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ANÁLISIS
Rango: Decreto
Fecha de disposición: 14/11/1968
Fecha de publicación: 28/12/1968
Fecha de entrada en vigor: 01/01/1970
Publicada en núms. 312 a 314, de 28 a 31 de diciembre de 1968.
Fecha de derogación: 01/05/1991
Referencias posteriores
SE DEROGA, por Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre (Ref. BOE-A-1991-60).
SE DICTA DE CONFORMIDAD con el título V sobre delegación de competencias: Orden de 13 de abril de 1989 (Ref. BOE-A-1989-8945).
SE MODIFICA los arts. 100, 101, 102 y 108.1, por Real Decreto 1607/1987, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-1987-28624).
SE INTERPRETA la aplicación del art. 92 por Resolución de 4 de julio de 1986 (Ref. BOE-A-1986-18370).
SE MODIFICA:
los artículos 20, 27, 28, 52, 59, 79, 89, 91, 92, 97 y 199, por Real Decreto 338/1985, de 15 de marzo (Ref. BOE-A-1985-4397).
el art. 96, por Orden de 30 de noviembre de 1984 (Ref. BOE-A-1984-27037).
parcialmente el art. 26, por Real Decreto 1824/1984, de 4 de julio (Ref. BOE-A-1984-23147).
en la forma indicada los arts. 87 y 199, por Real Decreto 1157/1980, de 13 de junio (Ref. BOE-A-1980-12184).
en el Sentido indicado, los arts. 56, 81, 83, 87 y 88, por Real Decreto 680/1980, de 21 de marzo (Ref. BOE-A-1980-7795).
el art. 89 núms. 3 y 4, por Real Decreto 1322/1978, de 12 de mayo (Ref. BOE-A-1978-14972).
determinados arts., por Real Decreto 925/1977, de 28 de marzo (Ref. BOE-A-1977-11366).
determinados preceptos, por Decreto 3697/1974, de 20 de diciembre (Ref. BOE-A-1975-1798).
SE DEROGA en cuanto se oponga, por Decreto 2166/1974, de 20 de julio (Ref. BOE-A-1974-1249).
SE DESARROLLA los arts. 85 y 198, por Orden de 7 de enero de 1974 (Ref. BOE-A-1974-118).
SE MODIFICA:
los arts. 96, párrafo 2, 202, 1 B) y 199, núm. 1, por Decreto 2173/1973, de 17 de agosto de 1973 (Ref. BOE-A-1973-1302).
la disposición transitoria segunda, por Decreto 1316/1972, de 10 de mayo (Ref. BOE-A-1972-793).
SE DICTA DE CONFORMIDAD, aprobando el Estatuto Orgánico de la Función Recaudatoria y del personal Recaudador: Decreto 3286/1969, de 19 de diciembre (Ref. BOE-A-1969-1513).
SE DESARROLLA, por Decreto 2260/1969, de 24 de julio (Ref. BOE-A-1969-1160).
Referencias anteriores
SUSTITUYE al Estatuto de Recaudación de 29 de diciembre de 1948 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1948-12972).
DE CONFORMIDAD con Ley 230/1963, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-1963-22706).
CITA:
impuestos Generales sobre Sucesiones y Transmisiones Patrimoniales, texto refundido aprobado por Decreto 1018/1967, de 6 de abril (Ref. BOE-A-1967-7649).