El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros automatizados de las Administraciones Públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o en el Diario Oficial correspondiente. Por su parte, el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la LOPD (RLOPD) dispone que la disposición o acuerdo de creación, modificación o supresión deberá revestir la forma de orden ministerial o resolución del titular de la entidad, y detalla los extremos que deberán precisarse.
En cumplimiento de la disposición antes citada, la extinta Comisión Nacional de Energía dictó Resolución 12 de abril de 2007 (BOE de 4 de julio) por la que se crean, modifican y suprimen ficheros automatizados de datos de carácter personal en este organismo. Asimismo, por Resolución de 20 de diciembre de 2007 (BOE de 15 de enero de 2008), se creó un nuevo fichero y se modifica otro. Finalmente, se dictó Resolución de 12 de noviembre de 2009, (BOE de 23 de diciembre), por la que se modifican ficheros automatizados de datos de carácter personal y resultó comprensiva de la totalidad de los ficheros con datos de carácter personal de los que era responsable la Comisión Nacional de Energía al dejar sin efecto anteriores Resoluciones.
Igualmente, en cumplimiento de la disposición antes citada, la extinta Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones dictó Resoluciones 9 de junio de 2013 (BOE del 15), 13 de mayo de 2013 (BOE del 29), 8 de noviembre de 2012 (BOE de 13 de diciembre), 9 de agosto de 2012 (BOE del 31), de 2 de diciembre de 2010 (BOE del 22), de 20 de octubre de 2010 (BOE de 27 de noviembre), 15 de septiembre de 2010 (BOE del 27), 21 de junio de 2010 (BOE de 8 de julio), 7 de octubre de 2009 (BOE de 2 de noviembre), 8 de septiembre de 2009 (BOE del 24), 27 de febrero de 2009 (BOE de 6 de abril), 23 de noviembre de 2004 (BOE de 21 de diciembre), 30 de abril de 2004 (BOE de 12 de mayo), 6 de marzo de 2003 (BOE del 19), 28 de enero de 2003 (BOE de 6 de febrero), 22 de enero de 2001 (BOE de 27 de febrero), 1 de marzo de 2000 (BOE del 23) y 28 de mayo de 1999 (BOE de 7 de agosto).
Asimismo, en cumplimiento de la disposición antes citada la extinta Comisión Nacional de Competencia era responsable de diversos ficheros de datos de carácter personal en virtud de la Orden EHA/2242/2010, de 29 de julio, por la que se regulan los ficheros de datos de carácter personal existentes en el Ministerio de Economía y Hacienda y en determinados organismos públicos adscritos al mismo, modificada, en lo que afecta a dichos ficheros, por Ordenes EHA/1291/2011, de 9 de mayo y ECC/1555/2013, de 2 de agosto.
Tras la extinción de los referidos tres Organismos y la Comisión Nacional del Sector Postal y tras la creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, este Organismo tiene conferidas atribuciones competenciales en virtud de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, así como diversa normativa sectorial.
Por otra parte, el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, establece que el sistema de tratamiento de los ficheros de datos de carácter personal debe figurar en las disposiciones pertinentes que regulan tales ficheros.
La presente Resolución obedece a las siguientes finalidades: facilitar el conocimiento público de sus ficheros en una sola disposición para una mayor claridad normativa, actualizar los contenidos en virtud de las nuevas atribuciones competenciales de este Organismo y cumplir con la exigencia del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, antes mencionada.
En el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 19.1.c) y p) de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la CNMC y el artículo 15.2.p) del Real Decreto 657/2013, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto Orgánico de la CNMC y a fin de dar cumplimiento al mandato legal del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, sobre creación, modificación y supresión de ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal gestionados por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, y asegurar a los administrados el ejercicio legítimo de sus derechos, el Presidente de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha dispuesto:
De conformidad con lo previsto en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y a los efectos previstos en el mismo, se crean los ficheros automatizados de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia que contienen y procesan datos de carácter personal que se relacionan y describen en el anexo l.
De conformidad con lo previsto en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y a los efectos previstos en el mismo, se modifican ficheros automatizados creados y de titularidad de las extintas Comisión Nacional de la Competencia, Comisión Nacional de Energía y Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones que contienen y procesan datos de carácter personal inscritos actualmente en el Registro General de la Agencia de Protección de Datos, recogidos en las Resoluciones de la CNE de 12 de abril de 2007, de 20 de diciembre de 2007 y de 12 de noviembre de 2009, en las Resoluciones de la CMT de 9 de junio de 2013, 13 de mayo de 2013, 8 de noviembre de 2012, 9 de agosto de 2012, de 2 de diciembre de 2010, de 20 de octubre de 2010, 15 de septiembre de 2010, 21 de junio de 2010, 7 de octubre de 2009, 8 de septiembre de 2009, 27 de febrero de 2009, 23 de noviembre de 2004, 30 de abril de 2004, 6 de marzo de 2003, 28 de enero de 2003, 22 de enero de 2001, 1 de marzo de 2000 y 28 de mayo de 1999, Orden EHA/2242/2010, de 29 de julio, modificada, entre otras, por Ordenes EHA/1291/2011, de 9 de mayo y ECC/1555/2013, de 2 de agosto, adaptándose los ficheros afectados a las descripciones recogidas en el anexo Il.
De conformidad con lo previsto en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y a los efectos previstos en el mismo, se suprimen ficheros automatizados creados por la extinta Comisión Nacional de Energía, que contienen y procesan datos de carácter personal inscritos actualmente en el Registro General de la Agencia de Protección de Datos, recogidos en las Resoluciones de la CNE de 12 de abril de 2007, de 20 de diciembre de 2007 y de 12 de noviembre de 2009 que se recogen en el anexo lII, puesto que sus datos se vuelcan e integran en los ficheros reseñados en el citado Anexo, en los términos recogidos en el anexo I.
Igualmente, de conformidad con lo previsto en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y a los efectos previstos en el mismo, se suprimen ficheros automatizados creados por la extinta Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, que contienen y procesan datos de carácter personal inscritos actualmente en el Registro General de la Agencia de Protección de Datos, recogidos en las Resoluciones de la CMT de 9 de junio de 2013, 13 de mayo de 2013, 8 de noviembre de 2012, 9 de agosto de 2012, de 2 de diciembre de 2010, de 20 de octubre de 2010, 15 de septiembre de 2010, 21 de junio de 2010, 7 de octubre de 2009, 8 de septiembre de 2009, 27 de febrero de 2009, 23 de noviembre de 2004, 30 de abril de 2004, 6 de marzo de 2003, 28 de enero de 2003, 22 de enero de 2001, 1 de marzo de 2000 y 28 de mayo de 1999 que se recogen en el Anexo lV, puesto que sus datos se vuelcan e integran en los ficheros reseñados en el citado anexo, en los términos recogidos en el anexo I.
Asimismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y a los efectos previstos en el mismo, se suprimen ficheros automatizados creados por la extinta Comisión Nacional de la Competencia, que contienen y procesan datos de carácter personal inscritos actualmente en el Registro General de la Agencia de Protección de Datos, recogidos en particular, en la Orden EHA/2242/2010, de 29 de julio, modificada, entre otras, por Ordenes EHA/1291/2011, de 9 de mayo y ECC/1555/2013, de 2 de agosto que se recogen en el anexo V, puesto que sus datos se vuelcan e integran en los ficheros reseñados en el citado anexo, en los términos recogidos en el anexo I.
Los ficheros incluidos en el anexo VI de esta Resolución, creados por disposiciones generales anteriores de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, se adaptarán a las descripciones contenidas en el citado anexo VI.
Los titulares de los órganos responsables de los citados ficheros, adoptarán las medidas de gestión y organización que sean necesarias, asegurando, en todo caso, la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y sus normas de desarrollo.
Quedan sin efecto las Resoluciones de la extinta Comisión Nacional de Energía de 12 de abril de 2007, de 20 de diciembre de 2007 y de 12 de noviembre de 2009 por las que se crearon, modificaron y suprimieron ficheros automatizados de datos de carácter personal en dicho organismo.
Igualmente, quedan sin efecto las Resoluciones de la extinta Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones de 9 de junio de 2013, 13 de mayo de 2013, 8 de noviembre de 2012, 9 de agosto de 2012, de 2 de diciembre de 2010, de 20 de octubre de 2010, 15 de septiembre de 2010, 21 de junio de 2010, 7 de octubre de 2009, 8 de septiembre de 2009, 27 de febrero de 2009, 23 de noviembre de 2004, 30 de abril de 2004, 6 de marzo de 2003, 28 de enero de 2003, 22 de enero de 2001, 1 de marzo de 2000 y 28 de mayo de 1999, por las que se crearon, modificaron y suprimieron ficheros automatizados de datos de carácter personal en dicho organismo.
Asimismo, en lo que respecta a los ficheros cuyo responsable figura la Comisión Nacional de Competencia (inicialmente creados para Tribunal de Defensa de la Competencia, Dirección General de Competencia y Comisión Nacional de Competencia), queda sin efecto la Orden EHA/2242/2010, de 29 de julio, por la que se regulan los ficheros de datos de carácter personal existentes en el Ministerio de Economía y Hacienda y en determinados organismos públicos adscritos al mismo, según redacción dada, en lo que afecta a dichos ficheros, por Ordenes EHA/1291/2011, de 9 de mayo y ECC/1555/2013, de 2 de agosto.
Finalmente, queda sin efecto la Resolución de 25 de junio de 2014 de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se crea un fichero automatizado de datos de carácter personal.
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 3 de noviembre de 2014.–El Presidente de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, José María Marín Quemada.
Fichero: «SICOMP»
Sistema de comparación de ofertas de gas y electricidad
a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Sistema de información sobre ofertas de suministro de gas y electricidad, para alimentación de una herramienta de comparación de ofertas de gas y electricidad a disposición de los usuarios.
b) Personas sobre las que se pretende obtener datos o que resultan obligadas a suministrarlos: Los comercializadores de gas y electricidad que tienen ofertas públicas de suministro de gas y/o electricidad, conforme al punto 2 de la disposición adicional novena de la Orden ITC/3519/2009, de 28 de diciembre, por la que se revisan los peajes de acceso a partir de 1 de enero de 2010 y las tarifas y primas de las instalaciones del régimen especial, y el punto 2 de la disposición adicional octava de la Orden ITC/3520/2009, de 28 de diciembre, por la que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas para el año 2010 y se actualizan determinados aspectos relativos a la retribución de las actividades reguladas del sector gasista.
c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos: Los datos registrados son facilitados por los propios sujetos mediante declaraciones y/o formularios al efecto.
d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en la que se recogen los siguientes datos identificativos de los usuarios de la aplicación: personales (nombre y apellidos del usuario de la aplicación, empresa, NIF, dirección postal, teléfono y fax profesionales, firma, firma electrónica y correo electrónico).
e) Sistema de tratamiento: Mixto.
f) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Con carácter general, no se prevé la comunicación de estos datos ni la transferencia a países terceros.
g) Órgano responsable de este fichero: Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Dirección de Energía de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
h) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: La Dirección de Energía de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, calle Alcalá, 47, 28014 Madrid; teléfono: 91 432 96 00.
i) Medidas de seguridad con indicación del nivel: Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico en el Título VIII del RLOPD.
Fichero: «SICBIOS»
Sistema de Información para la Certificación de Biocarburantes
a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Gestionar el Sistema de Certificación y liquidaciones de biocarburantes, incluyendo su supervisión, control, fomento y uso estadístico.
b) Personas sobre las que se pretenden obtener datos o que resultan obligadas a suministrarlos: Los sujetos obligados a la comercialización de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte, plantas de producción de biocarburantes, empresas que presten servicios de almacenamiento a cualesquiera sujetos obligados y cualquier persona física o jurídica que adquiera y/o venda biodiesel procedente de plantas con cantidad asignada para su posterior venta o consumo en territorio español.
c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos: Los datos registrados son facilitados por los propios sujetos mediante declaraciones y/o formularios al efecto.
d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en la que se recogen los siguientes datos identificativos: personales (nombre, apellidos y NIF o documento equivalente de los representantes legales y/o de los interlocutores designados, puesto o cargo, número de teléfono, correo electrónico, firma, firma electrónica, dirección postal completa, empresa y CIF) y datos bancarios para realizar las liquidaciones.
e) Sistema de tratamiento: Mixto.
f) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Se prevé la comunicación a la Agencia Tributaria, órganos judiciales y fuerzas y cuerpos de la Seguridad del Estado. No se prevé la comunicación de estos datos a ningún otro organismo, entidad o persona física ni la transferencia a países terceros.
g) Órgano responsable de este fichero: Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Dirección de Energía de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
h) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: La Dirección de Energía de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, calle Alcalá, 47, 28014 Madrid; teléfono: 91 432 96 00.
i) Medidas de seguridad con indicación del nivel: Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico en el Título VIII del RLOPD.
Fichero: «SICILIA»
Sistema de Gestión y Liquidación de la Prima Equivalente y la retribución específica
a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Gestión continúa por parte de la CNMC del sistema de liquidación de retribución a la generación eléctrica con tecnologías renovables, cogeneración y residuos, gestión de cesiones de crédito, pignoraciones, embargos y otras incidencias y consiguiente expedición y gestión de la facturación en nombre de terceros, de conformidad con las previsiones del Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo y el actual marco retributivo desarrollado principalmente por el Real Decreto-Ley 9/2013, de 12 de julio, la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio.
b) Personas sobre las que se pretende obtener datos o que resultan obligadas a suministrarlos: Los titulares, personas físicas o jurídicas, de instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, representantes de las instalaciones de producción en el sistema de liquidaciones, el Operador del Mercado, el Operador del Sistema, distribuidores, los Encargados de Lectura, y, en el ámbito de sus competencias, Comunidades Autónomas y Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos: Datos aportados por los interesados mediante declaración escrita o comunicación electrónica y/o cumplimentación de los formularios o códigos de tablas al efecto.
d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en la que se recogen los siguientes datos identificativos: personales (nombre y apellidos, NIF o documento equivalente, puesto o cargo, teléfono, fax, firma, firma electrónica, correo electrónico y dirección postal completa) de titulares de instalaciones liquidadas, Operador del Mercado, Operador del Sistema, Encargados de Lectura, cedentes y cesionarios, administradores concursales y sujetos que plantean intereses en los créditos, así como de sus representantes, representantes legales y/o interlocutores, gestores y usuarios designados; códigos universales para puntos frontera de clientes [CUPS] y el Código de la instalación de producción a efectos de liquidación [CIL] y el IBAN para realizar las facturaciones en nombre de terceros y los pagos.
e) Sistema de tratamiento: Mixto.
f) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Conforme a la normativa aplicable la información relativa a los derechos de cobro y obligaciones de pago de cada Sujeto de Liquidación tendrá carácter confidencial y, aparte del distribuidor correspondiente perteneciente al grupo empresarial que cuente con un comercializador del último recurso, sólo está prevista la comunicación al Ministerio de Industria, Energía y Turismo, y a las Comunidades Autónomas en el ámbito de sus competencias. La información no económica podrá ser cedida, en su caso, a los operadores del mercado y del sistema y al distribuidor correspondiente.
A fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, órganos judiciales, Agencia Tributaria y entidades financieras.
Con carácter general, no se prevé la comunicación de estos datos a ningún otro organismo, entidad o persona física ni la transferencia a países terceros.
g) Órgano responsable de este fichero: Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Dirección de Energía de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
h) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: La Dirección de Energía de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, calle Alcalá, 47, 28014 Madrid; teléfono: 91 432 96 00
i) Medidas de seguridad con indicación del nivel: Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico en el Título VIII del RLOPD.
Fichero: «Registro General de empresas prestadoras de servicios postales»
a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Gestión y llevanza del Registro Público de las empresas prestadoras de servicios postales que operan en el mercado, así como de sus representantes legales.
b) Personas sobre las que se pretende obtener datos o que resultan obligadas a suministrarlos: El propio interesado (persona física o jurídica) o su representante legal obligados a solicitar autorización singular o efectuar declaración responsable y/o su renovación.
c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos: Datos aportados por los interesados o sus representantes mediante declaración escrita, comunicación electrónica, la remisión de documentación y/ cumplimentación de formularios o códigos de tablas al efecto u obtenidos por el propio organismo en el ejercicio de sus competencias.
d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en la que se recogen los siguientes datos: identificativos (NIF/CIF o documento equivalente, nombre y apellidos o denominación/razón social del interesado y de su representante, domicilio social y/o dirección postal completa, teléfono, fax, dirección correo electrónico, firma, firma electrónica), profesionales (puesto o representación), datos empresariales, datos de la solicitud (tipo, servicios para los que se solicita la autorización, delegación, objeto, lugar y fechas de solicitud, alta, modificación y renovación).
e) Sistema de tratamiento: Mixto.
f) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Además del acceso a los datos que tiene lugar por su condición de Registro público, se prevé la comunicación, en el ámbito de sus competencias, a otros órganos de la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas, Unión Europea, Agencia Tributaria, Inspección de trabajo, Seguridad Social y juzgados.
Con carácter general, no se prevé la comunicación de estos datos en términos distintos de los indicados ni a ningún otro organismo, entidad o persona física ni la transferencia a países terceros.
g) Órgano responsable de este fichero: Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Dirección de Transportes y del Sector Postal de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
h) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: La Dirección de Transportes y del Sector Postal de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, calle Barquillo, 5, 28004 Madrid; teléfono: 91 432 96 00.
i) Medidas de seguridad con indicación del nivel: Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico en el Título VIII del RLOPD.
Fichero: «Administraciones Públicas que explotan redes de comunicaciones electrónicas en régimen de autoprestación»
a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Recoger la información derivada de la obligación de las Administraciones Públicas de comunicar a la CNMC todo proyecto de instalación o explotación de redes de comunicaciones electrónicas en régimen de autoprestación que haga uso del dominio público, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7.3 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones.
b) Personas sobre las que se pretende obtener datos o que resultan obligadas a suministrarlos: Administraciones Públicas obligadas a la comunicación de la instalación o explotación de redes de comunicaciones electrónicas en régimen de autoprestación y sus representantes legales o personas de contacto.
c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos: Datos aportados directamente por el interesado mediante presentación del formulario de notificación fehaciente de inicio de actividad.
d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en las que se recogen los siguientes datos personales: identificativos (nombre y apellidos o denominación o razón social del titular, nombre y apellidos, nacionalidad, domicilio, DNI/NIF, firma, firma electrónica, correo electrónico y teléfono del representante legal,), datos relativos a la inscripción en el Registro Mercantil, en su caso.
e) Sistema de tratamiento: Mixto.
f) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Además del acceso a los datos que tiene lugar por su condición de Registro público, se prevé la comunicación, en el ámbito de sus competencias, a otros órganos de la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas, Administración Local, Administración Tributaria y juzgados. Con carácter general, no se prevé la comunicación de estos datos en términos distintos de los indicados ni a ningún otro organismo, entidad o persona física ni la transferencia a países terceros.
g) Órgano responsable de este fichero: Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Dirección de Telecomunicaciones y del Sector Audiovisual de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
h) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección de Telecomunicaciones y del Sector Audiovisual de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, calle Bolivia, 56, 08018 Barcelona; teléfono: 93 603 62 00.
i) Medidas de seguridad con indicación del nivel: Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico en el Título VIII del RLOPD.
Fichero: «Consultas, quejas, sugerencias, reclamaciones y atención a ciudadanos»
a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Atender a las consultas, quejas, sugerencias y reclamaciones efectuadas por los consumidores y usuarios de los servicios regulados y relacionadas con la defensa de la competencia, así como de cualquier ciudadano que se dirija a la CNMC. Atención del buzón de colaboración con la CNMC en investigaciones de competencia.
b) Personas sobre las que se pretende obtener datos o que resultan obligadas a suministrarlos: Personas físicas o jurídicas que se relacionan con la CNMC.
c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos: Datos aportados por los interesados mediante declaración oral, escrita, telefónica o comunicación electrónica y/o cumplimentación de los formularios que aparecen en la web de CNMC.
d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en las que se recogen los siguientes datos identificativos: Nombre y apellidos, (en su caso nombre de empresa), DNI/NIF/CIF o documento equivalente, dirección postal completa, teléfono, fax, dirección correo electrónico, dirección sitio web, puesto/cargo, firma, firma electrónica.
e) Sistema de tratamiento: Mixto.
f) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Se prevé la comunicación a otros órganos de la Administración General del Estado, así como a Comunidades Autónomas o a Defensor del Pueblo, en el ámbito de sus competencias.
Con carácter general, no se prevé la comunicación de estos datos a ningún otro organismo, entidad o persona física ni la transferencia a países terceros.
g) Órgano responsable de este fichero: Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Presidencia de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
h) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Presidencia de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, calle Alcalá, 47, 28014 Madrid; teléfono: 91 432 96 00.
i) Medidas de seguridad con indicación del nivel: Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico en el Título VIII del RLOPD.
Fichero: «Relaciones institucionales, comunicaciones y actos relacionados con la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia»
a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Gestión y mantenimiento de una agenda de los representantes de instituciones públicas y privadas, nacionales e internacionales con los que CNMC mantiene relaciones institucionales, de asistentes a actos de la CNMC y de destinatarios de publicaciones de la CNMC, así como los medios de comunicación para el envío de comunicaciones, convocatorias de actos y establecimiento y gestión de relaciones institucionales y de protocolo de la CNMC.
b) Personas sobre las que se pretende obtener datos o que resultan obligadas a suministrarlos: Personas físicas o jurídicas que se relacionan con la CNMC, invitados y asistentes a cualquier tipo de acto relacionado con la CNMC, así como quienes reciben información institucional o protocolaria y/o publicaciones de la CNMC.
c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos: Datos contenidos en el fichero de Altos Cargos de las Administraciones públicas, en el Registro de Operadores de telecomunicaciones, en el fichero de Cargos en el Poder, en las páginas Web de las Instituciones y datos aportados por los interesados o la institución o medio al que representa mediante declaración escrita, telefónica, formulario al efecto o comunicación electrónica, de fuentes accesibles al público.
d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en las que se recogen los siguientes datos identificativos (DNI/NIF o documento equivalente, Nombre y apellidos, CIF o denominación/razón social de Organismo u Empresa, dirección postal completa, firma, firma electrónica, teléfono, fax y correo electrónico), profesionales (puesto/cargo) y datos del evento o publicación.
e) Sistema de tratamiento: Mixto.
f) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Con carácter general, no se prevén cesiones ni transferencias internacionales de estos datos.
g) Órgano responsable de este fichero: Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Presidencia de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, calle Alcalá, 47, 28014 Madrid; teléfono: 91 432 96 00.
h) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Presidencia de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, calle Alcalá, 47, 28014 Madrid; teléfono: 91 432 96 00.
i) Medidas de seguridad con indicación del nivel: Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico en el Título VIII del RLOPD.
Fichero: «Control de acceso a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia»
a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: La gestión mecanizada, para control y seguridad, de las situaciones e incidencias del control de presencia del personal que presta sus servicios en la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y del control de acceso de las visitas que se reciben en las instalaciones del organismo.
b) Personas sobre las que se pretende obtener datos o que resultan obligadas a suministrarlos: En el control de presencia, personas vinculadas a la CNMC por una relación de dependencia estatutaria o contractual, personas que deben asistir con asiduidad a los edificios de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y becarios.
En el control de visitas, personas que deben acceder con carácter eventual a los edificios de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. También los asistentes a reuniones, conferencias o actos públicos organizados por el organismo en sus dependencias.
c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos: Los datos registrados son facilitados por los propios interesados mediante declaración, formularios al efecto y/o registro informatizado mediante tarjeta codificada.
d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en la que se recogen los siguientes datos: Identificativos (número de registro de personal, DNI/NIF o documento equivalente, nombre y apellidos, huella dactilar, imagen, firma, firma electrónica), datos personales (fecha nacimiento) y laborales (puesto, horario e incidencias), identificativos del visitante (DNI/NIF o documento equivalente, nombre y apellidos), datos personales del visitante (académicos, puesto/cargo, empresa) y específicos de la visita (empresa, motivo de la visita, fecha y hora de entrada, fecha y hora de salida y observaciones).
e) Sistema de tratamiento: Mixto.
f) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Con carácter general, no se prevé la comunicación ni la transferencia a países terceros de estos datos.
g) Órgano responsable de este fichero: Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Secretaría General de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
h) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: La Secretaría General de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, calle Alcalá, 47, 28014 Madrid; teléfono: 91 432 96 00.
i) Medidas de seguridad con indicación del nivel: Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico en el Título VIII del RLOPD.
j) Cancelación: En cuanto al control de visitas, se establece un plazo de un mes a contar a partir del momento en que los datos fueron recabados para su cancelación.
Fichero: «Registro de entrada y salida de documentos en la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia»
a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Realizar una gestión de las operaciones de registro de documentos en entrada y salida que tienen lugar en el registro de entrada y salida de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ya sea documentación presentada tanto por vía telemática, como en soporte físico.
b) Personas sobre las que se pretende obtener datos o que resultan obligadas a suministrarlos: Personas físicas o jurídicas que se dirigen a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia o que reciben comunicaciones de este ente público.
c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos: Se recogen de la información contenida en el documento y/o formulario en soporte papel, magnético o electrónico al efecto.
d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en la que se recogen los siguientes datos: identificativos/personales (nombre y apellidos, DNI/NIF o documento equivalente, entidad u organismo al que pertenece o representa, CIF del mismo, dirección postal completa, teléfono, fax, firma, firma electrónica, dirección de correo electrónico, dirección electrónica única), profesionales (puesto o representación) y datos relativos al procedimiento y/o documentación presentada.
e) Sistema de tratamiento: Mixto.
f) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: A otros órganos administrativos a los que, en su caso, pudiera dirigirse el documento/formulario de entrada (art. 38 Ley 30/1992). Con carácter general, no se prevé la comunicación de estos datos a ningún otro organismo, entidad o persona física ni la transferencia a países terceros.
g) Órgano responsable de este fichero: Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Secretaría General de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
h) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: La Secretaría General de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, calle Alcalá, 47, 28014 Madrid; teléfono: 91 432 96 00.
i) Medidas de seguridad con indicación del nivel: Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico en el Título VIII del RLOPD.
Fichero: «Videovigilancia CNMC»
a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Grabación y tratamiento de imágenes para la seguridad de las personas que acceden y transitan por el edificio de la Comisión Nacional de los mercados y la Competencia. El uso previsto es la realización de labores de seguridad y vigilancia.
b) Personas sobre las que se pretende obtener datos o que resultan obligadas a suministrarlos: Personas que transitan por los edificios del organismo o en los accesos al mismo.
c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos: Los datos registrados son recogidos por cámaras de video vigilancia mediante la captura de imágenes.
d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: Fichero de imagen.
e) Sistema de tratamiento: automatizado.
f) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: A fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado y órganos judiciales. Con carácter general, no se prevé la comunicación de estos datos a ningún otro organismo, entidad o persona física ni la transferencia a países terceros.
g) Órgano responsable de este fichero: Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Secretaría General de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
h) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: La Secretaría General de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, calle Alcalá, 47, 28014 Madrid; teléfono: 91 432 96 00.
i) Medidas de seguridad con indicación del nivel: Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico en el Título VIII del RLOPD.
j) Cancelación: Los datos serán cancelados en el plazo de un mes desde la fecha de su captación.
Fichero «Selección de personal»
a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: La gestión del proceso de selección de personal, tanto funcionario como laboral y designación de becarios.
b) Personas sobre las que se pretende obtener datos o que resultan obligadas a suministrarlos: Todas aquellas personas interesadas en participar en los procesos de selección de personal convocados por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, así como en los procesos de designación de becarios.
c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos: Los datos registrados son facilitados por los propios interesados, mediante una solicitud escrita y documentación anexa a la solicitud.
d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en las que se recogen los siguientes datos de los solicitantes: datos identificativos/personales (nombre y apellidos, fecha y lugar de nacimiento y documento nacional de identidad-número de identificación fiscal o documento equivalente, datos relativos a la minusvalía, sexo, dirección postal completa, teléfono, fax, correo electrónico, nacionalidad, firma, firma electrónica), titulación académica y especialidad, formación, experiencia profesional, conocimiento de idiomas, valoraciones e incidencias formales en la documentación a presentar.
e) Sistema de tratamiento: Mixto.
f) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Con carácter general, no se prevé la comunicación de estos datos ni la transferencia a países terceros.
g) Órgano responsable de este fichero: Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Secretaría General de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
h) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Secretaría General de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, calle Alcalá, 47, 28014 Madrid; teléfono: 91 432 96 00.
i) Medidas de seguridad con indicación del nivel: Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel medio en el Título VIII del RLOPD.
Fichero: «Nóminas: NEDAES»
a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: La gestión mecanizada de las situaciones e incidencias de la nómina del personal que presta sus servicios en la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y de la cotización de becarios, así como la obtención de todos los documentos derivados de las mismas.
b) Personas sobre las que se pretende obtener datos o que resultan obligadas a suministrarlos: Personas al servicio de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia por una relación de dependencia estatutaria, funcionarial o contractual y becarios.
c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos: Por los propios interesados o sus representantes legales, mediante declaraciones y/o formularios cumplimentados al efecto, Registro Central de Personal (RCP) y otros órganos de las Administraciones Públicas.
d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en las que se recogen los siguientes datos: identificativos (Nombre y apellidos, DNI/NIF o documento equivalente, nº de Afiliación a la Seguridad Social/mutualidad, dirección postal completa, firma, firma electrónica), personales (fecha y lugar de nacimiento, nacionalidad, sexo, Estado Civil, Número de hijos, Grado de minusvalía), Afiliación sindical, profesionales (situación, cuerpo/escala, grupo, nivel/categoría, grupo cotización, tipo de vinculación o contrato, antigüedad, departamento y puesto) y económicos (retribuciones, retenciones, préstamos, datos de domiciliación bancaria).
e) Sistema de tratamiento: Mixto.
f) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Podrán ser cedidos, conforme a la normativa aplicable: MUFACE y otras mutualidades de funcionarios, Clases Pasivas, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, Administración Tributaria, Organizaciones Sindicales, Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, Banco de España, Entidades Bancarias y Cajas de Ahorro y Órganos Judiciales. Con carácter general, no se prevé la comunicación de estos datos a ningún otro organismo, entidad o persona física ni la transferencia a países terceros.
g) Órgano responsable de este fichero: Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Secretaría General de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
h) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Secretaría General de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, calle Alcalá, 47, 28014 Madrid; teléfono: 91 432 96 00.
i) Medidas de seguridad con indicación del nivel: Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico en el Título VIII del RLOPD (en aplicación del artículo 81, apartados 5 y 6).
Fichero «Gestión de personal»
a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Gestión de personal adscrito a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, así como becarios, incluyendo situaciones, incidencias, prevención de riesgos y/o accidentes laborales, gestión de carrera profesional, formación del personal, planes de pensiones, control de incompatibilidades, adjudicación y gestión de ayudas de acción social, control horario. Recursos Humanos, estadísticas e impresos necesarios en la gestión de personal.
b) Personas sobre las que se pretende obtener datos o que resultan obligadas a suministrarlos: Personal vinculado a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia por una relación de dependencia estatutaria, funcionarial o contractual, becarios, otros órganos de las Administraciones Públicas, Registro Central de Personal.
c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos: Declaraciones y/o formularios cumplimentados por los propios interesados y Registro Central de Personal.
d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en las que se recogen los siguientes datos: identificativos propios (nº registro personal, firma, fotografía, dirección postal completa, fax, teléfono, dirección de correo electrónico, huella dactilar, firma, firma electrónica), identificativos propios y de ascendientes/descendientes (nombre y apellidos, D.N.I./N.I.F. o documento equivalente, número de afiliación a la Seguridad Social/mutualidad, fecha y lugar de nacimiento, nacionalidad, sexo, estado civil, número de hijos, grado de minusvalía) profesionales (cuerpo/escala, grupo, nivel/categoría, tipo vinculación o contrato, antigüedad, puesto, departamento, incompatibilidades, altas y bajas, licencias, permisos y autorizaciones, fechas y de entrada/salida, motivo de ausencia) y otros tipos de datos (profesionales, académicos y de formación, número de abono transporte, de pólizas de seguros, número de póliza de seguro médico con datos personales de nombre, apellidos y fecha de nacimiento de los beneficiarios del mismo, datos fiscales, datos bancarios). Datos especialmente protegidos: salud.
e) Sistema de tratamiento: Mixto.
f) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Podrán ser cedidos a la Hacienda Pública y Administración Tributaria, Tribunal de Cuentas o equivalente autonómico, Registro Central de Personal, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, otros órganos de las Administraciones Públicas o de la Unión Europea; entidades bancarias y cajas de ahorro, servicios de prevención ajeno, mutua, Instituto Nacional de Administración Pública y otros organismos o entidades de convoquen o impartan actividades de formación, entidades a las que se encomiende la gestión de los beneficios sociales y la gestión en materia de prevención de riesgos laborales.
Con carácter general, no se prevé la comunicación de estos datos a ningún otro organismo, entidad o persona física ni la transferencia a países terceros.
g) Órgano responsable de este fichero: Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Secretaría General de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
h) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Secretaría General de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, calle Alcalá, 47, 28014 Madrid; teléfono: 91 432 96 00.
i) Medidas de seguridad con indicación del nivel: Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel alto en el Título VIII del RLOPD, aunque en algunos casos bastará aplicar medidas de nivel básico (en aplicación del artículo 81, apartados 5 y 6).
Fichero: «Gestión económica y presupuestaria»
a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Gestión económico-presupuestaria, contable, fiscal y administrativa del gasto de la CNMC.
Tramitación de expedientes de contratación y de gasto, gestión contable de las dotaciones presupuestarias, gestión de justificantes de gastos, elaboración de documentos contables, gestión de compensaciones y dietas de personal, gestión de inventario.
b) Personas sobre las que se pretende obtener datos o que resultan obligadas a suministrarlos: Los interesados o sus representantes, adjudicatarios o proveedores y personal que preste servicios para éstos. Personal laboral, funcionario y estatutario.
c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos: Datos aportados directamente por el interesado mediante entrega de documentación requerida en cada procedimiento, declaración o formulario al efecto.
d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en la que se recogen los siguientes datos: identificativos (nombre y apellidos o razón social; NIF/CIF o documento equivalente; datos bancarios; dirección postal completa; teléfono; fax; dirección de correo electrónico, firma, firma electrónica), profesionales (cargo y funciones); datos relativos a la contratación: clasificación, contrato, datos económicos, datos de facturación y bancarios. Datos de transacciones: bienes y servicios, compensaciones e indemnizaciones, costas judiciales. Número registro de personal, cuerpo/escala, grupo/nivel, categoría.
e) Sistema de tratamiento: Mixto.
f) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Se prevé la cesión de los datos a Hacienda Pública y Administración tributaria, Tribunal de Cuentas o equivalente autonómico, Intervención General de la Administración del Estado y otros órganos de la Administración General del Estado y de la Unión Europea, entidades financieras.
Con carácter general, no se prevén la cesión de los datos a ningún otro organismo, entidad o persona física ni la transferencia a países terceros.
g) Órgano responsable de este fichero: Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Secretaría General de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
h) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Secretaría General de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, calle Alcalá, 47, 28014 Madrid; teléfono: 91 432 96 00.
i) Medidas de seguridad con indicación del nivel: Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico en el Título VIII del RLOPD.
Fichero: «SIGECO»
Sistema de información de gestión económica
a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Gestión económica financiera y contable.
b) Personas sobre las que se pretende obtener datos o que resultan obligadas a suministrarlos: Empresas obligadas a declarar tasas y cuotas con destinos específicos del sector energético a la CNMC.
c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos: Datos aportados por los interesados mediante declaración o formulario al efecto.
d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en la que se recogen los siguientes datos: identificativos (NIF/CIF o documento equivalente, nombre y apellidos, dirección postal completa, teléfono, fax, dirección correo electrónico, firma, firma electrónica), personales (datos bancarios), datos económicos.
e) Sistema de tratamiento: Mixto.
f) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Se prevé la cesión de los datos a la Administración tributaria y a entidades bancarias y cajas de ahorro. Con carácter general, no se prevé la comunicación de estos datos a ningún otro organismo, entidad o persona física ni la transferencia a países terceros.
g) Órgano responsable de este fichero: Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Secretaría General de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
h) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Secretaría General de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, calle Alcalá, 47, 28014 Madrid; teléfono: 91 432 96 00.
i) Medidas de seguridad con indicación del nivel: Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico en el Título VIII del RLOPD.
Fichero: «Servicio interno electrónico»
a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: La finalidad del fichero es la administración y gestión electrónica interna de la CNE. Los usos previstos son los derivados de la gestión de personal/usuarios, administración de red, centro de servicio al usuario, así como aquellos que resulten de las restantes actividades relacionadas con el funcionamiento y gestión interna de la CNE.
b) Personas sobre las que se pretende obtener datos o que resultan obligadas a suministrarlos: Personal vinculado a la CNE por una relación de dependencia estatutaria o contractual, así como el personal externo que presta sus servicios a la CNE.
c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos: Datos aportados por los interesados mediante declaración escrita, comunicación electrónica o formulario al efecto.
d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en la que se recogen los siguientes datos: identificativos (NIF/CIF o documento equivalente, nombre y apellidos, dirección postal completa, teléfono, fax, dirección correo electrónico, firma, firma electrónica, nombre y apellidos del supervisor, nombre y apellidos de los supervisados), personales (datos bancarios, datos de empresa y cargo), datos económicos.
e) Sistema de tratamiento: Mixto.
f) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Con carácter general, no se prevé la comunicación de estos datos a ningún otro organismo, entidad o persona física ni la transferencia a países terceros.
g) Órgano responsable de este fichero: Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Secretaría General de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
h) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Secretaría General de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, calle Alcalá, 47, 28014 Madrid; teléfono: 91 432 96 00.
i) Medidas de seguridad con indicación del nivel: Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico en el Título VIII del RLOPD.
FICHERO: «Gestión de expedientes»
a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Gestión documental de los expedientes o procedimientos que se tramitan en la CNMC.
b) Personas sobre las que se pretende obtener datos o que resultan obligadas a suministrarlos: Personas físicas interesadas o representantes legales de los interesados en los expedientes o procedimientos que se tramitan en la Comisión. Otras personas distintas del afectado o su representante y Administraciones Públicas.
c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos: Datos aportados por los interesados o terceros mediante declaración escrita, comunicación electrónica, la remisión de documentación y/ cumplimentación de formularios o códigos de tablas al efecto u obtenidos por el propio organismo en el ejercicio de sus competencias.
d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en la que se recogen los siguientes datos: identificativos (NIF/CIF o documento equivalente, nombre y apellidos, dirección postal completa, teléfono, fax, dirección correo electrónico, firma, firma electrónica) profesionales (puesto o representación), datos empresariales, económicos, datos bancarios, datos financieros y de seguros, datos comerciales y de infracciones y sanciones administrativas.
e) Sistema de tratamiento: Mixto.
f) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Se prevé la cesión de los datos a otros órganos de las Administraciones Públicas de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de la Unión Europea, en el ámbito de sus competencias, a la administración tributaria, a los Juzgados y Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Con carácter general, no se prevé la comunicación de estos datos a ningún otro organismo, entidad o persona física ni la transferencia a países terceros.
g) Órgano responsable de este fichero: Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Secretaría del Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
h) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Secretaría del Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, calle Alcalá, 47, 28014 Madrid; teléfono: 91 432 96 00.
i) Las medidas de seguridad con indicación del nivel: Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico en el Título VIII del RLOPD.
Fichero: «Biblioteca y Centro de Documentación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia»
a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Control y gestión de consultas y solicitudes de información recibidas en la Biblioteca y Centro de Documentación de la CNMC, así como el control y gestión del préstamo de libros, documentos y cualquier otro tipo de publicación depositado en la Biblioteca y Centro de Documentación de la CNMC.
b) Personas sobre las que se pretende obtener datos o que resultan obligadas a suministrarlos: El propio interesado que solicita el préstamo o la información o realiza la consulta a la Biblioteca y Centro de Documentación de la CNMC.
c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos: Los datos registrados son facilitados por los propios interesados mediante declaración oral, escrita, telefónica, comunicación electrónica, y/o cumplimentación de los formularios al efecto.
d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en la que se recogen los siguientes datos: Datos identificativos y personales de quienes contactan o solicitan alguna información o préstamo a la Biblioteca y Centro de Documentación de la CNMC: identificativos (para persona vinculada a la CNMC: nombre y apellidos y código de lector de la Biblioteca; para las restantes personas: nombre y apellidos, teléfono y/o correo electrónico; firma, firma electrónica); profesionales (lugar de trabajo, empresa o centro de investigación sector de la empresa o centro de investigación o, en su caso, departamento de la CNMC). Datos específicos de la consulta o préstamos realizados (tema de la consulta, necesidad de información o motivo de la consulta, modalidad del préstamo, fecha de solicitud, de respuesta de la consulta y de realización del préstamo, código del documento prestado, herramienta utilizada por el documentalista para resolver la consulta, observaciones o incidencias).
e) Sistema de tratamiento: Mixto.
f) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Con carácter general, no se prevé la comunicación de estos datos a ningún otro organismo o persona ni la transferencia a países terceros.
g) Órgano responsable de este fichero: Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Departamento de Promoción de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
h) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Departamento de Promoción de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, calle Alcalá, 47, 28014 Madrid; teléfono: 91 432 96 00.
i) Las medidas de seguridad con indicación del nivel: Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico en el Título VIII del RLOPD.
Fichero: «SINCRO»
Sistema de información y control del sistema eléctrico
a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: El sistema de información tiene por objeto regular el procedimiento de liquidación de las obligaciones de pago y derechos de cobro necesarios para retribuir las actividades de transporte, distribución, comercialización a tarifa, así como de los costes permanentes del sistema -incluyendo los costes de transición a la competencia- y de los costes de diversificación y seguridad de abastecimiento. Se utiliza para el cálculo de liquidaciones y compensaciones por interrumpibilidad del servicio, pérdida de clientes y regímenes especiales, todo ello en el ámbito del Real Decreto 2017/1997, de 26 de diciembre, y el Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo. Asimismo, se utiliza para la supervisión de la información remitida por productores y comercializadores a efectos del Sistema de Garantía de Origen previsto en la Orden ITC/1522/2007 y en el artículo 110 bis del Real Decreto 1955/2000. Todo ello de conformidad con las previsiones de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
b) Personas sobre las que se pretende obtener datos o que resultan obligadas a suministrarlos: Las empresas y agrupaciones de empresas que desarrollan actividades eléctricas reguladas de transporte y distribución de energía eléctrica, y, además, los titulares de las instalaciones de generación y sus representantes, los comercializadores, el operador del sistema y el operador del mercado, en el ámbito del Reaol Decreto 2017/1997 de 26 de diciembre (BOE del 27).
c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos: Los datos registrados son facilitados por los propios interesados mediante declaraciones y/o formularios al efecto.
d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en la que se recogen los siguientes datos identificativos: personales (nombre y apellidos, NIF, puesto o cargo, teléfono, fax, correo electrónico y dirección postal completa, firma, firma electrónica) de personas físicas o jurídicas de empresas generadoras, de propietarios y/o representante de instalaciones distribuidoras, comercializadoras, consumidores, titulares o representantes de instalaciones de régimen especial, cedentes y cesionarios, así como códigos universales para puntos frontera de clientes [CUPS] y el Código de la instalación de producción a efectos de liquidación [CIL] y el IBAN.
e) Sistema de tratamiento: Mixto.
f) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Conforme al apartado tercero de la Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de 13 de diciembre de 2001, modificada por Resolución de 28 de febrero de 2013, se prevé la comunicación de los datos a la Dirección General de Política Energética y Minas. Se prevé la comunicación a la Agencia Tributaria y órganos judiciales. Con carácter general, no se prevé la comunicación de estos datos a ningún otro organismo, entidad o persona física ni la transferencia a países terceros.
g) Órgano responsable de este fichero: La Dirección de Energía de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
h) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: La Dirección de Energía de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. C/ Alcalá, 47, 28014 Madrid; Teléfono: 91 432 96 00.
i) Medidas de seguridad con indicación del nivel: Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico en el Título VIII del RLOPD.
Fichero: «SICE»
Sistema de información sobre consumidores de energía eléctrica [Circulares 1 y 2/2005]
a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Solicitud de información a distribuidores y comercializadores de energía eléctrica para velar por una competencia efectiva, transparencia y objetividad de los sistemas energéticos en beneficio de todos los sujetos que operan en dichos sistemas y de los consumidores.
b) Personas sobre las que se pretende obtener datos o que resultan obligadas a suministrarlos: Los sujetos que conforme al apartado primero de la Circular 1/2005 y apartado primero de la Circular 2/2005 de la Comisión Nacional de Energía, (BOE de 17 de agosto de 2005) sobre petición de información de consumidores de energía eléctrica en el mercado a distribuidores y comercializadores.
c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos: Los datos registrados son facilitados por los propios sujetos mediante declaraciones y/o formularios al efecto.
d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en la que se recogen los siguientes datos identificativos: personales del interlocutor designado por la empresa declarante (nombre y apellidos, puesto o cargo, número de teléfono, correo electrónico de contacto, fax y dirección postal completa, firma, firma electrónica).
e) Sistema de tratamiento: Mixto.
f) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Con carácter general, no se prevé la comunicación de estos datos a ningún otro organismo, entidad ni persona física ni la transferencia a países terceros.
g) Órgano responsable de este fichero: La Dirección de Energía de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
h) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: La Dirección de Energía de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, cale Alcalá, 47, 28014 Madrid; teléfono: 91 432 96 00.
i) Medidas de seguridad con indicación del nivel: Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico en el Título VIII del RLOPD.
Fichero: «SIFCO»
Sistema de información sobre facturación y consumos del sector del gas
a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Sistema de información sobre facturación y consumos del sector del gas para el cálculo de liquidaciones y control de la facturación del sector del gas.
b) Personas sobre las que se pretende obtener datos o que resultan obligadas a suministrarlos: Aquellos sujetos conforme al artículo 11, punto 2, de la Orden ECO/2692/2002, de 28 de octubre (BOE de 1 de noviembre), así como los sujetos de liquidaciones entendiendo como tal, a toda compañía que realice facturación a tarifas o peajes con independencia de la fecha de su inclusión en el régimen económico que serán incluidas en el sistema de liquidaciones de acuerdo con la Orden ECO/2692/2002, de 28 de octubre, por la que se regulan los procedimientos de liquidación de las actividades reguladas del sector de gas natural.
c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos: Los datos registrados son facilitados por los propios sujetos mediante declaraciones y/o formularios al efecto.
d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en la que se recogen los siguientes datos identificativos: de la empresa declarante, CUPS (código universal de punto de suministro), provincia, código postal, dirección postal del punto de suministro, razón social del consumidor en el punto de suministro, CIF/NIF del consumidor y CNAE (código nacional de actividad económica), así como datos personales: respecto de los representantes o personas de contacto (nombre y apellidos, NIF, puesto profesional desempeñado, dirección postal y electrónica, teléfono y fax profesionales, firma, firma electrónica).
e) Sistema de tratamiento: Mixto.
f) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Conforme al artículo 11, punto 3, de la Orden ECO/2692/2002, de 28 de octubre (BOE de 1 de noviembre), se prevé la cesión de los datos a la Dirección General de Política Energética y Minas. Se prevé la comunicación a la Agencia Tributaria y órganos judiciales. Con carácter general, no se prevé la comunicación de estos datos a ningún otro organismo, entidad o persona jurídica ni la transferencia a países terceros.
g) Órgano responsable de este fichero: La Dirección de Energía de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
h) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: La Dirección de Energía de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, calle Alcalá, 47, 28014 Madrid; teléfono: 91 432 96 00.
i) Medidas de seguridad con indicación del nivel: Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico en el Título VIII del RLOPD.
Fichero: «SIRGAS»
Sistema de información sobre consumo y aprovisionamiento del sector del gas
a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Sistema de información sobre consumo, aprovisionamiento y existencias del sector del gas, para uso estadístico y control.
b) Personas sobre las que se pretende obtener datos o que resultan obligadas a suministrarlos: Los sujetos que actúan en el sistema de gas natural conforme a la Resolución de 15 de diciembre de 2008, de la Dirección General de Política Energética y Minas (BOE de 21 de enero de 2009).
c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos: Los datos registrados son facilitados por los propios sujetos mediante declaraciones y/o formularios al efecto.
d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en la que se recogen los siguientes datos identificativos de los sujetos obligados: personales (nombre y apellidos del interlocutor designado, cargo, empresa, NIF/CIF, dirección postal, teléfono y fax profesionales y correo electrónico, firma, firma electrónica).
e) Sistema de tratamiento: Mixto.
f) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Con carácter general, no se prevé la comunicación de estos datos a ningún otro organismo, entidad o persona física ni la transferencia a países terceros.
g) Órgano responsable de este fichero: La Dirección de Energía de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
h) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: La Dirección de Energía de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, calle Alcalá, 47, 28014 Madrid; teléfono: 91 432 96 00.
i) Medidas de seguridad con indicación del nivel: Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico en el Título VIII del RLOPD.
Fichero: «SIRA»
Sistema de información sobre ventas, producción, aprovisionamiento y existencias del sector de hidrocarburos
a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Sistema de información sobre ventas, producción, aprovisionamiento y existencias del sector de hidrocarburos, para uso estadístico y control.
b) Personas sobre las que se pretende obtener datos o que resultan obligadas a suministrarlos: Los sujetos obligados a mantener existencias mínimas de seguridad de productos petrolíferos, los titulares de refinerías o las plantas de producción de biocarburantes, los distribuidores o consumidores que importen biocarburantes y las empresas que presten servicios de almacenamiento o arrendamiento de existencias a cualesquiera sujetos obligados a mantener existencias mínimas de seguridad.
c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos: Los datos registrados son facilitados por los propios sujetos mediante formularios al efecto enviados por correo electrónico.
d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en la que se recogen los siguientes datos identificativos de carácter personal: nombre y apellidos del interlocutor o interlocutores designados y/o del representante legal, puesto o cargo, número de teléfono, empresa con NIF/CIF de la misma, firma, firma electrónica.
e) Sistema de tratamiento: Mixto.
f) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Se prevé la comunicación a la Agencia Tributaria, Cuerpos y Fuerzas de la Seguridad del Estado y órganos judiciales. Con carácter general, no se prevé la comunicación de estos datos a ningún otro organismo, entidad o persona física ni la transferencia a países terceros.
g) Órgano responsable de este fichero: La Dirección de Energía de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
h) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: La Dirección de Energía de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, calle Alcalá, 47, 28014 Madrid; teléfono: 91 432 96 00.
i) Medidas de seguridad con indicación del nivel: Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico en el Título VIII del RLOPD.
Fichero: «EVEREST»
Sistema de información para la metodología de retribución a la actividad de distribución de energía eléctrica
a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Sistema de información para la metodología de retribución a la actividad de distribución de energía eléctrica.
b) Personas sobre las que se pretende obtener datos o que resultan obligadas a suministrarlos: Los sujetos sometidos al procedimiento de liquidación establecido en el Real Decreto 2017/1997, de 26 de diciembre, y que realizan la actividad de distribución, tal y como está definida en el artículo 36 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
El Operador del Sistema y Gestor de la Red de Transporte, tal y como está definido en el artículo 6 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos: Los datos registrados son facilitados por los propios sujetos mediante declaraciones y/o formularios al efecto.
d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en la que se recogen los siguientes datos identificativos: personales (nombre y apellidos del interlocutor designado, puesto o cargo, número de teléfono, correo electrónico, dirección postal completa, empresa y NIF/CIF, firma, firma electrónica), CUPS y códigos de instalaciones de régimen especial.
e) Sistema de tratamiento: Mixto.
f) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Podrán ser cedidos a otras Administraciones Públicas en el ejercicio de sus competencias (otros órganos de la Administración General del Estado y Comunidades Autónomas).
Con carácter general, no se prevé la cesión de estos datos a ningún otro organismo, entidad o persona jurídica ni la transferencia a países terceros.
g) Órgano responsable de este fichero: La Dirección de Energía de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
h) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: La Dirección de Energía de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, calle Alcalá, 47, 28014 Madrid; teléfono: 91 432 96 00.
i) Medidas de seguridad con indicación del nivel: Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico en el Título VIII del RLOPD.
Fichero: «Sistema de garantías de origen y etiquetado de la electricidad»
a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Gestión por parte de la CNMC del Sistema de Garantía de Origen y Etiquetado de la Electricidad procedente de fuentes de energía renovables y de cogeneración de alta eficiencia, establecido en la Orden Ministerial ITC/1522/2007, de 24 de mayo, modificada por la Orden Ministerial ITC/2914/2011, de 27 de octubre y en las Circulares 6/2012, de 27 de septiembre, y 1/2008, de 7 de febrero, de la Comisión Nacional de Energía, junto al Real Decreto 661/2007, de 11 de mayo, que modifica el artículo 110 bis del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en desarrollo de la función prevista en el artículo 7.23 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
b) Personas sobre las que se pretende obtener datos o que resultan obligadas a suministrarlos: Titulares de las instalaciones de producción de electricidad, distribuidores, operador del sistema, comercializadores de electricidad.
c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos: Los datos registrados son proporcionados por los propios interesados mediante declaraciones y/o formularios al efecto.
d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en las que se recogen los siguientes datos identificativos: personales (nombre y apellidos, NIF, puesto o cargo, teléfono, fax, correo electrónico y dirección postal completa, firma, firma electrónica) de personas físicas titulares de instalaciones de producción de energía eléctrica con fuentes de energía renovables y de cogeneración de alta eficiencia, así como de representantes de los titulares de estas instalaciones o de comercializadores de electricidad y códigos universales para puntos frontera de clientes [CUPS].
e) Sistema de tratamiento: Mixto.
f) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Se prevé la comunicación a órganos judiciales y fuerzas y cuerpos de la Seguridad del Estado. Con carácter general, no se prevé la comunicación de estos datos a ningún otro organismo, entidad o persona física ni la transferencia a países terceros.
g) Órgano responsable de este fichero: La Dirección de Energía de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
h) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: La Dirección de Energía de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, calle Alcalá, 47, 28014 Madrid; teléfono: 91 432 96 00.
i) Medidas de seguridad con indicación del nivel: Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico en el Título VIII del RLOPD.
Fichero: «Abonados del Sistema de Gestión de Datos de Abonado (SGDA)»
a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Recoger los datos de los abonados al servicio telefónico disponible al público para su puesta a disposición de las entidades habilitadas que lo soliciten, de conformidad con lo dispuesto en el marco normativo sectorial de comunicaciones electrónicas que resulta de aplicación.
b) Personas sobre las que se pretende obtener datos o que resultan obligadas a suministrarlos: Abonados del servicio telefónico disponible al público.
c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos: Los datos son suministrados por los operadores de servicios de telefonía disponible al público que dispongan de recursos de numeración asignados, y son cargados por éstos periódicamente por vía telemática en la herramienta que soporta el SGDA.
d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en las que se recogen los siguientes datos identificativos: nombre y apellidos, DNI/NIF o documento equivalente, número de teléfono y domicilio, firma, firma electrónica.
e) Sistema de tratamiento: Automatizado.
f) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Los datos se cederán a las entidades habilitadas para el suministro de los datos de abonado a las que la normativa sectorial de aplicación reconoce este derecho, en particular:
– Prestadores del servicio de consulta telefónica sobre números de abonado,
– Entidades que elaboren guías telefónicas
– Entidades que presten servicios de llamadas de emergencia a través del número 112 u otras que determine la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.
– Entidades autorizadas por autoridad judicial para la interceptación legal de comunicaciones.
Con carácter general, no se prevé la cesión de estos datos a ningún otro organismo, entidad o persona física ni la transferencia a países terceros.
g) Órgano responsable de este fichero: Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Dirección de Telecomunicaciones y del Sector Audiovisual de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
h) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección de Telecomunicaciones y del Sector Audiovisual de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, calle Bolivia, 56, 08018 Barcelona; teléfono: 93 603 62 00.
La atención de estos derechos se ajustará a lo dispuesto en el apartado Noveno de la Circular 1/2013, de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, sobre el procedimiento de suministro y recepción de los datos de los abonados para la prestación de servicios de guías, consulta telefónica sobre números de abonado y emergencias. La CNMC garantiza a los abonados el derecho de acceso, mientras que el resto de derechos (rectificación, cancelación y oposición) deberán ejercitarse por el afectado directamente ante los operadores de telecomunicaciones de los que sea cliente.
i) Medidas de seguridad con indicación del nivel: Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico en el Título VIII del RLOPD.
Fichero: «Usuarios del Sistema de Gestión de Datos de Abonado (SGDA)»
a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Gestión del acceso de las entidades usuarias al Sistema de Gestión de Datos de Abonado para el suministro en condiciones de equidad de los datos de los abonados para la prestación de los servicios de guías telefónicas, consulta telefónica sobre números de abonado y servicios de emergencias.
b) Personas sobre las que se pretende obtener datos o que resultan obligadas a suministrarlos: Operadores del servicio telefónico disponible al público y entidades habilitadas para el suministro de los datos de los abonados, sus representantes legales y personas de contacto, en particular:
Operadores obligados al suministro de datos de sus abonados (operadores que proporcionen a sus abonados numeración):
– Operadores que presten el servicio telefónico disponible al público.
– Revendedores del servicio telefónico disponible al público.
– Prestadores de servicios vocales nómadas.
Entidades habilitadas para la descarga de los datos de abonados:
– Prestadores del servicio de consulta telefónica sobre números de abonado,
– Entidades que elaboren guías telefónicas
– Entidades que presten servicios de llamadas de emergencia a través del número 112 u otras que determine la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.
c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos: Los datos son suministrados directamente por los operadores obligados al suministro y las entidades habilitadas para la descarga de datos del Sistema de Gestión de Datos de Abonados, según el procedimiento telemático previsto en la Circular 1/2013, de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, sobre el procedimiento de suministro y recepción de los datos de los abonados para la prestación de servicios de guías, consulta telefónica sobre números de abonado y emergencias.
d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en las que se recogen los siguientes datos identificativos: nombre y apellidos, DNI/NIF o documento equivalente, domicilio, teléfono(s) de contacto, correo electrónico, firma, firma electrónica; personales (cargo o puesto en la empresa).
e) Sistema de tratamiento: Automatizado.
f) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Con carácter general, no se prevé la cesión de estos datos ni la transferencia a países terceros.
g) Órgano responsable de este fichero: Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Dirección de Telecomunicaciones y del Sector Audiovisual de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
h) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección de Telecomunicaciones y del Sector Audiovisual de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, calle Bolivia, 56, 08018 Barcelona; teléfono: 93 603 62 00.
i) Medidas de seguridad con indicación del nivel: Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico en el Título VIII del RLOPD.
Fichero: «Registro de asignaciones de recursos públicos de numeración»
a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Gestión y llevanza del registro público de asignaciones de recursos públicos de numeración.
b) Personas sobre las que se pretende obtener datos o que resultan obligadas a suministrarlos: Entidades o empresas titulares de las asignaciones y reservas de recursos públicos de numeración y sus representantes legales o personas de contacto.
c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos: Datos aportados por el interesado en la solicitud de asignación y reserva de recursos públicos de numeración.
d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en las que se recogen los siguientes datos personales: identificativos (nombre y apellidos o denominación o razón social del titular, nombre y apellidos, nacionalidad, domicilio, DNI/NIF, firma, firma electrónica, correo electrónico y teléfono del representante legal,), datos relativos a la inscripción en el Registro Mercantil, en su caso.
e) Sistema de tratamiento: Mixto.
f) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Además del acceso a los datos que tiene lugar por su condición de Registro público, se prevé la comunicación, en el ámbito de sus competencias, a otros órganos de la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas, Administración Local, Administración Tributaria y juzgados. Con carácter general, no se prevé la comunicación de estos datos en términos distintos de los indicados ni a ningún otro organismo, entidad o persona física ni la transferencia a países terceros.
g) Órgano responsable de este fichero: Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Dirección de Telecomunicaciones y del Sector Audiovisual de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
h) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección de Telecomunicaciones y del Sector Audiovisual de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, calle Bolivia, 56, 08018 Barcelona; teléfono: 93 603 62 00.
i) Medidas de seguridad con indicación del nivel: Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico en el Título VIII del RLOPD.
Fichero: «Registro de operadores de redes y servicios de comunicaciones electrónicas»
a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Gestión y llevanza del registro público de Operadores de redes y servicios de comunicaciones electrónicas, según las funciones asignadas a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia por el marco normativo de aplicación.
b) Personas sobre las que se pretende obtener datos o que resultan obligadas a suministrarlos: Entidades o empresas obligadas a la inscripción en el Registro y sus representantes legales o personas de contacto.
c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos: Datos aportados directamente por el interesado mediante presentación del formulario de notificación fehaciente de inicio de actividad.
d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en las que se recogen los siguientes datos personales: identificativos (nombre y apellidos o denominación o razón social del titular, nombre y apellidos, nacionalidad, domicilio, DNI/NIF, firma, firma electrónica, correo electrónico y teléfono del representante legal,), datos relativos a la inscripción en el Registro Mercantil, en su caso.
e) Sistema de tratamiento: Mixto
f) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Además del acceso a los datos que tiene lugar por su condición de Registro público, se prevé la comunicación, en el ámbito de sus competencias, a otros órganos de la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas, Administración Local, Administración Tributaria y juzgados. Con carácter general, no se prevé la comunicación de estos datos en términos distintos de los indicados ni a ningún otro organismo, entidad o persona física ni la transferencia a países terceros.
g) Órgano responsable de este fichero. Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Dirección de Telecomunicaciones y del Sector Audiovisual de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
h) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición. Dirección de Telecomunicaciones y del Sector Audiovisual de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, calle Bolivia, 56, 08018 Barcelona; teléfono: 93 603 62 00.
i) Medidas de seguridad con indicación del nivel: Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico en el Título VIII del RLOPD.
Fichero: «Registro de parámetros de información de los servicios de Televisión Digital Terrestre»
a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: La finalidad del fichero es contener los datos registrales que constituyen el objeto de la inscripción en el Registro de parámetros de información de los servicios de televisión digital terrestre (TDT), de conformidad con lo dispuesto en la Orden ITC/2212/2007, de 12 de julio, por la que se establecen obligaciones y requisitos para los gestores de múltiples digitales de la televisión digital terrestre y por la que se crea y regula el registro de parámetros de información de los servicios de televisión digital terrestre.
b) Personas sobre las que se pretende obtener datos o que resultan obligadas a suministrarlos: Entidades o empresas obligadas a la inscripción en el Registro de parámetros de información de los servicios de televisión digital terrestre, que sean gestoras de múltiples digitales de la televisión digital terrestre o entidades habilitadas para la explotación de canales digitales y sus representantes legales o personas de contacto.
c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos: Datos aportados por el interesado en la solicitud de asignación de valores de los parámetros de Información de Servicio Identificador de Trama de Transporte e Identificador de Servicio.
d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en las que se recogen los siguientes datos personales: identificativos (nombre y apellidos o denominación o razón social del titular, nombre y apellidos, nacionalidad, domicilio, DNI/NIF, firma, firma electrónica, correo electrónico y teléfono del representante legal,), datos relativos a la inscripción en el Registro Mercantil, en su caso.
e) Sistema de tratamiento: Mixto.
f) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Además del acceso a los datos que tiene lugar por su condición de Registro público, se prevé la comunicación, en el ámbito de sus competencias, a otros órganos de la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas, Administración Local, Administración Tributaria y juzgados. Con carácter general, no se prevé la comunicación de estos datos en términos distintos de los indicados ni a ningún otro organismo, entidad o persona física ni la transferencia a países terceros.
g) Órgano responsable de este fichero: Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Dirección de Telecomunicaciones y del Sector Audiovisual de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
h) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección de Telecomunicaciones y del Sector Audiovisual de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, calle Bolivia, 56, 08018 Barcelona; teléfono: 93 603 62 00.
i) Medidas de seguridad con indicación del nivel: Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico en el Título VIII del RLOPD.
Fichero: «Registro estatal de prestadores de servicios de comunicación audiovisual»
a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: La finalidad del fichero es contener los datos registrales de carácter personal que constituyen el objeto de la inscripción obligatoria en el Registro Estatal de Prestadores de Servicios de Comunicación Audiovisual, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual.
b) Personas sobre las que se pretende obtener datos o que resultan obligadas a suministrarlos: Prestadores de servicios de comunicación audiovisual y sus representantes legales o personas de contacto.
c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos: Los datos se recogen mediante la cumplimentación del formulario facilitado a tal efecto.
d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en las que se recogen los siguientes datos personales: identificativos (nombre y apellidos o denominación o razón social del titular, nombre y apellidos, nacionalidad, domicilio, DNI/NIF, firma, firma electrónica, correo electrónico y teléfono del representante legal), datos relativos a la inscripción en el Registro Mercantil, en su caso.
e) Sistema de tratamiento: Mixto.
f) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Además del acceso a los datos que tiene lugar por su condición de Registro público, se prevé la comunicación, en el ámbito de sus competencias, a otros órganos de la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas, Administración Local, Administración Tributaria y juzgados. Con carácter general, no se prevé la comunicación de estos datos en términos distintos de los indicados ni a ningún otro organismo, entidad o persona física ni la transferencia a países terceros.
g) Órgano responsable de este fichero: Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Dirección de Telecomunicaciones y del Sector Audiovisual de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
h) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección de Telecomunicaciones y del Sector Audiovisual de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, calle Bolivia, 56, 08018 Barcelona; teléfono: 93 603 62 00.
i) Medidas de seguridad con indicación del nivel: Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico en el Título VIII del RLOPD.
Fichero: «Usuarios servicios de suscripción»
a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Gestión del funcionamiento y contenidos del sitio web «CNMC blog», así como de los servicios de suscripción de la CNMC.
b) Personas sobre las que se pretende obtener datos o que resultan obligadas a suministrarlos: Personas físicas usuarias del blog y de los servicios de suscripción de la CNMC.
c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos: Los datos son aportados directamente por el interesado mediante la cumplimentación de los formularios de recogida de datos que aparecen en el sitio web del organismo.
d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: El fichero contiene los siguientes datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, nombre de usuario, teléfono, medio de comunicación al que representa, dirección de correo electrónico, firma, firma electrónica.
e) Sistema de tratamiento: Automatizado.
f) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: No se prevén cesiones ni transferencias internacionales de los datos que contiene el fichero.
g) Órgano responsable de este fichero: Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Presidencia de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
h) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Presidencia de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, calle Alcalá, 47, 28014 Madrid; teléfono: 91 432 96 00.
i) Medidas de seguridad con indicación del nivel: Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico en el Título VIII del RLOPD.
Fichero: «Colaboradores y suscriptores de Wikitel»
a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Gestión, administración y control de los contenidos del sitio web Wikitel.
b) Personas sobre las que se pretende obtener datos o que resultan obligadas a suministrarlos: Personas físicas que visitan y participan en el sitio web Wikitel.
c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos: Los datos son aportados directamente por el interesado mediante la cumplimentación de los formularios de recogida de datos que aparecen en el sitio web.
d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: El fichero contiene los siguientes datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, nombre de usuario y dirección de correo electrónico, firma, firma electrónica.
e) Sistema de tratamiento: Automatizado.
f) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: No se prevén cesiones ni transferencias internacionales de los datos.
g) Órgano responsable de este fichero: Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Secretaría General de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
h) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición. La Secretaría General de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, calle Alcalá, 47, 28014 Madrid; teléfono: 91 432 96 00
i) Medidas de seguridad con indicación del nivel: Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico en el Título VIII del RLOPD.
– Fichero «Control de presencia»: Se suprime porque se incorporan sus datos al nuevo fichero «Control de acceso a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia».
– Fichero «Registro de entrada y salida de documentos»: Se suprime porque se incorporan sus datos al nuevo fichero «Registro de entrada y salida documentos en la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia».
– Fichero «Consultas, quejas y reclamaciones», se suprime porque se incorporan sus datos al nuevo fichero «Consultas, quejas, sugerencias, reclamaciones y atención a ciudadanos».
– Fichero «Videovigilancia», se suprime porque se incorporan sus datos al nuevo fichero «Videovigilancia CNMC».
– Fichero «Relaciones externas», se suprime porque se incorporan sus datos al nuevo fichero «Relaciones institucionales, comunicaciones y actos relacionados con la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia».
– Fichero «Agencia de comunicaciones y relaciones institucionales», se suprime porque se incorporan sus datos al nuevo fichero «Relaciones institucionales, comunicaciones y actos relacionados con la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia».
– Fichero «SIGECO», se suprime porque se incorporan los datos correspondientes a la gestión de cuotas y tasas de la CNMC al nuevo fichero «SIGECO» y el resto de los datos al nuevo fichero «Gestión económica y presupuestaria».
– Fichero «Personal», se suprime porque se incorporan sus datos al nuevo fichero «Gestión de personal».
– Fichero «Nomina», se suprime porque se incorporan sus datos al nuevo fichero «Nóminas: NEDAES».
– Fichero «Selección personal», se suprime porque se incorporan sus datos al nuevo fichero «Selección de Personal».
– Fichero «Servicio interno electrónico» se suprime porque se incorporan sus datos al nuevo fichero «Servicio interno electrónico».
– Fichero «Usuarios firma electrónica» se suprime porque se incorporan sus datos al nuevo fichero «Registro de entrada y salida documentos en la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia».
– Fichero «Control de acceso», se suprime porque se incorporan sus datos al nuevo fichero «Control de acceso a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia».
– Fichero «Videovigilancia», se suprime porque se incorporan sus datos al nuevo fichero «Videovigilancia CNMC».
– Fichero «Protocolo», se suprime porque se incorporan sus datos al nuevo fichero «Relaciones institucionales, comunicaciones y actos relacionados con la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia».
– Fichero «Gestión de expedientes y centro documental», se suprime porque se incorporan los datos relativos al registro de entrada y salida de documentos al nuevo fichero «Registro de entrada y salida documentos en la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia», los datos relativos a la gestión y tramitación de procedimientos y expedientes al nuevo fichero «Gestión de expedientes» y los datos relativos al centro documental al nuevo fichero de la CNMC «Biblioteca y Centro Documental».
– Fichero «Contratistas y adjudicatarios de contratos públicos», se suprime porque se incorporan sus datos al nuevo fichero «Gestión económica y presupuestaria».
– Fichero «Recursos humanos», se suprime porque se incorporan los datos correspondientes a la gestión de nóminas y elaboración de productos derivados de la misma al nuevo fichero «Nóminas: NEDAES» y el resto al nuevo fichero de la CNMC «Gestión de personal».
– Fichero «Solicitantes de empleo», se suprime porque se incorporan sus datos al nuevo fichero «Selección de personal».
– Fichero «Gestión de escuela infantil», se suprime porque la CNMC ya no es la titular del centro Escuela infantil de primer ciclo, pasando a prestarse este servicio en régimen de gestión privada mediante autorización administrativa para la ocupación privativa de espacio público. Los datos que contiene el fichero se integrarán en el fichero del prestador del servicio.
– Fichero «Atención a usuarios de servicios de telecomunicaciones», se suprime porque se incorporan sus datos al nuevo fichero de la CNMC «Consultas, quejas, sugerencias, reclamaciones y atención a ciudadanos»
– Fichero «Datos de visitantes», se suprime porque se incorporan sus datos al nuevo fichero «Control de acceso a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia».
– Fichero «Registro entrada y salidas documentos», se suprime porque se incorporan sus datos al nuevo fichero «Registro de entrada y salida documentos en la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia».
– Fichero «Videovigilancia», se suprime porque se incorporan sus datos al nuevo fichero «Videovigilancia CNMC».
– Fichero «Quejas y sugerencias», se suprime porque se incorporan sus datos al nuevo fichero «Consultas, quejas, sugerencias, reclamaciones y atención a ciudadanos».
– Fichero «Participantes actos, eventos, foros», se suprime porque se incorporan sus datos al nuevo fichero «Relaciones institucionales, comunicaciones y actos relacionados con la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia CNMC».
– Fichero «Control empresas» (DG Defensa Competencia), se suprime porque se incorporan sus datos al nuevo fichero «Gestión de expedientes».
– Fichero «Gestión de expedientes» (DG Defensa Competencia), se suprime porque se incorporan sus datos al nuevo fichero «Gestión de expedientes».
– Fichero «Automatizado de multados» (CNC), se suprime porque se incorporan sus datos al nuevo fichero «Gestión de expedientes».
– Fichero «Automatizado de multados» (TDC), se suprime porque se incorporan sus datos al nuevo fichero «Gestión de expedientes».
– Fichero «Gestión de expedientes» (TDC), se suprime porque se incorporan sus datos al nuevo fichero «Gestión de expedientes».
– Fichero «Gestión de expedientes de concentraciones económicas» (TDC), se suprime porque se incorporan sus datos al nuevo fichero «Gestión de expedientes».
– Fichero «Gestión de expedientes» (CNC), se suprime porque se incorporan sus datos al nuevo fichero «Gestión de expedientes».
– Fichero «Gestión de personal» (DG Defensa Competencia), se suprime porque se incorporan sus datos al nuevo fichero «Gestión de personal».
– Fichero «Automatizado Gestión Personal» (TDC), se suprime porque se incorporan sus datos al nuevo fichero «Gestión de personal».
– Fichero «Gestión de personal de la Comisión Nacional de la Competencia» (CNC), se suprime porque se incorporan sus datos al nuevo fichero «Gestión de personal».
– Fichero «Gestión de personal BADARAL», se suprime porque se incorporan sus datos al nuevo fichero «Gestión de personal».
– Fichero «NOMINAS NEDAES», se suprime porque se incorporan sus datos al nuevo fichero «Nóminas: NEDAES».
– Fichero «Datos de Acción Social de funcionarios y personal laboral» (CNC), se suprime porque se incorporan sus datos al nuevo fichero «Gestión de personal».
– Fichero «Automatizado para la gestión del plan de pensiones» (TDC) se suprime porque se incorporan sus datos al nuevo fichero «Gestión de personal».
– Fichero «Automatizado para la gestión del plan de pensiones» (CNC) se suprime porque se incorporan sus datos al nuevo fichero «Gestión de personal».
– Fichero «Sujetos pasivos del sistema de información contable (SIC2)», se suprime porque se incorporan sus datos al nuevo fichero «Gestión económica y presupuestaria».
– Fichero «Terceros (Sorolla)», se suprime porque se incorporan sus datos al nuevo fichero «Gestión económica y presupuestaria».
– Fichero «Registro electrónico», se suprime porque se incorporan sus datos al nuevo fichero «Registro de entrada y salida documentos en la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia».
– Fichero «Control horario de la CNC», se suprime porque se incorporan sus datos al nuevo fichero «Control de acceso a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia».
– Fichero «Automatizado biblioteca (Préstamos)», se suprime porque se incorporan sus datos al nuevo fichero «Biblioteca y Centro Documental».
Fichero: Base de datos de puntos de suministro del sector energético
a) Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Acceso y tratamiento de los datos de consumidores y puntos de suministro eléctrico y gasista, así como de cambios de suministrador.
El uso previsto es el ejercicio de las funciones de supervisión de los cambios de suministrador de suministro de energía eléctrica y gas natural y su cesión a los comercializadores que lo soliciten.
b) Personas sobre las que se pretende obtener datos o que resultan obligadas a suministrarlos: Las empresas que desarrollan actividades de distribución y comercialización de energía eléctrica y gas natural.
c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia de los mismos: El acceso a las Bases de Datos de Consumidores y Puntos de Suministro de gas y de electricidad se realizará a través de medios generalmente telemáticos y, además, los datos serán facilitados por los propios sujetos distribuidores y comercializadores de electricidad y de gas natural.
Titulares de los puntos de suministro.
d) Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: La estructura básica de este fichero está constituida por varias tablas en la que se recogen los siguientes datos identificativos de la empresa declarante; CUPS (código universal de punto de suministro); dirección postal del punto de suministro; nombre y apellidos o razón social, CIF/NIF o documento equivalente y teléfono/fax/dirección postal del titular del punto de suministro; transacciones de bienes y servicios; información relativa a impagos e indicación de vivienda habitual o no; así como datos personales respecto de los representantes o personas de contacto (nombre y apellidos, NIF o documento equivalente, puesto profesional desempeñado, dirección postal y electrónica, teléfono y fax profesionales, así como los restantes datos que se recogen en la Disposiciones final Segunda y Tercera del Real Decreto 1011/2009.
e) Sistema de tratamiento: Mixto.
f) Comunicaciones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Estos datos se entregarán a aquellos comercializadores que lo soliciten. Se prevé la comunicación a la Agencia Tributaria, órganos judiciales y fuerzas y cuerpos de la Seguridad del Estado. Con carácter general, no se prevé la comunicación de estos datos a ningún otro organismo, entidad o persona física ni la transferencia a países terceros.
g) Órgano responsable de este fichero: Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Dirección de Energía de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
h) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección de Energía de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, calle Alcalá, 47, 28014 Madrid; teléfono: 91 432 96 00.
i) Medidas de seguridad con indicación del nivel: Las medidas de seguridad que se aplican son las definidas para el nivel básico en el Título VIII del RLOPD.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid