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Documento BOE-A-2025-743

Orden CLT/9/2025, de 15 de enero, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación en el Organismo Autónomo Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura.

Publicado en:
«BOE» núm. 15, de 17 de enero de 2025, páginas 7135 a 7139 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2025-743

TEXTO ORIGINAL

Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en el título III, capítulo III, del Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y en el artículo 127 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo,

Este Ministerio acuerda convocar la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo que se relaciona en el anexo I de la presente orden, con las especialidades establecidas por la Orden TDF/379/2024, de 26 de abril, para la regulación de especialidades de los procedimientos de provisión de puestos del personal directivo público profesional y las herramienta para su gestión en el marco de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.

El puesto de trabajo que se convoca podrá ser solicitado por el personal funcionario de carrera, que se encuentre en cualquier situación administrativa salvo suspensión firme de funciones, que reúna los requisitos establecidos para su desempeño que se relacionan en el anexo I de la presente resolución, en el cual se consigna tanto el perfil del puesto de trabajo, la antigüedad mínima requerida como personal funcionario de carrera del subgrupo A1, referida al último día de presentación de instancias, así como los conocimientos y las competencias profesionales y directivas y sus criterios objetivos de valoración.

Segunda.

Las personas interesadas dirigirán su solicitud a través del registro electrónico común, que deberán ajustarse al modelo que figura en el anexo II, a la Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de los Servicios (plaza del Rey, 1, 3.ª planta, Madrid) o en la forma establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tercera.

Deberán acompañar a la solicitud la siguiente documentación:

– Un curriculum vitae en el que consten los títulos académicos, los puestos de trabajo desempeñados, actividades formativas realizadas y cualquier otra información dirigida a acreditar el cumplimiento de los requisitos y competencias profesionales.

– Una justificación por escrito de la idoneidad de la persona candidata para el puesto al que aspira, en relación con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto.

– La cumplimentación de un cuestionario de autoevaluación dirigido a valorar las competencias directivas.

Cuarta.

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Quinta.

La selección se realizará en base a criterios de idoneidad, competencia profesional y experiencia, realizándose una entrevista a las personas candidatas que cumplan con los requisitos establecidos para ocupar el puesto de trabajo, reflejados en el anexo I. Para la valoración de las competencias profesionales evaluables, se nombrarán al menos dos personas expertas en las materias específicas del puesto o en procesos de selección de directivos públicos, que estarán presentes en las entrevistas y deberán emitir un informe de valoración de las candidaturas presentadas.

A las personas expertas les resultarán de aplicación las causas de abstención recogidas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público y su nombramiento se realizará mediante acuerdo del órgano convocante, siendo comunicado a las personas candidatas, a los efectos de que, en su caso, pudieran plantear su recusación.

Sexta.

El nombramiento deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes contado desde la finalización del de presentación de solicitudes, salvo que expresamente se prorrogue por otro mes adicional.

De existir un número elevado de solicitudes, el órgano competente para el nombramiento podrá, con el asesoramiento de las personas designadas, realizar motivadamente una selección de aquellos participantes que, por su idoneidad, sean objeto de entrevista.

Séptima.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 9.1.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 15 de enero de 2025.–El Ministro de Cultura, P. D. (Orden CLT/503/2024, de 27 de mayo), la Subsecretaria de Cultura, María del Carmen Páez Soria.

ANEXO I
Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura

Secretaria Técnica de Infraestructuras

N.º orden Centro directivo, unidad, puesto de trabajo Provincia/Localidad Nivel C.E. GR/SB Admón. Funciones Méritos Observaciones
  Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura                
  Secretaría Técnica de Infraestructuras                
1 Subdirector/Subdirectora General (1984377) Madrid. Madrid. 30 34.388,90 A1 AE

Planificación, programación, impulso y desarrollo de las inversiones en infraestructuras y equipamientos del Departamento, en colaboración con las Unidades administrativas competentes, excluidas las que expresamente estén atribuidas a otras Unidades u organismos del Departamento.

Planificación, programación, impulso y desarrollo de las inversiones en infraestructuras en las sedes administrativas del Departamento.

Supervisión de los proyectos de las obras a ejecutar por el Ministerio y sus organismos públicos salvo aquellos cuyas disposiciones reguladoras contemplen dicha función.

Asistirá al Presidente en la dirección y coordinación de los servicios dependientes de este y en el despacho de cuantos asuntos le encomiende o en él delegue.

1. Experiencia y conocimientos de gestión económico-financiera, presupuestaria y contable.

2. Experiencia en el manejo de aplicaciones y sistemas de información en materia económico-financiera.

3. Experiencia en planificación, programación y mecanismos de coordinación en materia de inversiones.

4. Capacidad para poner en marcha gestionar, motivar y coordinar equipos de trabajo.

5. Capacidad de comunicación, dirección y gestión asertiva actores externos a la Administración.

6. Capacidad de planificación y ordenación del trabajo dentro de las unidades, así como coordinación y gestión de las relaciones con otras unidades dentro de la organización.

Los méritos 1, 2 y 3 se valorarán en base a los certificados y otros documentos que puedan ser aportados por las personas candidatas.

Los méritos 4, 5 y 6 se valorarán en la entrevista establecida en la base XX de la convocatoria.

Se exigirá una antigüedad mínima como personal funcionario de carrera del Subgrupo A1 de 1 año.

ANEXO II

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ANEXO III
Cuestionario de autoevaluación competencias directivas

Convocatoria: Resolución de fecha ......................................................... («Boletín Oficial del Estado» de ............................................................)

Puesto:

Nombre y apellidos:

Valore, de 1 a 5 (siendo el 1 la expresión mínima), cada una de las competencias directivas referidas.

Área competencial Competencia Puntuación (1 a 5)
I. Liderazgo transformador. 1. Liderar, con la participación de los miembros del equipo, la consecución de los objetivos de la organización.  
2. Motivar, comunicar efectivamente y gestionar adecuadamente equipos.  
3. Incorporar procesos de innovación en la gestión pública.  
4. Cooperar eficazmente con otros actores.  
5. Manifestar equilibrio emocional ante situaciones de presión o dificultades.  
II. Gestión estratégica de proyectos. 1. Planificar y tener visión estratégica.  
2. Conocer el contexto, especialmente los entornos digitales.  
3. Tener inteligencia contextual para lograr apoyos institucionales.  
4. Ser capaz de diseñar, planificar, ejecutar y evaluar políticas y programas públicos.  
5. Gestionar recursos materiales, tecnológicos y económico-presupuestarios.  
III. Comunicación y relaciones interpersonales. 1. Ser capaz de negociar y resolver conflictos.  
2. Tener habilidad para influir mediante la comunicación y las relaciones interpersonales en el equipo, en los pares y en los niveles superiores.  
3. Ser capaz de realizar una comunicación efectiva 360º (vertical, horizontal y transversal).  
4. Ser capaz de representar a la organización en el ámbito nacional e internacional.  
IV. Adaptabilidad y toma de decisiones. 1. Tener flexibilidad y capacidad de adaptación a los cambios.  
2. Tomar decisiones de forma proactiva y ajustadas al entorno.  
3. Resolver problemas complejos, afrontar las crisis y prever los riesgos.  
4. Tener capacidad de análisis y sistematización de la información.  
V. Compromiso con el servicio público y ética profesional. 1. Priorizar el interés general en la toma de decisiones y centrar las mismas en la ciudadanía y el servicio público.  
2. Mejorar la eficacia y eficiencia de la gestión pública mediante un aprendizaje continuo y la orientación a la calidad.  
3. Aplicar los principios y valores de la administración pública a las responsabilidades directivas y a la organización.  
4. Actuar con ética profesional e integridad pública.  
5. Promover la integridad pública en la organización y en los equipos.  

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