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Documento BOE-A-1980-9961

Orden de 28 de abril de 1980 por la que se crea en el Departamento una Comisión de Medios Audiovisuales.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 115, de 13 de mayo de 1980, páginas 10349 a 10349 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-1980-9961
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1980/04/28/(3)

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: La utilización creciente de medios audiovisuales constituye un fenómeno típico de nuestra época cuya importancia no puede ser ignorada en el ámbito educativo. Así, junto a su empleo como elemento complementario de la actividad docente ordinaria, la eficacia de determinadas acciones educativas que hoy reclaman una acción preferente, tales como la educación permanente de adultos o la de los emigrantes, dependen en buena parte del uso de dichos medios.

Por todo ello, resulta conveniente la creación de una Comisión integrada por representantes de aquellos servicios, que, a la vez que asegure la debida coordinación entre los mismos, realice estudios y formule propuestas que desarrollen y hagan más efectiva la utilización de tales medios didácticos.

En su virtud, este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Primero.

Con la finalidad de coordinar y potenciar la utilización de los medios audiovisuales se crea una Comisión con el nombre de Comisión Material de Medios Audiovisuales que tendrá la composición siguiente:

Presidente: El Secretario general técnico.

Vicepresidente: El Director del Servicio de Publicaciones.

Vocales:

Un representante de la Direción General de Enseñanzas Medias, otro de la Dirección General de Educación Básica y otro de la Junta de Construcciones, Instalaciones y Equipo Escolar, con rango de Subdirector general, quienes podrán delegar en un Jefe de Servicio.

Un representante del Instituto Nacional de Ciencias para la Educación.

Un representante del Instituto Nacional de Enseñanzas Integradas.

El Director del Instituto Nacional de Bachillerato a Distancia.

El Director del Centro Nacional de Educación Básica a Distancia.

Secretario: El Subdirector general de Estudios.

Si el desarrollo de los trabajos de la Comisión lo aconsejase podrán ser incorporados a la misma otros miembros.

Segundo.

La Comisión ministerial sobre Medios Audiovisuales tendrá las funciones siguientes:

a) Informar los planes, programas y proyectos sobre medios audiovisuales elaborados por los servicios representados en la Comisión.

b) Realizar estudios y formular propuestas para el desarrollo y la más efectiva utilización de los medios audiovisuales en la enseñanza.

c) Estudiar y proponer las medidas precisas para la plena utilización de la infraestructura de Medios Audiovisuales de los Servicios del propio Ministerio.

d) Promover relaciones con otros servicios oficiales ajenos al Departamento, así cómo con instituciones privadas, que realicen actividades en relación con los medios audiovisuales y su aplicación a la enseñanza.

e) Informar los Convenios que suscriba el Departamento sobre la materia.

f) Desarrollar cuantas otras actividades tiendan a coordinar y potenciar la acción del Departamento en este campo.

Tercero.

La Comisión podrá constituir en su seno ponencias y grupos de trabajo para el estudio de cuestiones específicas, a los que podrán ser incorporados otros funcionarios del Departamento.

Cuarto.

La Comisión informará periódicamente a la Subsecretaría del Departamento del desarrollo de sus trabajos.

Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 28 de abril de 1980.

OTERO NOVAS

Ilmo. Sr. Secretario general técnico del Departamento.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 28/04/1980
  • Fecha de publicación: 13/05/1980
  • Fecha de derogación: 19/12/1987
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA:
  • SE MODIFICA:
Materias
  • Material audiovisual
  • Ministerio de Educación
  • Secretaría General Técnica del Ministerio de Educación

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