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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se aprueba, entre otros, el régimen jurídico de las modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("RDL 5/2023"), se hace público que con fecha 21 de abril de 2025, la Junta General de la sociedad "GARMON ENERGÍAS, S.L." (la "Sociedad Segregada") y el Socio Único de la sociedad "GARMON INGENIERÍA, S.L.U." (la "Sociedad Beneficiaria") han aprobado la segregación de una unidad de negocio de la Sociedad Segregada a favor de la Sociedad Beneficiaria, en los términos establecidos en el proyecto de segregación de fecha 19 de marzo de 2025.
La segregación implica (i) el traspaso en bloque, por sucesión universal, de la parte del patrimonio de la Sociedad Segregada integrado por la rama de actividad dedicada a una actividad de asesoramiento y consultoría energética, constitutiva de una unidad económica, a favor de la Sociedad Beneficiaria; así como (ii) la atribución de la totalidad de las participaciones sociales creadas en la Sociedad Beneficiaria a la Sociedad Segregada.
Asimismo, a efectos de lo dispuesto en el artículo 10 RDL 5/2023, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, acreedores y representantes de los trabajadores de las sociedades intervinientes a obtener el texto íntegro del acuerdo de aprobación de la operación de segregación, así como del balance utilizado como base a los efectos de establecer las condiciones de la operación. Finalmente, se hace constar que los acreedores de las sociedades intervinientes cuentan con el régimen de protección establecido en el RDL 5/2023.
En Cuéllar (Segovia), 21 de abril de 2025.- El Administrador Único de la Sociedad Segregada, D. Jesús Ángel García Calvo, y el Administrador Único de la Sociedad Beneficiaria, Garmon Energías, S.L., por medio de su representante persona física, D. Jesús Ángel García Calvo.
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