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Documento BOE-A-1984-10538

Real Decreto 898/1984, de 28 de marzo, por el que se deja sin efecto la desconcentración prevista en el Real Decreto 821/80, de 18 de abril, en lo que respecta a la aprobación de proyectos de obras de puertos y costas.

Publicado en:
«BOE» núm. 117, de 16 de mayo de 1984, páginas 13452 a 13452 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
Referencia:
BOE-A-1984-10538
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1984/03/28/898

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 821/80, de 18 de abril, dispone en su articulo 1., apartado B) d), que se desconcentra en los Delegados provinciales del Departamento la aprobación de los proyectos cuyo presupuesto no exceda de 50.000.000 de pesetas, facultad que, en relación con los proyectos de las Jefaturas de Costas, está delegada en los respectivos jefes de dichas unidades en virtud del apartado C), 2, del antedicho Decreto y la Orden del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo de 28 de octubre de 1980.

Las especiales circunstancias que concurren, de un lado en las obras de costas, la mayoría de las cuales tienen o pueden tener efectos secundarios de influencia supraprovincial, lo que hace aconsejable su análisis por unidades fisiográficas de mayor ámbito que la provincia, y de otra parte en la especial estructura actual de las Jefaturas, que hace que la aprobación de los proyectos deba recaer sobre los mismos funcionarios que los han redactado y supervisado hacen conveniente dejar sin efecto dicha desconcentración.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Obras Públicas y Urbanismo, con la aprobación de la Presidencia del Gobierno y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 28 de marzo de 1984, dispongo:

Articulo único.-Queda sin efecto la desconcentración efectuada en los Directores provinciales del Departamento en virtud del Real Decreto 821/80, de 18 de abril, en cuanto se refiere a las competencias de aprobación de los proyectos redactados por las Jefaturas de Puertos y Costas de su Dirección y por os Organismos portuarios de la provincia, las cuales serán ejercidas en lo sucesivo por el Director general de Puertos y Costas.

Dado en Madrid a 28 de marzo de 1984.-JUAN CARLOS R.-El Ministro de Obras Públicas y Urbanismo, Julián Campo Sainz de Rozas.

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 28/03/1984
  • Fecha de publicación: 16/05/1984
  • Fecha de entrada en vigor: 05/06/1984
Referencias anteriores
  • DEJA SIN EFECTO la Desconcentración Prevista en el Real Decreto 821/1980, de 10 de abril (Ref. BOE-A-1980-9169).
  • CITA Orden de 28 de octubre de 1980 (Ref. BOE-A-1980-24097).
Materias
  • Dirección General de Puertos y Costas
  • Direcciones provinciales ministeriales
  • Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo

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