Está Vd. en

Documento BORME-C-2025-1005

DILER POWER, S.L

Publicado en:
«BORME» núm. 61, páginas 1313 a 1313 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
TRANSFORMACIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-1005

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se aprueba, entre otros, la transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (el "RDL 5/2023") se hace público que, en fecha 21 de marzo de 2025, la junta general universal y extraordinaria de la sociedad Diler Power, S.L. (la "Sociedad"), acordó por unanimidad:

(i) El Proyecto de transformación transfronteriza de la Sociedad (el "Proyecto"), que fue elaborado y suscrito por la administradora única de la Sociedad y depositado en el Registro Mercantil de Alicante con fecha 14 de marzo de 2025.

(ii) El traslado internacional de su domicilio social, desde el actual, sito en Benidorm (Alicante), Calle Puente nº2, 36, Edificio "Las Tejas Plaza", 03503, a Via San Sisto 3, 24126, Bergamo, Italia, manteniendo plenamente su personalidad jurídica, de conformidad con lo previsto en el RDL 5/2023.

(iii) Los nuevos estatutos sociales adaptados a las formalidades propias de la legislación de Italia en materia societaria y de sociedades de responsabilidad limitada (Società a Responsabilità Limitata (S.R.L.), que regirán la Sociedad una vez sea efectivo el traslado internacional del domicilio social y que se incluyen en el Proyecto.

Respecto de las medidas tomadas para el ejercicio de los derechos de los acreedores, trabajadores y socios, se hace constar que se ha depositado en el Registro Mercantil tanto el proyecto de transformación transfronteriza como el anuncio mencionado en el artículo 89 del RDL 5/2023, y ello sin perjuicio de que tanto a fecha de formulación del Proyecto como de adopción de los acuerdos sociales, la Sociedad no tiene acreedores ni trabajadores, y que todos los socios han votado a favor del acuerdo de transformación transfronteriza de la Sociedad. En virtud de ello, (i) el órgano de administración no ha emitido un informe destinado a los trabajadores, (ii) no es de aplicación el derecho de los socios a enajenar sus participaciones sociales previsto en el artículo 86 del RDL 5/2023, y (iii) no se ha elaborado un informe de experto independiente, en la medida en que no se requiere el mismo en España y los socios por unanimidad han expresamente renunciado a ello.

Sin perjuicio de lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 RDL 5/2023, se informa del derecho que tienen los socios y eventuales acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance presentado adjunto al Proyecto, así como a obtener gratuitamente, si así lo solicitaren, copias de dichos documentos. Queda igualmente a salvo el régimen de protección establecido en los artículos 13, 87 y 99 del RDL 5/2023.

Benidorm, 21 de marzo de 2025.- Dña. Liria Danesi, Administradora única de Diler Power, S.L.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid