En cumplimiento de lo establecido en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital ("LSC") y demás disposiciones concordantes, se hace público que el Accionista único de la mercantil "GUASCOR ENERGY R&D, S.A. Unipersonal" (la "Sociedad"), en ejercicio de las facultades de la Junta General de Accionistas que la legislación mercantil (conforme el artículo 15 de la Ley de Sociedades de Capital) atribuye a su Accionista único, aprobó el 13 de marzo de 2025, mediante su representante legal, los siguientes acuerdos:
En virtud del acuerdo segundo del orden del día, Aplicación de las reservas por importe de 509.225,57 euros – contabilizadas como "reserva legal"- a fin de compensar las pérdidas contabilizadas como "resultados negativos de ejercicios anteriores" y con la finalidad de poder llevar a cabo una reducción de capital a los efectos de equilibrar el patrimonio neto, en los términos exigidos en el artículo 322.2 de la Ley de Sociedades de Capital. la Reserva Legal se mantendrá por un importe inferior al 10% a la cifra del capital social resultante, esto es, la cifra de reserva legal quedará fijada en 140.902,45.- euros
En virtud del acuerdo 3º del orden del día, el Accionista único, decide reducir el capital social de la entidad en la cifra de 1.841.615,53.-€, por el procedimiento de disminuir el valor nominal de todas y cada una de las acciones que integran el capital social, con la finalidad de restablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio contable disminuido por pérdidas en los términos previstos en el artículo 320 de la Ley de Sociedades de Capital, quedando fijado el nuevo valor nominal de cada acción en (1.409.024,55/540.861), esto es aproximadamente 2,605150 euros, ascendiendo por lo tanto el capital resultante a la cifra de 1.409.024,55.-euros
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 335.a) de la LSC, los acreedores no gozan de derecho de oposición a la presente operación de reducción de capital, que surte plenos efectos legales desde la adopción del citado acuerdo el día de celebración de la Junta General.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 323 de la LSC, se hace constar que el balance de la Sociedad que sirvió de base a la adopción de los anteriores acuerdos fue el balance individual de la Sociedad cerrado a 30 de septiembre de 2024, cierre de ejercicio, aprobado por el Accionista único, y verificado por el auditor de cuentas de la sociedad, a saber, la firma Ernest & Young, S.L.
Como consecuencia de la citada reducción, el capital social de la Sociedad se fija en la cifra de 1.409.024,55 euros, representado por 540.861 acciones al portador de 2,605150 euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la 1 a la 540.861, ambos inclusive, que se encuentran totalmente suscritas y desembolsadas, modificándose en los citados términos el artículo 5.º de los Estatutos sociales.
Vitoria, 13 de marzo de 2025.- El Administrador único, Don. José de Carvajal Escalada.
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