EL REAL DECRETO 135/1984, DE 25 DE ENERO, POR EL QUE SE REESTRUCTURA EL MINISTERIO DE DEFENSA, INTEGRA, DENTRO DE LA SUBSECRETARIA DE DEFENSA, LA DIRECCION GENERAL DE PERSONAL, LA CUAL TENDRA A SU CARGO LA PREPARACION Y PROPUESTA DE LA POLITICA DE PERSONAL DEL DEPARTAMENTO, LA DIRECCION DE SU DESARROLLO Y LA COORDINACION DE SU EJECUCION.
CON LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY 30/1984, DE 2 DE AGOSTO, SOBRE MEDIDAS PARA LA REFORMA DE LA FUNCION PUBLICA, ASI COMO DEL REAL DECRETO 2169/1984, DE 28 DE NOVIEMBRE, Y REAL DECRETO 2223/1984, DE 19 DE DICIEMBRE, DICTADOS EN DESARROLLO DE AQUELLA, SE ATRIBUYEN LAS COMPETENCIAS EN MATERIA DE PERSONAL CIVIL A LOS MINISTROS, SUBSECRETARIOS Y DIRECTORES GENERALES DE PERSONAL DE LOS DEPARTAMENTOS, DESAPARECIENDO, POR TANTO, LAS QUE TENIAN ATRIBUIDAS LOS RESPECTIVOS CUARTELES GENERALES.
CONSECUENTEMENTE, A FIN DE LOGRAR UNA EFECTIVA Y COORDINADA EJECUCION DE LA POLITICA DEL MINISTERIO DE DEFENSA, EN RELACION CON EL PERSONAL CIVIL FUNCIONARIO A SU SERVICIO, PROCEDE LA INTEGRACION EN LA SUBDIRECCION GENERAL DE PERSONAL CIVIL DE LAS SECCIONES DE PERSONAL CIVIL FUNCIONARIO DE LOS RESPECTIVOS CUARTELES GENERALES.
EN SU VIRTUD, PREVIA APROBACION DE LA PRESIDENCIA DEL GOBIERNO, DISPONGO:
ARTICULO 1. LAS SECCIONES DE PERSONAL CIVIL FUNCIONARIO DE LOS CUARTELES GENERALES DEL EJERCITO DE TIERRA, DE LA ARMADA Y DEL EJERCITO DEL AIRE QUEDAN INTEGRADAS EN LA SUBDIRECCION GENERAL DE PERSONAL CIVIL DE LA DIRECCION GENERAL DE PERSONAL DEL MINISTERIO DE DEFENSA. ART. 2. EL PERSONAL DE LAS REFERIDAS SECCIONES PASARA A FORMAR PARTE DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE PERSONAL CIVIL, EN LAS CONDICIONES QUE PRESENTASEN EN EL MOMENTO DE LA INTEGRACION.
LA DOCUMENTACION, ARCHIVO Y EXPEDIENTES EN TRAMITACION QUE OBRASEN EN DICHAS SECCIONES SERAN TRANSFERIDOS A LA SUBDIRECCION GENERAL DE PERSONAL CIVIL.
ART. 3. SE DEROGAN LAS ORDENES DE 6 DE ABRIL, DE 19 DE MAYO Y 30 DE SEPTIEMBRE DE 1978, Y TODAS LAS DISPOSICIONES DE IGUAL O INFERIOR RANGO EN CUANTO SE OPONGAN A LA PRESENTE ORDEN.
ART. 4. LA PRESENTE DISPOSICION ENTRARA EN VIGOR AL DIA SIGUIENTE DE SU PUBLICACION.
MADRID, 27 DE ENERO DE 1986.
SERRA SERRA
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid