Está Vd. en

Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

ANÁLISIS

  • Rango: Decreto Legislativo
  • Fecha de disposición: 04/11/2003
  • Fecha de publicación: 21/11/2003
  • Fecha de entrada en vigor: 22/11/2003

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA el art. 29 bis, por Decreto-ley 4/2024, de 16 de abril (Ref. BOE-A-2024-12640).
  • SE DEROGA los arts. 21.3,4 y 5; 39.3 y 116 a 118; SE MODIFICA determinados preceptos y SE AÑADE las disposiciones transitoria 12 quinquies y adicional 32 , por Ley 3/2023, de 16 de marzo (Ref. BOE-A-2023-10344).
  • SE AÑADE el art. 29 bis, por Decreto-ley 1/2023, de 28 de febrero (Ref. BOE-A-2023-10133).
  • SE CORRIGEN errores en la Ley 2/2021, de 29 de diciembre, en BOE núm.74, de 28 de marzo de 2022 (Ref. BOE-A-2022-4851).
  • SE CORRIGEN erratas en la Ley 2/2021, de 29 de diciembre, en DOGC num. 8626 de 15 de marzo de 2022 (Ref. DOGC-f-2022-90068).
  • SE MODIFICA determinados preceptos y SE AÑADE las disposiciones transitoria 12 quater y la adicional 31, por Ley 2/2021, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2022-953).
  • SE CORRIGEN errores de la Ley 5/2020, de 29 de abril, en BOE num. 163, de 10 de junio de 2020 (Ref. BOE-A-2020-5901).
  • SE CORRIGEN erratas, en la Ley 5/2020, de 27 de abril, en DOGC núm. 8135, de 18 de mayo de 2020 (Ref. DOGC-f-2020-90174).
  • SE DEROGA el art. 74.5 y y las disposiciones adicional 11 y transitoria 13; con los efectos indicados, SE MODIFICA y SE AÑADE determinados preceptos, por Ley 5/2020, de 29 de abril (Ref. BOE-A-2020-5569).
  • SE DICTA EN RELACIÓN sobre la aplicación de los mínimos de facturación en relación con los consumos de los meses de abril a diciembre de 2020, de los establecimientos hoteleros y de camping, así como a otros alojamientos de corta duración: Decreto-ley 12/2020, de 10 de abril (Ref. BOE-A-2020-5649).
  • SE MODIFICA:
    • el art. 73 y la disposición adicional 16, por Decreto-ley 2/2020, de 21 de enero (Ref. BOE-A-2020-3784).
    • el art. 8.2.b, por Decreto-ley 16/2019, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-2020-445).
    • los arts. 66.3, 69.8 y 71, por Decreto-ley 12/2019, de 9 de julio (Ref. DOGC-f-2019-90518).
    • los arts. 8.2.d), 11.18, 34.3.c), 39 y lo indicado del anexo 7, por Decreto-ley 4/2018, de 17 de julio (Ref. BOE-A-2018-12401).
    • y SE AÑADE determinados preceptos, por Ley 5/2017, de 28 de marzo (Ref. BOE-A-2017-7353).
  • SE CORRIGEN erratas, con variación de preceptos modificadores, en la Ley 3/2015, de 11 de marzo, en DOGC núm. 6872, de 15 de mayo de 2015 (Ref. DOGC-f-2015-90409).
  • SE MODIFICA determinados preceptos y SE AÑADE el art. 72 bis, las disposiciones adicionales 17 a 19 y transitoria 11 y los anexos 7 y 8, por Ley 3/2015, de 11 de marzo (Ref. BOE-A-2015-3637).
  • SE CORRIGEN errores, con modificación de los arts. 5, 174 y 207.5, de la Ley 2/2014, de 27 de enero, en BOE núm. 69 de 21 de marzo de 2014 (Ref. BOE-A-2014-3003).
  • SE DEROGA:
    • Art. 56.1.b), SE MODIFICA determinados preceptos y SE AÑADE el art. 77 bis y la disposición transitoria 9, por Ley 2/2014, de 27 de enero (Ref. BOE-A-2014-2999).
    • los arts. 64.2.d), 67.6 y, en la forma indicada, la disposición adicional 9, SE MODIFICA determinados preceptos y SE AÑADE el art. 76 bis, por Ley 5/2012, de 20 de marzo (Ref. BOE-A-2012-4730).
  • SE MODIFICA lo indicado de la disposición adicional 9, por Ley 1/2012, de 22 de febrero (Ref. BOE-A-2012-3412).
  • SE DEROGA:
    • en la forma indicada , los arts. 36, 40 a 43 y disposición transitoria 3, SE MODIFICA, con los efectos señalados, los arts. 8, 9, 11, 18, 25, 26, 35, 37 a 39, 44, 47, 49 y SE AÑADE la disposición adicional 16, por Ley 10/2011, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2012-547).
    • el art. 71.7 y SE MODIFICA los arts. 69, 71, 72, 74, las disposiciones adicionales 1, 5, 6, 9 y el anexo 6, por Ley 7/2011, de 27 de julio (Ref. BOE-A-2011-13896).
    • art. 62.2, por Ley 26/2009, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-2010-737).
  • SE MODIFICA:
    • los arts. 72.5, 78, 80.1 y AÑADE la disposición adicional 15, por Ley 16/2008, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-2009-1257).
    • los arts. 72.7 y 78 y SE AÑADE una disposición transitoria 7, por Ley 17/2007, de 21 de diciembre (Ref. BOE-A-2008-3656).
    • los arts. 64.2, 69, 72.7 y las disposiciones adicionales 9 y 11 y AÑADE la 14, por Ley 5/2007, de 4 de julio (Ref. BOE-A-2007-14803).
    • los arts. 64.2, 69, 72.7, 78.2 y las disposiciones adicionales 5 y 6 y AÑADE las disposiciones adicionales 9 a 13, por Ley 21/2005, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2006-2013).
    • los arts. 66, 69, 71, 72, 74, 76, la disposición adicional 1 y SE AÑADEN las disposiciones adicionales 7 , 8 y la transitoria 6, por Ley 12/2004, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2005-2647).

Referencias anteriores

Materias

  • Abastecimiento de aguas
  • Aguas
  • Aguas residuales
  • Cataluña
  • Obras hidráulicas
  • Planificación hidrológica

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid