De conformidad con lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, entre otras, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (en adelante, "Real Decreto-ley 5/2023"), se hace público que la Junta General Universal de socios de la sociedad "INMOBILIARIA BELLOSO, S.L.", celebrada en fecha 19 de diciembre de 2024, aprobó, por unanimidad, la Escisión Total mediante la que la sociedad mercantil "INMOBILIARIA BELLOSO, S.L" (en adelante, la "Sociedad Escindida") se extinguirá vía disolución sin liquidación, con el consiguiente traspaso de la totalidad de su patrimonio social a favor de las tres entidades mercantiles de nueva creación que serán "PROMOCIONES DANSER, S.L.", "POSITIVA IMAGEN, S.L." y "MUNDO ESBELA, S.L."., conforme a los términos y condiciones del Proyecto de Escisión Total suscrito por todos los miembros del órgano de administración de la Sociedad Escindida en fecha 19 de diciembre de 2024.
Asimismo, se hace constar que aplica el régimen simplificado de los artículos correspondientes del Real Decreto-Ley 5/2023, y cualquier otro aplicable, al haberse aprobado en Junta Universal y por unanimidad en la Sociedad Escindida, y debido a que las participaciones de cada una de las nuevas sociedades beneficiarias se atribuyen a los socios de la Sociedad Escindida proporcionalmente a los derechos que tenían en el capital de ésta.
Se hace constar que no existen trabajadores en la Sociedad Escindida, no siendo necesario el Informe de Administradores en ese sentido.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la Sociedad Escindida a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado, así como el derecho de los acreedores de la Sociedad Escindida a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 13 del Real Decreto-ley 5/2023, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión, si bien de conformidad con lo establecido en el artículo 4.1.4º del Real Decreto-Ley 5/2023, se hace constar que la escisión total no tiene implicaciones para los acreedores de la Sociedad Escindida, ni pone en riesgo la satisfacción de sus créditos.
Las Rozas de Madrid (Madrid), 20 de diciembre de 2024.- Los miembros del órgano de administración de Inmobiliaria Belloso, S.L:, El Presidente, D. Pedro Daniel Belloso Lázaro, la Vicepresidenta, Dña. Esther Belloso Lázaro y Vocal, Dña. Silvia Belloso Lázaro.
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