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Documento BOE-A-2025-3285

Resolución de 14 de febrero de 2025, de la Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura, por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio con el Centro Español de Derechos Reprográficos, para la realización de actividades de promoción de los derechos de propiedad intelectual del sector del libro.

Publicado en:
«BOE» núm. 43, de 19 de febrero de 2025, páginas 23294 a 23295 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2025-3285

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Cultura y CEDRO han firmado, con fecha de 4 de febrero de 2025, la adenda de prórroga, por cuatro años, al Convenio marco suscrito con fecha de 3 de febrero de 2021 (BOE núm. 39, de 15 de febrero de 2021) entre la entonces Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura del Ministerio de Cultura y el Centro Español de Derechos Reprográficos EGDPI (CEDRO), para la realización y colaboración en actividades de fomento de la creación literaria e investigación y actividades de sensibilización sobre la importancia de los derechos de propiedad intelectual en el sector del libro, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 14 de febrero de 2025.–La Directora General del Libro, del Cómic y de la Lectura, María José Gálvez Salvador.

ANEXO
Adenda de prórroga del Convenio entre la Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura del Ministerio de Cultura y el Centro Español de Derechos Reprográficos EGDPI (CEDRO) para la realización de actividades de promoción de los derechos de propiedad intelectual del sector del libro

Madrid, 4 de febrero de 2025.

REUNIDOS

De una parte, doña María José Gálvez Salvador, como Directora general del Libro, del Cómic y de la Lectura del Ministerio de Cultura, nombrada por Real Decreto de Consejo de Ministros 323/2023, de 26 de abril, y de acuerdo con las facultades delegadas por la Orden CLT/503/2024, de 27 de mayo, sobre fijación de límites para la administración de créditos para gastos y de delegación de competencias del Ministerio de Cultura y la disposición adicional cuarta (apartado 1) del Real Decreto 323/2024, de 26 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Y, de otra parte, doña Carme Riera Guilera, actuando en nombre y representación, en su calidad de Presidenta del Centro Español de Derechos Reprográficos EGDPI (en adelante CEDRO), NIF V-78652203, con domicilio en la calle Alcalá, 26, 3.º, 28014 Madrid, en virtud del nombramiento acordado por la Asamblea General de asociados y Junta Directiva de 20 de junio de 2019.

Ambas partes se reconocen competencia suficiente para el establecimiento de la presente adenda, y al efecto

EXPONEN

I. Que con fecha de 3 de febrero de 2021 (BOE núm. 39, de 15 de febrero de 2021) la Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura (en adelante DGLFL) del Ministerio de Cultura y Deporte y el Centro Español de Derechos Reprográficos EGDPI (CEDRO), suscribieron un convenio marco para la realización y colaboración en actividades de fomento de la creación literaria e investigación y actividades de sensibilización sobre la importancia de los derechos de propiedad intelectual en el sector del libro.

II. Que el apartado 2 de la cláusula cuarta del citado convenio establece una duración del convenio por cuatro años.

III. Que es voluntad de las partes prorrogar el citado convenio.

Por cuanto antecede, ambas partes resuelven suscribir la presente adenda de prórroga, de conformidad con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Prórroga del convenio.

Las partes firmantes acuerdan prorrogar la vigencia del convenio por un periodo de cuatro años, desde el 8 de febrero de 2025 hasta el 8 de febrero de 2029.

Segunda. Eficacia y validez de la presente adenda al convenio.

La presente adenda al convenio se regirá por los mismos términos que en el mismo se establecen.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la presente adenda resultará eficaz una vez sea inscrita en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».

Y para que así conste, y en prueba de conformidad, las partes intervinientes firman la presente adenda, en el lugar y fecha arriba indicados.–Por el Ministerio de Cultura, la Directora general del Libro, del Cómic y de la Lectura, María José Gálvez Salvador.–Por el Centro Español de Derechos Reprográficos, la Presidenta de CEDRO, Carme Riera Guilera.

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