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Documento BOE-A-1993-9999

Orden de 2 de abril de 1993 por la que se determina la normativa aplicable a la concesión de subvenciones a Entidades sin fines de lucro para actividades de Educación de Adultos.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 91, de 16 de abril de 1993, páginas 11333 a 11334 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1993-9999
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1993/04/02/(3)

TEXTO ORIGINAL

El artículo 16 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre (<Boletín Oficial del Estado> del 28), de Presupuestos Generales del Estado para 1991, y el artículo 17 de la Ley 31/1991, de 30 de diciembre (<Boletín Oficial del Estado> del 31), de Presupuestos Generales del Estado para 1992, modificaron las normas de la Ley General Presupuestaria relativas a ayudas y subvenciones públicas.

La Orden de 8 de noviembre de 1991 (<Boletín Oficial del Estado>del 15) estableció a su vez las bases para la concesión de ayudas y subvenciones con cargo a créditos presupuestarios del Ministerio de Educación y Ciencia y sus Organismos autónomos.

Dicha Orden proporciona un marco adecuado para la convocatoria y concesión de subvenciones a Entidades privadas sin fines de lucro para actividades de Educación de Adultos, por lo que parece conveniente la aplicación de aquélla a tal tipo de ayudas en lugar de la regulación específica contenida en disposiciones anteriores.

En su virtud, he dispuesto:

Primero.-La concesión por el Ministerio de Educación y Ciencia de subvenciones a Entidades sin fines de lucro para la realización de actividades en el marco de la Educación de Adultos se regirá por la Orden de 8 de noviembre de 1991 (<Boletín Oficial del Estado> del 15), que estableció las bases para la concesión de ayudas y subvenciones con cargo a créditos presupuestarios del Ministerio de Educación y Ciencia y sus Organismos autónomos.

Segundo.-Quedan derogadas las Ordenes de 7 de junio de 1988 (<Boletín Oficial del Estado> del 13) y de 28 de junio de 1989 (<Boletín Oficial del Estado>del 30).

Tercero.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.

Madrid, 2 de abril de 1993.

PEREZ RUBALCABA

Excmo. Sr. Secretario de Estado de Educación e Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Formación Profesional Reglada y Promoción Educativa. Departamento.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 02/04/1993
  • Fecha de publicación: 16/04/1993
  • Fecha de entrada en vigor: 17/04/1993
  • Fecha de derogación: 05/06/2011
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Real Decreto 776/2011, de 3 de junio (Ref. BOE-A-2011-9736).
Referencias anteriores
Materias
  • Educación de Adultos
  • Subvenciones

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