Don Francisco Velasco García-Plata, Secretario del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:
Juzgado.- Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.° 111, Edificio C, 12 planta.
Número de asunto.- Concurso voluntario 332/2015- 7.
Tipo de concurso.- voluntario.
Entidad instante del concurso y NIF.- DUSTY-WORDL, S.L. NIF B65888372.
Fecha del auto de declaración.- 24/04/2015.
Administradores concursales.- Quorum Concursal, S.L.P., con domicilio en Barcelona, C/ Caravel.Ia La Niña, 22-24, bajos 2, número de teléfono 93.788.75.62 con correo electrónico dteule@quorumconcursal.com
Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Régimen de las facultades de la concursada intervenidas
Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.
Barcelona, 18 de mayo de 2015.- El Secretario Judicial.
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