Ilmo. Sr.: Por Orden de 15 de marzo de 1976 se estableció que solamente habrían de ser sometidos al informe preceptivo de la Junta de Construcciones de la Dirección General de Correos y Telecomunicación los expedientes de cuantía igual o superior a 250.000 pesetas.
El alza experimentado por los precios desde aquella fecha aconseja, con el fin de agilizar la tramitación de gran número de expedientes y descargar a la citada Junta del conocimento de asuntos de menor importancia, elevar la cuantía hasta 400.000 pesetas.
En su virtud, este Ministerio ha tenido a bien disponer:
Que la Junta de Construcciones de la Dirección General de Correos y Telecomunicación solamente informará con carácter preceptivo los expedientes cuya cuantía sea igual o superior a 400.000 pesetas.
Queda modificado en este sentido el número 1.° de la Orden de 15 de marzo de 1976.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V.I. para su conocimiento y efectos.
Dos guarde a V.I.
Madrid, 31 de julio de 1979.–P.D., el Subsecretario de Transportes y Comunicaciones, Alejandro Rebollo Alvarez-Amandi.
Ilmo. Sr. Director general de Correos y Telcomunicación.
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