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Documento BORME-C-2025-1201

HEREDAD DE LA MAJADA, S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

MIBOR INVERSIONES, S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 69, páginas 1606 a 1606 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-1201

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, (en adelante, la "LME"), se hace público que en 11 de marzo de 2025, Doña Matilde de Solís Martínez-Campos, Socia Única de Heredad de la Majada, S.L.U. y de Mibor Inversiones, S.L.U., ha aprobado la fusión por absorción de Mibor Inversiones, S.L.U., (la "Sociedad Absorbida") en Heredad de la Majada, S.L.U. (la "Sociedad Absorbente"), produciéndose la extinción, vía disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, y el traspaso en bloque, a título universal, de su patrimonio social a la Sociedad Absorbente, que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida (la "Fusión").

La Fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53 de la LME al tratarse de una Fusión por absorción en la que Doña Matilde de Solís Martínez-Campos, es la Socia Única tanto de la Sociedad Absorbente y como de la Sociedad Absorbida, considerándose como un supuesto de fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 56 de la LME, pudiendo acogerse, por tanto, al procedimiento simplificado de las fusiones especiales. De conformidad con lo previsto en el artículo 9 LME, no ha sido necesaria la publicación y depósito previo de los documento exigidos por la ley.

Se hace constar expresamente el derecho de los acreedores de las sociedades intervinientes a solicitar y obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo de fusión y balance de Fusión en los términos del artículo 10 de la LME, documentos que están a disposición de los interesados en el domicilio social de las sociedades intervinientes, donde podrán consultarlos o solicitar su entrega o envío gratuitos. Asimismo, los acreedores de cada una de las sociedades intervinientes podrán oponerse a la Fusión en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión de acuerdo con el artículo 13 y 14 de la LME.

Lo aquí expuesto se pone de igual modo en conocimiento de los trabajadores y sus representantes, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 5/2023, para el ejercicio de los derechos que legalmente le corresponden.

Madrid, 11 de marzo de 2025.- Doña Matilde de Solís Martínez-Campos, Administradora Única de Heredad de la Majada, S.L.U. y Administradora Solidaria de Mibor Inversiones, S.L.U.

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