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Derechos Fundamentales

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Artículo 18.3 - Secreto de las comunicaciones

Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial

Secreto de las comunicaciones

  • Caso Malone v. Reino Unido. Se recurre la supuesta intromisión ilegítima en el derecho al secreto de las comunicaciones del solicitante, en tanto que protegido por el artículo 8 del Convenio.

    Organismo: Tribunal Europeo de Derechos Humanos

    Sentencia: 8691/79  [ECLI:CE:ECHR:1984:0802JUD000869179]

    Fecha: 02/08/1984

    Ver original (Referencia 8691/79)

    Comentario

    La Sentencia garantiza la impenetrabilidad de las comunicaciones para terceros, ya sean éstos públicos o privados, tanto en lo referido al contenido del mensaje. Como a la identidad de los interlocutores o corresponsales. Se declara así vulnerado el art. 8 del Convenio al no haberse observado las garantías previstas por la ley.

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