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La Sede Electrónica

  • Normativa reguladora de la sede

    • Resolución de 17 de febrero de 2010, de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, por la que se crea la sede electrónica y el registro electrónico de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
    • Resolución de 22 de febrero de 2010, de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, por la que se establece el procedimiento para la inserción de anuncios en el "Boletín Oficial del Estado" y en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil".
    • Resolución de 14 de diciembre de 2009, de la Dirección de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, por la que se establece el procedimiento y las condiciones para el pago de las tasas, aplicables por la inserción de anuncios en los diarios "Boletín Oficial del Estado" y "Boletín Oficial del Registro Mercantil", mediante soporte papel o por vía telemática, a través de entidades colaboradoras en la gestión recaudatoria.
    • Resolución de 1 de junio de 2015, de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, por la que se establecen los requisitos y especificaciones técnicas del sistema automatizado de remisión y gestión telemática de los anuncios de notificación regulado en la disposición adicional primera del Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial "Boletín Oficial del Estado".
    • Resolución de 1 de junio de 2021, de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, por la que se establecen los requisitos y especificaciones técnicas del sistema automatizado de remisión y gestión telemática de los edictos judiciales regulado en la disposición adicional primera del Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial "Boletín Oficial del Estado".

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  • Trámites Administrativos

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  • Nuestra web

    La Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado se ha propuesto, al desarrollar su portal web, ofrecer un acceso fácil y rápido a los diarios que publica —"Boletín Oficial del Estado" y "Boletín Oficial del Registro Mercantil"— y a los servicios de atención al ciudadano que la propia Agencia desarrolla y mantiene.

    En la página de inicio del portal BOE.es existen varios grupos de contenidos destacados:

    • Diario oficial "Boletín Oficial del Estado" (BOE): se accede a un repositorio de boletines donde es posible consultar los diarios por la fecha de publicación o el número del boletín desde el 1 de enero de 1960. Además, se puede verificar la autenticidad del diario oficial que, a partir del 1 de enero de 2009, tiene el carácter de oficial y auténtico en su versión electrónica.
    • Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME): al igual que en el caso del BOE, desde aquí se accede al repositorio del BORME desde el 1 de enero de 2001.
    • Otros diarios oficiales: acceso directo a los boletines y de la Unión Europea y estados miembros, boletines de las comunidades y ciudades autonómas y boletines provinciales
    • Todo el Derecho: permite acceder a los contenidos referidos a la legislación: diferentes bases de datos y formularios de búsqueda, servicio de información legislativa, otros boletines oficiales, textos legales electrónicos. etcétera.
    • Biblioteca Jurídica: agrupa la información relativa a nuestra Agencia como editorial, a la tienda virtual, a los distintos puntos de venta, catálogos así como compilaciones de las principales normas vigentes del ordenamiento jurídico, permanentemente actualizadas, presentadas por ramas del Derecho para su descarga gratuita en los formatos electrónicos PDF y ePUB.
    • Portal de subastas: acceso directo al portal único de subastas judiciales y administrativas, siguiendo la idea de la simplificación administrativa.
    • Anunciantes: acceso directo a la información y herramientas necesarias para la publicación de anuncios oficiales, tanto en el BOE como en el BORME.
    • Notificaciones: anuncios de notificación que deben publicar las Administraciones Públicas cuando los interesados en un procedimiento sean desconocidos, se ignore el lugar o el medio de la notificación o bien intentada la notificación no se hubiera podido practicar.
    • Edictos judiciales: actos de comunicación procesal que los Juzgados y Tribunales deben publicar en el Tablón Edictal Judicial Único
    • Mi BOE: suscripción por correo electrónico y vía web a diversos contenidos de la sede electrónica del BOE. Alertas informativas, búsquedas más frecuentes, seguimiento de normas consolidadas, seguimiento de códigos electrónicos, etcétera.

    La barra horizontal superior, disponible de manera continua en todas nuestras páginas, ofrece un acceso rápido y directo a las distintas áreas del portal: buscar, mi BOE y un menú que nos dará acceso a losservicios principales.

    Al navegar dentro del portal puede ser útil prestar atención a las "migas de pan", situadas en la parte superior de cada página, justo debajo de la barra horizontal. Permiten saber en qué página del portal nos encontramos y poder volver fácilmente a páginas ya visitadas.

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  • Configuraciones necesarias

    El portal se ha diseñado para facilitar su uso tanto a ordenadores personales como a dispositivos móviles como tabletas y teléfonos inteligentes. Las páginas son compatibles con versiones recientes de cualquier navegador de uso común. Tenga en cuenta que las versiones antiguas de navegadores que no son actualizadas por sus desarrolladores, además de poder tener potenciales problemas de seguridad, pueden presentar problemas en la visualización de los contenidos por su obsolescencia.

    Para visualizar los documentos PDF se necesita un visor de documentos PDF. Actualmente muchos de los navegadores modernos permiten visualizar estos formatos sin necesidad de instalar programas adicionales. Sin embargo también puede utilizar cualquier otro programa que sea de su agrado.

    Si observa algún problema en esta web le agradeceríamos que se ponga en contacto a través de nuestro formulario web seleccionando la opción deseada en el desplegable "tipo de consulta".

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  • Protección de datos

    A través del sitio web www.boe.es no se recaban datos de carácter personal de los usuarios sin su conocimiento, ni se ceden a terceros. Los datos personales objeto de tratamiento por la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado se obtienen y se tratan de acuerdo con el Reglamento UE/2016/679, de 27 de abril de 2016, General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.

    Responsable del tratamiento y Registro de Actividades de Tratamiento

    Los datos de carácter personal que se pudieran recabar directamente del interesado serán tratados de forma confidencial y quedarán incorporados a la correspondiente actividad de tratamiento titularidad de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. La relación actualizada de las actividades de tratamiento que realiza la Agencia se encuentra publicada en el Registro de Actividades de Tratamiento.

    Condiciones del tratamiento: qué datos personales, para qué y por qué trata sus datos personales la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

    Para conocer las categorías de datos personales que se incorporan a las actividades de tratamiento de la Agencia, así como los fines para los que van a ser tratados y todos los detalles del tratamiento puede consultar el Registro de Actividades de Tratamiento.

    Legitimación o base legal

    Estas actividades de tratamiento se realizan para el cumplimiento de obligaciones legales por parte de la Agencia, para el cumplimiento de misiones realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos o bien porque Vd. ha otorgado su consentimiento, mediante una clara acción afirmativa. Puede consultar la base legal para cada una de las actividades de tratamiento que realiza la Agencia en el Registro de Actividades de Tratamiento.

    Conservación de datos

    Los datos personales proporcionados se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recaban y determinar responsabilidades, siempre teniendo en cuenta los plazos establecidos por la normativa de archivos y patrimonio documental español.

    Comunicaciones de datos a terceros

    Los datos personales no van a ser comunicados a terceros salvo que exista una obligación legal. En el Registro de Actividades de Tratamiento puede consultar los destinatarios para cada una de las actividades de tratamiento que realiza la Agencia.

    Transferencias internacionales

    No está previsto realizar ninguna transferencia internacional de datos

    Diarios oficiales "Boletín Oficial del Estado" y "Boletín Oficial del Registro Mercantil"

    Los diarios oficiales "Boletín Oficial del Estado" y "Boletín Oficial del Registro Mercantil" son fuentes de acceso público.

    La Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado garantiza, a través de redes abiertas de telecomunicación, el acceso universal y gratuito a la edición electrónica del diario "Boletín Oficial del Estado" y a la edición electrónica diaria del "Boletín Oficial del Registro Mercantil" , en los términos previstos, respectivamente, por el Real Decreto 181/2008 de 8 de febrero, y Real Decreto 1979/2008, de 28 de noviembre.

    La utilización por personas físicas o jurídicas de las disposiciones, actos y anuncios publicados en los diarios oficiales, deberá hacerse, en todo caso, con sujeción a lo establecido en la normativa de protección de datos.

    Derechos de protección de datos

    Cualquier persona tiene derecho a obtener información sobre los tratamientos de sus datos personales realizados por la Agencia. Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan, mediante la presentación de una solicitud ante la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (Avda. Manoteras 54, 28071 Madrid) o bien a través de este formulario. También puede solicitar información al Delegado de Protección de Datos en la dirección de correo electrónico dpd@mpr.es.

    Delegado de Protección de Datos (DPD)

    Las funciones correspondientes al Delegado de Protección de Datos en relación con los tratamientos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado se ejercen por el Delegado del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática. Correo electrónico dpd@mpr.es

    Mas información de interés

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