Las provincias de Almería, Málaga y Murcia, como consecuencia de las fuertes lluvias caídas entre los días 14 y 17 del pasado mes de octubre, han resultado afectadas por importantes daños en los servicios públicos, viviendas e infraestructuras viarias y agrícolas.
De la información obtenida sobre la valoración de los mismos, se deriva la necesidad de adoptar urgentemente un conjunto de medidas reparadoras para facilitar la restauración de la normalidad en las zonas afectadas.
En una situación análoga, creada en diversas provincias mediterráneas por las intensas lluvias de los días 4, 5 y 6 de septiembre, se dictaron un conjunto de medidas reparadoras, contenidas en el Real Decreto 1113/1989, de 15 de septiembre.
En su virtud, previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 17 de noviembre de 1989,
DISPONGO:
El conjunto de medidas reparadoras contenidas en el Real Decreto 1113/1989, de 15 de septiembre, será de aplicación a las zonas de las provincias de Almería, Málaga y Murcia, afectadas por las intensas lluvias de los días 14 al 17 de octubre de 1989.
El Ministerio del Interior determinará los Municipios afectados a los que serán de aplicación las medidas reparadoras contempladas en el Real Decreto 1113/1989, de 15 de septiembre.
Dado en Madrid a 17 de noviembre de 1989.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno,
VIRGILIO ZAPATERO GÓMEZ
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