El día 17 de enero de 2025 tuvo entrada en la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado escrito del Fiscal Superior de la Fiscalía de la Comunidad Foral de Navarra proponiendo el nombramiento de doña Leyre Medrano Abadía, Fiscal de la misma, como Fiscal Delegada en la especialidad de Protección de las Personas con Discapacidad y Mayores.
Hechos
El Fiscal Superior de la Fiscalía de la Comunidad Foral de Navarra dada la vacante existente en la delegación en la especialidad de Protección de las Personas con Discapacidad y Mayores comunicó a todos los miembros de la plantilla que quien estuviera interesado en la delegación debería formular la correspondiente petición. La única solicitante fue doña Leyre Medrano Abadía que presentó su curriculum vitae y tiene acreditada experiencia y formación.
La propuesta de nombramiento de la Sra. Medrano Abadía ha sido elevada por el Fiscal Superior, con fecha 17 de enero de 2025, a la Fiscalía General del Estado, destacando los méritos que la hacen idónea para desempeñar el cargo.
Mediante escrito de fecha 4 de febrero de 2025 la Fiscal de Sala coordinadora de la especialidad de Protección de las Personas con Discapacidad y Mayores de la Fiscalía General del Estado no formuló objeción a su designación (artículo 62. 2. párrafo tercero RMF). El Consejo Fiscal informó en igual sentido (artículo 62. 2. párrafo tercero RMF).
Fundamentos
El Reglamento del Ministerio Fiscal establece para la cobertura del cargo de Fiscales Delegados Especialistas, tanto autonómicos como provinciales, que serán nombrados y, en su caso, relevados, mediante Decreto dictado por la persona titular de la Fiscalía General del Estado, a propuesta del Fiscal Jefe respectivo y previo informe del Fiscal de Sala Especialista o Delegado (artículo 62.2).
Con carácter previo, exige que se realice una convocatoria entre los Fiscales de la plantilla, señalando que para su cobertura se atenderá preferentemente, dentro de los méritos alegados, el haber recibido formación específica en la materia propia de la especialidad y tener experiencia práctica.
La propuesta de nombramiento del Fiscal Jefe habrá de ser motivada y deberá ir acompañada de la relación de todos los Fiscales que hayan solicitado el puesto con aportación de los méritos alegados. Una vez recibida por la Inspección Fiscal, dará traslado al respectivo Fiscal de Sala, que podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes, resolviendo seguidamente la persona titular de la Fiscalía General del Estado, previa audiencia del Consejo Fiscal (artículo 62.2 RMF).
Asimismo, el nombramiento y cese debe publicarse en el «Boletín Oficial del Estado» (artículo 62.3 RMF).
Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos para proceder al nombramiento interesado. Igualmente, la propuesta del Fiscal Superior está suficientemente motivada y avala la idoneidad del candidato.
En consecuencia, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y de su reglamento y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, se acuerda:
1. Nombrar a doña Leyre Medrano Abadía como Fiscal Delegada de la Especialidad de Protección de las Personas con Discapacidad y Mayores de la Fiscalía de la Comunidad Foral de Navarra.
2. Notifíquese lo acordado a la Fiscal Jefa Inspectora, a la Fiscal de Sala coordinadora de la especialidad de Protección de las Personas con Discapacidad y Mayores, al Fiscal Superior de la Fiscalía de la Comunidad Foral de Navarra, que trasladará copia del presente Decreto a la Fiscal interesada, y lo pondrá en conocimiento de todos los Fiscales de la plantilla.
3. Publíquese el presente Decreto en el «Boletín Oficial del Estado».
4. Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.1.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (artículo 13.2 EOMF; STS 20 de julio de 2015 Rec. Cas. 2099/2014; Orden de Servicio Inspección Fiscal 24 de septiembre de 2015), cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado (calle Fortuny número 4 Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido en el artículo 12.1 b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma ley, si se dispusiera de legitimación para ello.
Madrid, 12 de febrero de 2025.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.
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