en esta segunda adenda se aprobó la creación de 176 plazas, en lugar de las 191 que contemplaba el convenio inicial.

5. Que la Comisión Europea aprobó la Adenda española al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), el 2 de octubre de 2023, en virtud de la cual, se permite ampliar el plazo de ejecución hasta 2025.

En consecuencia, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y el Gobierno de la Ciudad de Ceuta suscriben esta tercera adenda al convenio, contando con los informes jurídicos preceptivos por lo que

ACUERDAN

Cláusula primera. Ampliación de plazo de finalización de la vigencia del Convenio.

La finalización de la vigencia del convenio se extiende hasta el 31 de diciembre de 2025, en virtud de la aprobación por parte de la Comisión Europea de la Adenda española al PRTR, el 2 de octubre de 2023.

Cláusula segunda. Reajuste de anualidades.

La cláusula tercera del convenio, en base a la redacción dada en la primera Adenda del 8 de septiembre de 2022, establece que en el supuesto de que la aportación comprometida para cualquiera de los ejercicios no resultase ejecutada en el mismo, se podrá modificar su aplicación a un ejercicio posterior mediante el correspondiente reajuste de anualidades.

En su virtud, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes transferirá a la Consejería de Educación, Cultura y Juventud de la Ciudad de Ceuta con cargo a la aplicación presupuestaria 18.50.08.32UA.757.80, el importe de gasto no ejecutado en anualidades previas al ejercicio de 2025, a través del correspondiente reajuste:

Aplicación presupuestaria Ejercicio

Importe reajuste

Euros

Importe final

Euros

18.50.08.32UA.757.80 2024 – 2.165.350,00 0
2025 + 2.165.350,00 2.165.350,00

La Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, María del Pilar Alegría Continente.–El Presidente de la Ciudad de Ceuta, Juan Jesús Vivas Lara.

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