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Derechos Fundamentales

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Artículo 24.1 - Derecho a la tutela judicial efectiva

Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión

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  • Caso Unibet (London) Ltd y Unibet (Internacional) Ltd, v. Justitiekanslern (Canciller de Justicia).

    Organismo: Tribunal de Justicia de la Unión Europea

    Sentencia: C-432/05  [ECLI:EU:C:2007:163]

    Fecha: 13/03/2007

    Ver original (Referencia C-432/05)

    Comentario

    Petición de decisión prejudicial que tiene por objeto la interpretación del principio de tutela judicial efectiva de los derechos de los conferidos a los justiciables por el ordenamiento jurídico comunitario. Caso Unibet (London) Ltd y Unibet (Internacional) Ltd, v. Justitiekanslern (Canciller de Justicia). El Tribunal de Justicia afirma que el principio de tutela judicial efectiva debe interpretarse en el sentido de que no exige que en el ordenamiento jurídico de un Estado miembro exista una acción autónoma que tenga por objeto, con carácter principal, el examen de la compatibilidad de disposiciones nacionales con el artículo 49 CE, cuando otros cauces procesales efectivos, que no sean menos favorables que los relativos a las acciones nacionales similares, permitan apreciar con carácter incidental dicha compatibilidad, extremo éste que ha de verificar el órgano jurisdiccional nacional.

  • Caso Berlioz Investment Fund SA v. Directeur de l'administration des contributions directes (director del servicio responsable de los tributos directos, Luxemburgo).

    Organismo: Tribunal de Justicia de la Unión Europea

    Sentencia: C-682/15  [ECLI:EU:C:2017:373]

    Fecha: 16/05/2017

    Ver original (Referencia C-682/15)

    Comentario

    Petición de decisión prejudicial que tiene por objeto la interpretación del artículo 1, apartado 1, y del artículo 5 de la Directiva 2011/16/UE del Consejo, así como del artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Caso Berlioz Investment Fund SA v. directeur de l'administration des contributions directes (director del servicio responsable de los tributos directos, Luxemburgo). El Tribunal de Justicia afirma que el respeto al derecho a la tutela judicial efectiva exige que el ciudadano pueda acudir a un órgano jurisdiccional para el control ulterior de las resoluciones administrativas.

  • Case Cañete de Goñi v. España.

    Organismo: Tribunal Europeo de Derechos Humanos

    Sentencia: 55782/00  [CE:ECHR:2002:1015JUD005578200]

    Fecha: 15/10/2002

    Ver original (Referencia 55782/00)

    Comentario

    El Tribunal recuerda que, según su jurisprudencia, el artículo 6.1 del Convenio «consagra (...) el "derecho a un tribunal", del cual el derecho de acceso, es decir, el derecho de acceder a un tribunal en materia civil, no constituye más que un aspecto» (sentencia Golder contra Reino Unido, de 21 de febrero de 1975). La eficacia del derecho de acceso requiere que un individuo disfrute de una posibilidad clara y concreta de impugnar un acto que constituye una injerencia en sus derechos. Declara, por 5 votos contra 2, que no ha habido violación del artículo 6.1 del Convenio. Opinion disidente del Magistrado Casadevall y Straz Nicka.

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