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Documento BORME-C-2024-7045

DR INMUEBLES, S.L.

(SOCIEDAD ESCINDIDA)

2510 INMUEBLES, S.L.

SANI0709, S.L.

(SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 246, páginas 8637 a 8637 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-7045

TEXTO

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto Ley 5/ 2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea ("RDL"), se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de la compañía DR Inmuebles, S.L. (Sociedad Escindida), celebrada en fecha 18 de diciembre de 2024, ha acordado, por unanimidad, aprobar la escisión total mediante la división de su patrimonio en dos partes, y su traspaso en bloque, a favor de las siguientes sociedades de nueva constitución, 2510 Inmuebles, S.L. (sociedad beneficiaria de nueva creación) y Sani0709, S.L. (sociedad beneficiaria de nueva creación), todo ello conforme al Proyecto de Escisión formulado por el órgano de administración de la Sociedad Escindida.

Dichas sociedades beneficiarias se constituirán simultáneamente y como consecuencia de la escisión total, todo ello previa disolución sin liquidación de la Sociedad Escindida, adquiriendo las sociedades beneficiarias por sucesión universal la totalidad de los derechos y obligaciones integrantes de la parte del patrimonio escindido que respectivamente se les ha atribuido. Las participaciones sociales de cada una de las sociedades beneficiarias se atribuirán a los socios de la Sociedad Escindida proporcionalmente a los derechos que tenían en el capital social de la misma.

La operación de escisión se realiza conforme al Proyecto común de Escisión de fecha 18 de diciembre de 2024, y por acuerdo unánime de los socios intervinientes en la operación de Escisión, regulado en el artículo 9 y 71 del RDL.

Asimismo, se hace constar expresamente el derecho que asiste a la socios, trabajadores y acreedores de la Sociedad Escindida a solicitar y obtener de forma gratuita el texto íntegro de los acuerdos adoptados, no siendo necesario el informe de los administradores sobre el proyecto de escisión ni el informe de expertos independientes, así como tampoco el balance de escisión en los términos previstos en el artículo 71 del RDL antes reseñado.

Barcelona, 18 de diciembre de 2024.- Sonia Adell Duacastella, Secretaria del Consejo de Administración de DR Inmuebles, S.L.

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