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Documento BORME-C-2025-512

GRUPO VETERINARIO PETSALUD, S.L.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

CLINICA VETERINARIA COBEÑA, S.L.

VETLASALLE, S.L.

MAESTRE VILLORA, S.L.

CLINICA VETERINARIA SEDAVÍ, S.L.

VETSANDEL, S.L.

CLINICA VETERINARIA ROMAREDA, S.L.

GLOCARESTVET, S.L.

ESPECIALIDADES VETERINARIAS OFTALVET, S.L.

VETCYL SOLUCIONES, S.L.

OCELOTE, S.L.

KATO CLINICA FELINA, S.L.

CLÍNICA VETERINARIA LOS DURANES, S.L.

CLÍNICA CANNIS MONFORTE, S.L.

ARGOS VETERINARIA, S.L.

TERRA VETERINARIOS, S.L.

MORDISQUITO, S.L.

BONAFE VETERINARIA, S.L.

HOSPITAL VETERINARI MONTJUIC, S.L.

JANBARRO, S.L.

CLINICA VETERINARIA RONDA SUR, S.L.

MEDICAN SERVICIOS VETERINARIOS, S.L.

CENTRO VETERINARIO ATLANTICO, S.L.

L´AIF, S.L.

CLINICA VETERINARIA ALMANZORA, S.L.

HOSPITAL VETERINARIO ACEÑA DE OLGA DE INTERMEDIACIÓN, S.L.

CLINICA VETERINARIA TRES TORRES, S.L.

GIL ARIAS VETERINARIS, S.L.

ESPECIALISTAS VETERINARIOS DE ANDALUCIA, S.L.

CLINICA VETERINARIA MADRID, S.L.

INTEGRAL CLÍNICA VETERINARIA, S.L.

HOSPITAL VETERINARIO RETIRO, S.L.

(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 36, páginas 639 a 640 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-512

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea ("RD-l ME"), se hace público que el Socio Único de Grupo Veterinario Petsalud, S.L. ("Sociedad Absorbente"), Clínica Veterinaria Cobeña, S.L., Vetlasalle, S.L., Maestre Villora, S.L., Clínica Veterinaria Sedaví, S.L., Vetsandel, S.L., Clínica Veterinaria Romareda, S.L., Glocarestvet, S.L., Especialidades Veterinarias Oftalvet, S.L., Vetcyl Soluciones, S.L., Ocelote, S.L., Kato Clínica Felina, S.L., Clínica Veterinaria Los Duranes, S.L., Clínica Cannis Monforte, S.L., Argos Veterinaria, S.L., Terra Veterinarios, S.L., Mordisquito, S.L., Bonafe Veterinaria, S.L., Hospital Veterinari Montjuic, S.L., Janbarro, S.L., Clínica Veterinaria Ronda Sur, S.L., Medican Servicios Veterinarios, S.L., Centro Veterinario Atlántico, S.L., L´Aif, S.L., Clínica Veterinaria Almanzora, S.L., Hospital Veterinario Aceña De Olga De Intermediación, S.L., Clínica Veterinaria Tres Torres, S.L., Gil Arias Veterinaris, S.L., Especialistas Veterinarios De Andalucía, S.L., Clínica Veterinaria Madrid, S.L., Integral Clínica Veterinaria, S.L. y Hospital Veterinario Retiro, S.L. (las "Sociedades Absorbidas") acordó, con fecha 17 de febrero de 2025, la fusión por absorción de las segundas por parte de la primera, en los términos establecidos en el proyecto común de fusión, lo que implica que la Sociedad Absorbente adquirirá por sucesión universal el patrimonio de las Sociedades Absorbidas, que se extinguirán mediante disolución sin liquidación.

Debido a que las sociedades participantes en la fusión están íntegramente participadas, de manera directa, por el mismo Socio Único, esto es, Vetpartners España, S.L., la fusión por absorción se acoge al régimen especial previsto en el artículo 53.1 del RD-l ME, relativo a la absorción de sociedades íntegramente participadas, por remisión del artículo 56 del RD-l ME.

Asimismo, en virtud del artículo 9 RD-l ME, no es necesario publicar o depositar los documentos exigidos por la Ley, al cumplirse los requisitos establecidos en el mismo.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión y de los balances de fusión.

En Madrid, 18 de febrero de 2025.- Doña Joanna Clare Malone (Presidenta del consejo de administración de Clínica Veterinaria Cobeña, S.L., Vetlasalle, S.L., Maestre Villora, S.L., Clínica Veterinaria Sedaví, S.L., Vetsandel, S.L., Glocarestvet, S.L., Especialidades Veterinarias Oftalvet, S.L., Vetcyl Soluciones, S.L., Ocelote, S.L., Clínica Veterinaria Los Duranes, S.L., Argos Veterinaria, S.L., Hospital Veterinario Retiro, S.L., Clínica Veterinaria Romareda, S.L. y Mordisquito, S.L.), Don Augusto Macías Vicente y Don Luis Adolfo Vega García (administradores mancomunados de Grupo Veterinario Petsalud, S.L., Kato Clínica Felina, S.L., Clínica Cannis Monforte, S.L., Terra Veterinarios, S.L., Bonafe Veterinaria, S.L., Hospital Veterinari Montjuic, S.L., Janbarro, S.L., Clínica Veterinaria Ronda Sur, S.L., Medican Servicios Veterinarios, S.L., Centro Veterinario Atlántico, S.L., L´Aif, S.L., Clínica Veterinaria Almanzora, S.L., Hospital Veterinario Aceña De Olga De Intermediación, S.L., Clínica Veterinaria Tres Torres, S.L., Gil Arias Veterinaris, S.L., Especialistas Veterinarios De Andalucía, S.L., Clínica Veterinaria Madrid, S.L. y Integral Clínica Veterinaria, S.L.).

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